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Jueza mantiene suspendido plan piloto de aspersión con glufosinato en Putumayo

La jueza amparó, de manera transitoria, los derechos fundamentales a la vida, la salud, el debido proceso ambiental, la participación ciudadana, el acceso a la información pública ambiental, el agua y la integridad personal.

23 de septiembre de 2026 – 07:04 a. m.
Según el Min defensa, mediante aspersión aérea se erradican por día entre 400 y 600 hectáreas de coca.
La jueza ordenó mantener la suspensión transitoria del plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio en el departamento del Putumayo para erradicar cultivos ilícitos.
Foto: Policía Nacional

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La jueza segunda administrativa del circuito de Mocoa, Ana Pilar Vidal Uribe, ordenó mantener la suspensión transitoria del plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio en el departamento del Putumayo para erradicar cultivos de uso ilícito. La togada advirtió que aún existen aspectos que no han sido acreditados y que son necesarios para poner en marcha el proyecto.

En ese sentido, el despacho amparó, de manera transitoria, los derechos fundamentales a la vida, la salud, el debido proceso ambiental, la participación ciudadana, el acceso a la información pública ambiental, el agua y la integridad personal.

La decisión se tomó en primera instancia el pasado 22 de septiembre por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Mocoa, al resolver tutelas interpuestas por comunidades campesinas e indígenas de ese departamento. Lo que determinó la jueza fue abstenerse de iniciar un plan piloto que se está preparando desde el gobierno.

"Ordenar al Consejo Nacional de Estupefacientes, al Ministerio de Justicia y del Derecho, al Ministerio de Defensa Nacional y a la Policía Nacional – Dirección de Antinarcóticos (DIRAN), que se abstengan de iniciar, continuar o ejecutar materialmente cualquier actividad de aspersión aérea autorizada mediante la Resolución No. 0007 de 2026″, se lee en el fallo de primera instancia.

Aunque tanto el Consejo Nacional de Estupefacientes como las otras entidades, señalaron que, en efecto, el plan piloto no ha sido puesto en marcha, la juez determinó que el glufosinato de amonio, sustancia que se utilizará en esa estrategia, no ha cumplido con los estudios que exige la Corte Constitucional para cualquier sustancia química o herbicidas con los que se busque realizar aspersión en Colombia.

Otro de los asuntos que se abordaron en el proceso fueron las hectáreas que se van a fumigar durante el piloto de aspersión. En ese aspecto, el gobierno pidió declarar improcedentes las tutelas puesto que durante el plan piloto se definió que de las 40.565 hectáreas de coca en Putumayo, 35.164 no serán fumigadas debido a razones ambientales, étnicas o jurídicas. Y señalaron también que precisamente el plan busca generar evidencia para continuar o no.

El documento del plan piloto detalla que la fumigación de cultivos es de carácter experimental, controlada, limitada, temporal y evaluable. También señala que la aspersión será mediante aeronave tripulada con la sustancia exclusivamente en los polígonos habilitados que se especifican en la resolución. El Consejo Nacional de Estupefacientes fue enfático en que el objetivo es obtener evidencia científica sobre su uso, pero no significa una reanudación definitiva.

Como ya era de conocimiento, la sustancia que el gobierno utilizará será el glufosinato de amonio. Se trata de un agrotóxico que se usa para asperjar grandes extensiones de cultivos, como una alternativa al glifosato. En su funcionamiento, el herbicida actúa como un producto que mata la maleza, pero que no se aplica con distinción. Es decir, que si se asperja sobre un gran terreno, no es selectivo, por lo que puede quemar tanto la mata de coca como los cultivos de pancoger. A diferencia del glifosato, que penetra y va a la raíz de la planta, el glufosinato quema las partes externas de las plantas, las seca y actúa rápido, aunque requiere de varias aplicaciones sobre el mismo terreno.

Por ahora la suspensión es provisional. "La suspensión aquí ordenada tiene carácter estrictamente temporal y preventivo y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad, conveniencia o constitucionalidad de la política estatal de erradicación de cultivos ilícitos", concluye la sentencia.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Comentarios
  • Gildardo(fbds6)Hace 10 minutos
    Aunque cada cual es dueño de sus miedos, no se deje amedrentar por las amenazas que seguramente ya le han hecho y las que vendrán. No sólo los de a pie tienen que cumplir la ley sino también los poderosos de todo tipo, incluyendo al Gobierno de turno.
  • Gilberto(54899)Hace 43 minutos
    ! No afloje, señora Jueza . . . ¡

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