'Consultas populares deben cumplirse': U. del Rosario sobre Pijao y Arbeláez

Luego de que 2.613 pijaenses y 4.312 arbelaenses le dijeran no a la intervención de empresas mineras y petroleras en sus municipios, expertos piden que los resultados sean acatados.

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Redacción Medio ambiente
10 de julio de 2017 - 11:48 p. m.
Así se veían las calles de Pijao este domingo. Cortesía Daiana González Navas.
Así se veían las calles de Pijao este domingo. Cortesía Daiana González Navas.
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Decisiones como las de Pijao, Arbeláez, Cajamarca, Cabrera y Cumaral, todos municipios que han manifestado su oposición a la explotación minera y de hidrocarburos, hacen necesario plantearse la necesidad de reconsiderar el modelo de desarrollo económico del país. Así lo consideró Natalia Pérez Amaya, investigadora de la Universidad del Rosario, en Bogotá, después de que este domingo 2.613 pijaenses y 4.312 arbelaenses le dijeran no a la intervención de empresas mineras y petroleras en sus territorios.

De acuerdo con Pérez Amaya, quien hace parte del Grupo de Acciones Públicas (GAP) rosarista, los resultados de las votaciones en Pijao y Arbeláez deben ser acatados. “La consulta popular es vinculante y de obligatorio cumplimiento para las autoridades gubernamentales”. (Lea: Pijao y Arbeláez dijeron No a la explotación minera y de hidrocarburos)

Para la académica, la decisión del pueblo será obligatoria, según lo establecido en la ley 134 de 1994 y 1757 de 2015, cuando "la pregunta sometida al pueblo haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral". (Lea también: Pijao y Arbeláez tendrán sus consultas populares)

Un ejemplo de lo anterior fue lo sucedido en Cajamarca, donde el 98% de los votantes (que representaron el 38.6% del censo electoral) del nivel municipal, se manifestó en contra los proyectos y actividades mineras.

“Esto significa que, por mandato constitucional, legal y jurisprudencial, Cajamarca es una zona de exclusión de la minería y por lo tanto, el Concejo, la ANM, Cortolima, el Ministerio de Ambiente, la ANLA, y demás autoridades, deberían acatar la decisión soberana”, agregó Pérez Amaya.

Aunque el subsuelo se encuentra en cabeza de la Nación, la Corte Constitucional en diversas decisiones ha establecido que las autoridades competentes de nivel nacional deberán concertar con las autoridades territoriales, el manejo y los usos de suelo y subsuelo. De no cumplirse lo anterior, resaltó la investigadora, se estaría yendo en contra de principios como la soberanía popular, la autonomía de los entes territoriales, la fundamentalidad del municipio y la vocación de efectividad de los mecanismos de participación ciudadana

“No se puede desconocer las que actividades extractivas tienen incidencia sobre los dos, por lo que las medidas necesarias para la protección del ambiente sano, de las cuencas hídricas, el desarrollo económico, social, cultural de las comunidades de los territorios deben regirse a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad previstos en el artículo 288 de la Constitución Política”, concluyó la experta.

Por Redacción Medio ambiente

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