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La corte más importante del mundo da un concepto crucial sobre el cambio climático

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), el tribunal internacional más importante del mundo, entregó este miércoles su Opinión Consultiva sobre la obligación de los Estados frente a la principal crisis de la humanidad: el cambio climático. Su concepto, aunque no es vinculante, tiene un gran valor jurídico y moral, advierten los académicos. Científicos como Johan Rockström la calificaron de “histórica”

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23 de julio de 2025 - 04:58 p. m.
Los jueces de la Corte Internacional de Justicia dictan una opinión consultiva sobre las obligaciones de los países de proteger el clima, en La Haya, Países Bajos, el 23 de julio de 2025.
Los jueces de la Corte Internacional de Justicia dictan una opinión consultiva sobre las obligaciones de los países de proteger el clima, en La Haya, Países Bajos, el 23 de julio de 2025.
Foto: EFE - LINA SELG
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A las 8:00 de la mañana (hora de Colombia), el presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el juez japonés Iwasawa Yuji, empezó la lectura de la Opinión Consultiva en el marco del Caso 187, considerado el mayor caso climático en el tribunal internacional más importante del mundo. Tras una lectura que tomó alrededor de dos horas y diez minutos, la Corte entregó el documento más relevante sobre las responsabilidades que tienen los Estados frente a la crisis climática.

Este caso surgió hace seis años, cuando 27 estudiantes de Derecho de varias islas del Pacífico —las más vulnerables ante el cambio climático— iniciaron un plan para que la CIJ, el máximo tribunal judicial del planeta, emitiera una Opinión Consultiva sobre la problemática más acuciante que enfrentamos como humanidad: el cambio climático.

Como explica Wilfredo Robayo Galvis, abogado y profesor de la Universidad Externado, con una maestría en Derecho Internacional de la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica), los tribunales internacionales tienen dos competencias. La primera, conocida como contenciosa, se encarga de resolver las controversias entre los Estados, mientras que para la segunda, la consultiva, emite documentos sobre cuestiones jurídicas.

Es en el marco de esta segunda competencia que la CIJ emitió esta Opinión Consultiva, la 29 de su historia. Como la Corte solo responde a solicitudes realizadas por organismos de las Naciones Unidas, los estudiantes de Derecho de las islas del Pacífico, ahora conocidos como ‘Estudiantes de las islas del Pacífico que luchan contra el cambio climático’, tuvieron que empezar a convencer a sus países. El primero en anunciar su apoyo fue Vanuatu, una isla en el Pacífico Sur, un poco más grande que el departamento de Sucre, y considerado como uno de los países más vulnerables al cambio climático.

Entre 2019 y 2023, 18 territorios insulares del Pacífico respaldaron la idea de los 27 estudiantes. En marzo de 2023, la solicitud fue planteada formalmente en la Asamblea General de las Naciones y aprobada por una resolución apoyada por 132 países. Un mes después, el Secretario General de la ONU, António Guterres, radicó la solicitud formal ante la CIJ.

En resumen, la Corte debía responder a dos preguntas: ¿Cuáles son las obligaciones de los Estados para garantizar la protección de la Tierra frente al cambio climático? Y, ¿cuáles son las consecuencias para los Estados que incumplan esas obligaciones? Para armarse de argumentos, los jueces del tribunal recibieron hasta agosto del año pasado declaraciones escritas de los Estados y, en diciembre de 2024, adelantaron audiencias orales.

Para quienes han seguido este caso, como Robayo, del Externado, o Fabián Cárdenas, profesor de Derecho Internacional en la Universidad Javeriana, el número récord de declaraciones escritas y participantes en audiencias orales —91 y 97, respectivamente— son una muestra de la importancia que tiene este proceso. “Este es el nivel más alto de participación en un procedimiento tanto en la historia de esta Corte como en la de su predecesora, la Corte Permanente de Justicia Internacional”, agregó el tribunal este miércoles. Por eso, ambos abogados (así como cientos de científicos y activistas alrededor del mundo) no dudan en calificarlo como “la decisión judicial más importante de la historia”.

¿Qué dijo la Corte Internacional de Justicia?

Por quinta vez en sus casi ochenta años de historia, y tras 29 opiniones consultivas, el Tribunal adoptó hoy por unanimidad la Opinión Consultiva del Caso 187, como lo dieron a conocer a través de un comunicado de prensa al finalizar la lectura del juez Iwasawa Yuji. Sin embargo, sintetizar lo contenido en un documento de 140 páginas y de una lectura que superó las dos horas, es una tarea imposible. Sobre todo cuando los análisis al respecto durarán semanas e incluso meses.

