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A través de un proyecto de decreto, el Ministerio del Interior propone crear un sistema de información sobre Guardias Indígenas. El sistema quedaría a cargo de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías (DAIRM) de esa cartera, pues plantea incorporar como un nuevo capítulo con 14 artículos al Decreto 1066 de 2015. Esto debido a que el Gobierno de Abelardo de la Espriella considera que desde el Ejecutivo no se conoce el número exacto de guardias indígenas existentes, en qué territorios actúan, qué autoridad las orienta ni cuántos integrantes tienen.
Por eso la Unidad Nacional de Protección (UNP), la Unidad para las Víctimas, el programa de protección del Decreto 660 de 2018, las gobernaciones y las alcaldías se relacionan con ellas a partir de información fragmentada, obtenida caso por caso.
Este nuevo sistema funcionaría de forma exclusivamente informativa, sin ser un registro constitutivo ni declarativo, por lo que reportar la existencia de una guardia no constituye un trámite. Por lo que estar dentro de la base de datos no la autoriza ni la certifica o le atribuye funciones; según el borrador, su función será "recoger información sobre una institución que existe por decisión de la comunidad, no la constituye ni la autoriza, no le atribuye funciones, atribuciones ni facultades de ninguna naturaleza, en particular de policía, y no modifica el alcance de la jurisdicción especial indígena ni de las competencias de las autoridades propias".
En el nuevo sistema se plantea que solo puede reportar la autoridad indígena propia, sea el cabildo, autoridad tradicional, consejo indígena u otra instancia de gobierno; además, esa autoridad debe estar inscrita ante la DAIRM. El reporte deberá incluir lo siguiente:
- La manifestación de reconocimiento, acompañada del acta o documento correspondiente.
- El pueblo al que pertenece la guardia.
- La comunidad o territorio en el que actúa.
- La denominación propia, si la tiene.
- La autoridad que la orienta.
- El ámbito territorial de actuación.
- El número aproximado de integrantes.
- La fecha de reconocimiento, si consta.
- Los datos de un enlace designado por la autoridad.
La DAIRM tiene 15 días hábiles para incorporar la información al sistema tras recibir estos datos. Luego de ello se expedirá una constancia de la información institucional que obra en el sistema y de su fecha de actualización. Pero prohíbe a cualquier entidad exigir el reporte o la constancia como requisito para reconocer la guardia o para acceder a medidas de protección, fortalecimiento o reparación. A su vez, el sistema no contendrá listados nominales de integrantes. El borrador de decreto estará abierto para comentarios hasta el próximo 4 de octubre.
Esta no es la única línea con la que la nueva administración busca cambiar su discurso sobre sus prioridades. Además del censo a guardias indígenas, el Ministerio del Interior tiene lista una nueva regulación para la protesta social durante su administración. En el documento se deja claro que habrá escenarios de diálogo para dispersar la protesta; el Gobierno también enfatiza en su propuesta que "frente a actos de violencia, la obligación de privilegiar el diálogo y la mediación constituye una regla de preferencia de medios de intervención respecto de la manifestación en su conjunto, y no un requisito previo que condicione, suspenda o posponga las actuaciones de intervención dirigidas individualmente contra quienes ejecuten actos de violencia". De hecho, propone que se retomen los espacios de diálogo, aun cuando ya se haya empleado la fuerza.
Este es el borrador de decreto
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