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Las nuevas reglas con las que la Supersalud busca aumentar vigilancia a gestores farmacéuticos

La Superintendencia de Salud emitió un circular en la que le exige a los gestores farmacéuticos reportes más precisos y completos sobre su operación en el país. Esta medida entrará en vigencia en octubre de 2025.

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26 de agosto de 2025 - 06:34 p. m.
La Superintendencia de Salud emitió un circular en la que le exige a los gestores farmacéuticos reportes más precisos y completos. Esta medida entrará en vigencia en octubre de 2025.
La Superintendencia de Salud emitió un circular en la que le exige a los gestores farmacéuticos reportes más precisos y completos. Esta medida entrará en vigencia en octubre de 2025.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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A partir de octubre de 2025, los gestores farmacéuticos en Colombia tendrán nuevos requerimientos en su operación en el país a raíz de una nueva circular de la Superintendencia de Salud en la que les otorga nuevas responsabilidades.

Esta medida llega luego de varias denuncias y críticas por parte del Gobierno Nacional al rol que los gestores farmacéuticos están jugando en el sistema de salud. Incluso se llegó a hablar de la propuesta de eliminarlos para, en palabras del superintendente de Salud, Giovanny Rubiano, “evitar la intermediación”.

En contexto: El Gobierno propone eliminar a los gestores farmacéuticos, pero el riesgo podría ser alto.

Por el momento, la nueva circular busca, según explicó la Supersalud en un comunicado, reforzar “las funciones de vigilancia, inspección y control sobre gestores, que tiene como propósito mejorar la oportunidad en la entrega de medicamentos, dispositivos médicos y otros a los afiliados del Sistema General de Seguridad Social en Salud”.

¿Qué se le pedirá a los gestores farmacéuticos?

Según explicó la Supersalud, a partir de la entrada en vigencia de la circular en octubre, los gestores deberán, entre otras cosas, informar sobre cuáles tecnologías en salud tienen dificultades para la dispensación y precisar las causas del problema.

En concreto, estas son las nuevas responsabilidades de los gestores:

- Reportar la naturaleza de su operación como proveedor de tecnologías en salud, es decir, si es gestor farmacéutico, con la finalidad de establecer el universo de vigilados,

-Informar el número de puntos de dispensación con los que opera, la capacidad de atención máxima de usuarios, el tiempo promedio de espera y el número de usuarios atendidos por punto de dispensación,

- Informar a la Supersalud, periódicamente, el detalle de los contratos vigentes con las Entidades Responsables de Pago, incluyendo el propósito (dispensación o distribución), si hay renovación automática y si existe exclusividad por tipo de enfermedad o medicamento, entre otros,

- Proporcionar datos sobre cobertura municipal y población asignada.

De acuerdo con el Superintendente de Salud, Giovanny Rubiano García, “esta medida refuerza las acciones de inspección y vigilancia sobre los gestores farmacéuticos para solventar la laxitud con la que algunos de ellos venían operando desde su creación en 2019, y con ello, velar por la oportunidad en la entrega de medicamentos a los afiliados del sistema de salud”.

Por su parte, la entidad aclaró que el incumplimiento de estas directrices dará lugar a sanciones administrativas, así como responsabilidades legales.

La controversia en torno a los gestores farmacéuticos

Los gestores nacieron (y siguen siendo) como intermediarios en el acceso a medicamentos. Las EPS, principales responsables de garantizar la entrega de los tratamientos a sus afiliados, los contratan para cumplir con esta función. Los gestores, a su vez, establecen contacto con la industria farmacéutica, adquieren los medicamentos y coordinan su distribución a los pacientes, ya sea a través de farmacias, entrega domiciliaria o puntos de dispensación habilitados. Esto significa que, a pesar de que la EPS es la única responsable legal de garantizar el acceso a los medicamentos, la operación final recae en otro actor.

No fue sino hasta 2019, con las leyes 1955 y 1966, que el Ministerio de Salud incorporó a estos actores como sujetos de vigilancia de la Supersalud, en reconocimiento de las obligaciones que ya desempeñaban dentro del sistema. Estas normativas establecen la figura de los gestores, pero no reglamentan sus responsabilidades de manera precisa. En otras palabras, aunque la Supersalud tiene la facultad de supervisarlos y sancionarlos —como ya lo ha hecho con Audifarma—, no existe aún una normativa clara que defina en detalle sus funciones dentro del sistema.

Esto es particularmente importante porque, como reconocían desde la Supersalud para un artículo previo, en el Gobierno consideran que estos actores han crecido y adquirido un rol determinante que no está siendo controlado adecuadamente. Esto se ha reflejado, por ejemplo, en los adjetivos que ha usado el presidente Petro para referirse a estas empresas, en especial, a Audifarma. Las ha señalado de conformar monopolios, acaparar medicamentos y generar “falsa escasez”. Incluso sugirió que todo hace parte de “un plan pérfido y asesino” y los tildó de “verdaderos vampiros asesinos”.

Sin embargo, no todos tienen esa noción. “El cómo se ha articulado la cadena hoy, tiene más virtudes que desventajas. Por supuesto, hay problemas de oportunidad en la dispensación, hay gente que sufre. Reconocer las virtudes no invalida que haya problemas. Pero sobre esas virtudes hay que seguir construyendo”, nos contó hacer un par de meses Jaime Alejandro Hincapié, vicedecano de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Alimentarias de la Universidad de Antioquia.

El académico pone un par de ejemplos. Sin duda, dice, estas empresas han invertido en tecnología con la que antes el país no contaba. En infraestructura, por ejemplo, los gestores han logrado establecer una red de distribución que ha permitido llegar a los rincones más alejados de Colombia. Han implementado centros de reempaque, creado un transporte especializado, y adoptado algunas tecnologías para garantizar la correcta preservación de los fármacos.

También hay una cuestión de precios que genera inquietud. En un Consejo de Ministros realizado en marzo, Rubiano presentó datos sobre los costos de la intermediación que hacen los gestores. En el ejemplo que eligió, un medicamento para la hipertensión pulmonar arterial, cuyo precio de laboratorio es de $137.711, puede llegar a costar $227.154 cuando atraviesa el máximo nivel de intermediación. Algo similar ocurre con un estimulante cardíaco, cuyo precio base de $1.644.008 y puede elevarse hasta $2.628.893. “Entre más específico el medicamento y la enfermedad sea más difícil de tratar, los sobrecostos se van a elevar”, dijo el supersalud.

Sin embargo, Rubiano usó los datos del “máximo nivel de intermediación”. En la misma gráfica estaba la “intermediación promedio ponderada”. Esto es importante porque muestra que, si bien en algunos casos extremos la intermediación de los gestores puede encarecer los medicamentos hasta en un 60 % o 65 %, en promedio el aumento de costos es menor. En el caso del medicamento para la hipertensión pulmonar arterial, la intermediación promedio ponderada incrementa el precio en un 15% en lugar del 65% del caso máximo.

Si desea conocer más a fondo la controversia en torno a los gestores farmacéuticos en Colombia, lo invitamos a leer esta nota.

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