Frente a la primera pregunta (¿cuáles son las obligaciones de los Estados para garantizar la protección de la Tierra frente al cambio climático?) la CIJ respondió, a grandes rasgos, en tres apartados. En el primero de ellos, recuerda que los tratados sobre el cambio climático establecen obligaciones vinculantes para los Estados partes de garantizar la protección del sistema climático frente a las emisiones antropogénicas de gases de efecto invernadero —GEI— (los principales responsables del cambio climático). En el segundo, recuerda que el derecho internacional consuetudinario (de costumbre) establece una obligación similar, así como, el tercero, que enumera idénticas obligaciones a los Estados que hacen parte de tratados como el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación.

Frente a estos, las obligaciones más importantes, se refieren a la “obligación de adoptar medidas con miras a contribuir a la mitigación de las emisiones de GEI y la adaptación de cambio climático”, así como “de actuar con la debida diligencia al adoptar medidas de conformidad con sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus respectivas capacidades” para contribuir en el logro de contener el aumento de la temperatura a 1.5º C para finales de siglo, como lo contempla el Acuerdo de París.

En últimas, tienen “la obligación de preparar, comunicar y mantener contribuciones sucesivas y progresivas determinadas a nivel nacional que, entre otras cosas, en su conjunto, sean capaces de alcanzar el objetivo de limitar el calentamiento global a 1,5 °C por encima de los niveles preindustriales”.

Sergio Chaparro, coordinador internacional en Dejusticia, resalta lo anunciado por la CIJ, pues “ratifica la plena validez de la meta de 1.5 ºC del Acuerdo de París, aunque señala que ya de por sí esta meta pone en riesgo a varios Estados. Y le da un espaldarazo al trabajo del IPPC (el Panel Intergubernamental de Cambio Climático) como la mejor ciencia disponible para informar el alcance de las obligaciones de los Estados”.

La respuesta a la segunda pregunta (¿cuáles son las consecuencias para los Estados que incumplan esas obligaciones?) fue más sintética. “El incumplimiento por parte de un Estado de cualquiera de las obligaciones identificadas en respuesta a la pregunta (a) constituye un acto internacionalmente ilícito que entraña la responsabilidad de ese Estado”.

En ese sentido, destacó tres consecuencias jurídicas derivadas de la comisión de un acto internacionalmente ilícito. La primera, apunta a cesar las acciones u omisiones ilícitas. La segunda, contempla proporcionar garantías y seguridades de no repetición; mientras que la tercera señala la “reparación íntegra a los Estados lesionados en forma de restitución, indemnización y satisfacción, siempre que se cumplan las condiciones generales del derecho de la responsabilidad del Estado, incluida la existencia de un nexo causal suficientemente directo y cierto entre el hecho ilícito y el daño”.

Primeras reacciones a la Opinión Consultiva de la CIJ sobre cambio climático

De los primeros colectivos en pronunciarse frente a la Opinión Consultiva, fueron los ‘Estudiantes de las islas del Pacífico que luchan contra el cambio climático’. A través de su cuenta de X, manifestaron que es “un razonamiento muy sólido de todo por lo que hemos luchado y todo lo que hemos pedido” y agregaron que “esto es historia”.

Mientras tanto, el científico sueco Johan Rockström, reconocido internacionalmente en materia de sostenibilidad global y resiliencia de la Tierra y quien dirige el trabajo alrededor de los límites planetarios, la calificó como una sentencia “histórica”. También en su cuenta de X agregó “1,5 °C, es legalmente el límite planetario. Todos los países están legalmente obligados a cumplirlo. Incluso las subvenciones a los combustibles fósiles pueden ser ilegales. Los Estados tienen el deber de resolver la crisis del planeta y pueden ser considerados responsables”.

Chiara Liguori, asesora sénior de políticas de justicia climática de Oxfam, señaló que “se trata de una victoria tremenda, no solo para los valientes jóvenes defensores del clima de las islas del Pacífico, que llevaron su lucha por la justicia desde un aula en Vanuatu hasta el tribunal más alto del mundo, sino para todos nosotros”.

Para Chaparro, de Dejusticia, “ante los intentos de algunos Estados de limitar el alcance de sus obligaciones al Acuerdo de París, la Corte Internacional de Justicia dice que otras fuentes también importan, incluyendo las normas de derechos humanos. Y en ese sentido, le da plena validez a principios como las responsabilidades compartidas pero diferenciadas, el principio de precaución y de equidad intergeneracional y al derecho a un ambiente sano, reconocido recientemente por la ONU”.

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