
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
“El que pega por detrás paga”, es un término muy usado en Colombia para referirse a quién tiene la responsabilidad cuando se presenta un siniestro vial.
Esta frase tiene una base lógica, y es que el conductor que va detrás es quien debe mantener la distancia mínima entre vehículos que exige el Código Nacional de Tránsito.
Sin embargo, como lo explica el abogado Andrés Perdomo, quien es socio de la firma Total Jurídica, no siempre el que golpea por detrás es quien paga.
El profesional detalla que la ley 769 de 2002 da razones y motivos suficientes para que, ante un choque de vehículos, quien pegó por detrás ejerza su derecho de defensa.
Perdomo señala que puede haber situaciones en las que el conductor del frente tiene la responsabilidad, como lo puede ser un frenado abrupto, un cambio de carril intempestivo, una situación de fuerza mayor, un caso fortuito o la falta de señalización.
La escuela de conducción Andina lo resume en que el conductor que ocasiona la situación de riesgo es el responsable del accidente.
“Por ejemplo, reversar en una vía de alto flujo vehicular sin previo aviso: el vehículo que está detrás nuestro, no podrá detectar a tiempo nuestro movimiento y se podrá ocasionar una colisión”, detalla.
Para evitar los siniestros, Andina recuerda la importancia de respetar las distancias mínimas establecidas en el Código Nacional de Tránsito que, en su Artículo 108 tablece que estas deben ser:
- Hasta 30 km/h: 10 metros
- Entre 30 km/h y 60 km/h: 20 metros
- Entre 60 km/h y 80 km/h: 25 metros
- Más de 80 km/h: 30 metros (o la que indique la autoridad competente
En caso de ocurrir un siniestro, y tener la seguridad de que el conductor del frente fue el responsable, Perdomo recomienda reunir pruebas para defenderse: estas pueden ser los registros policiales, fotografías, videos y testimonios.
💰📈💱 ¿Ya se enteró de las últimas noticias económicas? Lo invitamos a verlas en El Espectador.