Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina emitió un nuevo fallo en el que ratifica que la pesca artesanal en este territorio es una actividad exclusiva del pueblo raizal, luego de que un grupo de ciudadanos pidieron aclarar algunos puntos de la sentencia emitida por ese mismo tribunal, el pasado 26 de agosto.
De acuerdo con los accionantes, la sentencia de agosto no garantizaba la exclusividad del pueblo raizal en la actividad de pesca artesanal dentro de jurisdicción del archipiélago, pues, permitía ejercer la actividad a quien habita el territorio de manera permanente y legal sin pertenecer a la comunidad raizal “condicionado a un trámite de permiso o autorización que otorga la autoridad local competente”, según los demandantes.
(Lea: Por primera vez, registran al pez capitán de la sabana en una reserva de Bogotá)
Luego de analizar estos reparos, el juzgado encontró que las solicitudes de aclaración y adición eran oportunas y decidió modificar algunos puntos de la sentencia. Primero, adicionó el numeral 13 de la parte resolutiva de la Sentencia donde ordena a la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) y al departamento a ajustar o expedir los actos que sean necesarios para regular la actividad de pesca artesanal y pesca artesanal comercial respetando la exclusividad de ejercer la misma, en cabeza del pueblo raizal como titulares del derecho colectivo sobre el territorio y sus recursos. Esto se debe hacer en un plazo no mayor a tres meses.
También ordena a la corporación ambiental del archipiélago, Coralina, a realizar un diagnóstico del estado actual de los ecosistemas marinos afectados por la pesca indiscriminada, y con base en esto diseñar estrategias de restauración de los ecosistemas costeros y marinos, y declarar nuevas áreas marinas protegidas o que fortalezca las existentes.
Asimismo, el nuevo fallo menciona que la Oficina de Control de Circulación y Residencia (OCCRE) se debe abstener de expedir permisos u autorizaciones a favor de pescadores no raizales y suspender los trámites actuales.
La Federación de Pescadores Artesanales de Providencia y Santa Catalina – I-FISH ASSOCIATION celebró la decisión y mencionó que la sentencia “responde netamente a la protección del derecho colectivo del pueblo Raizal, a su territorio, su mar, su soberanía y seguridad alimentaria, su cultura ancestral y la protección de sus ecosistemas, recursos y medio ambiente”.
Esta decisión, dice la federación, se da como resultado de una lucha jurídica ratificada en 2023, cuando se profirió la Resolución 1972, la cual reconocía la prelación del pueblo Raizal sobre la pesca artesanal, “pero que fue objeto de múltiples recursos orientados a debilitar su alcance. Hoy, este nuevo fallo consolida ese camino y lo fortalece con fuerza jurídica vinculante”, agrega la federación.
🌳 📄 ¿Quieres conocer las últimas noticias sobre el ambiente? Te invitamos a verlas enEl Espectador. 🐝🦜