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Procuraduría solicitó reportar avance en implementación de ley que prohibió el asbesto

El ente de control llamó la atención sobre la falta de la política pública de sustitución de asbesto, ordenada por una ley en 2021.

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13 de abril de 2026 - 01:09 p. m.
Según la propia industria de la construcción, el mineral cancerígeno se usó en más de 3.000 productos que por décadas se instalaron en el país, como los 300 millones de m² de tejas y 40.000 km de tubería, con los que se podría rodear más de una vez el territorio nacional.
Según la propia industria de la construcción, el mineral cancerígeno se usó en más de 3.000 productos que por décadas se instalaron en el país, como los 300 millones de m² de tejas y 40.000 km de tubería, con los que se podría rodear más de una vez el territorio nacional.
Foto: Getty Images
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La Procuraduría General de la Nación expidió en los últimos días una directiva en la que le pide a varias entidades del país, entre ministerios, corporaciones ambientales y secretarías departamentales y municipales, informar los avances realizados para cumplir la Ley 1968 de 2019.

Esta ley, también conocida como Ley Ana Cecilia Niño, prohibió la explotación, producción, comercialización, importación y distribución de todo tipo de asbesto y de los productos elaborados con este material desde el 1.° de enero de 2021.

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Cabe recordar, como hemos contado en varios artículos, que el asbesto, presente en múltiples productos para la construcción utilizados por más de medio siglo en el país, fue clasificado por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer como carcinógeno en todas sus formas.

La ley, además de prohibir este grupo de minerales, estableció que el Gobierno nacional debía formular una política pública orientada a sustituir el asbesto instalado. Para esto, el gobierno contaba con cinco años.

En 2024, el Departamento Nacional de Planeación expidió el CONPES 4133 con los lineamientos para la elaboración de la Política Pública de Sustitución de Asbesto instalado. Aunque la Procuraduría reconoce que este constituye un “instrumento de orientación y coordinación”, su adopción “no equivale a la formulación o implementación de la política pública a la que hacía referencia la ley”.

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Ante este panorama, la Procuraduría señaló que se venció el término legalmente previsto sin que se evidencie la adopción de una política pública. Esto, a los ojos del ente de control, “supone un escenario de incumplimiento del deber legal, con potencial incidencia en la eficacia del régimen de prohibición del asbesto y en la protección de los derechos e intereses constitucionalmente tutelados, en particular la salud humana y el ambiente”.

De acuerdo con la directiva, el DNP se encuentra adelantando la formulación del documento CONPES que definirá la política pública. Esta, agrega el ente de control, sería presentada este mes ante el Consejo Nacional de Política Económica y Social para su aprobación.

Con este panorama, la Procuraduría instó al DNP a liderar la implementación de las acciones que permitan garantizar el proceso de gestión integral de los productos instalados de asbesto y sus residuos.

También les pidió a los ministerios de Trabajo; Salud y Protección Social; Ambiente y Desarrollo Sostenible; y Comercio, Industria y Turismo, además de otras entidades nacionales, participar en la formulación, adopción y ejecución de la política pública de sustitución del asbesto.

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De igual manera, todas las entidades vinculadas en la directiva deberán remitir un informe detallado sobre las actuaciones que han adelantado desde la entrada en vigor de la ley que prohibió el asbesto en el país.

Finalmente, el ente de control le pidió a la Superintendencia de Industria y Comercio y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adelantar los procedimientos sancionatorios contra quienes continúen desarrollando actividades de explotación, producción, comercialización, importación, distribución y/o exportación de cualquier tipo de asbesto.

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