El Ministerio de Salud anunció la suspensión de la implementación de dos resoluciones emitidas hace pocos meses como parte de la regulación de la reforma pensional en el país.
La decisión se da luego de que la Corte Constitucional, mediante el Auto 841 de 2025, ordenara que el proyecto regresara a la Cámara de Representantes para subsanar vicios de trámite que tuvo durante su discusión en esa corporación.
Esa decisión de la Corte suspendió la implementación de la reforma pensional hasta que se emita un nuevo auto que defina la constitucionalidad de la ley aprobada.
El Congreso ya surtió el trámite solicitado por la Corte, con la discusión de la reforma pensional en las sesiones extras ordenadas por el Gobierno. El proyecto ya fue aprobado, como contamos en este artículo, y está nuevamente en manos de la Corte pronunciarse sobre su constitucionalidad.
Entre tanto, como ha pasado con otras resoluciones que había expedido el Gobierno, el Minsalud pondrá en pausa los cambios que había emitido con las resoluciones 467 y 832 de 2025.
Estas, según informó esa cartera en un comunicado, “modificaban la estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y del Registro Único de Afiliados (RUAF), herramientas clave para la implementación operativa del nuevo régimen pensional”.
Esto es clave, pues la reforma pensional cambia algunas de las reglas bajo las que se hacen aportes a pensiones en el país, entre esas la contribución a Colpensiones por parte de quienes devengan menos de 2,3 salarios mínimos; y a fondos privados quienes tengan un salario superior, aunque la cotización a estos se hará sobre el porcentaje de salario que exceda los 2,3 salarios mínimos.
“Dichos ajustes permanecerán suspendidos hasta tanto la Corte Constitucional adopte una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024″, dijo el Minsalud en el comunicado.
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