Bogotá ya cuenta las horas para vivir la edición número 28 del Día sin Carro y sin Moto, programado para el próximo jueves 5 de febrero. Una jornada que surge de la consulta popular del año 2000, cuando la ciudadanía respaldó que este ejercicio se repitiera periódicamente como una forma de repensar la movilidad en la ciudad.
Durante esa fecha, los vehículos particulares y las motocicletas deberán permanecer fuera de las vías entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m., con el propósito de disminuir las emisiones contaminantes y fomentar el uso de alternativas como el transporte público, la bicicleta y los desplazamientos a pie.
Claudia Díaz, secretaria de Movilidad, recordó que cerca del 70 % de los bogotanos ya se desplaza a diario sin carro particular, ya sea en TransMilenio, SITP, bicicleta o a pie. Su llamado fue a que quienes acostumbran conducir se animen a cambiar de perspectiva por un día y recorran la ciudad de otra manera, con la expectativa de que esa experiencia también contribuya a mejorar la calidad del aire.
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¿Qué vehículos podrán circular y cuáles tendrán restricción?
Para esta edición del Día sin Carro y sin Moto, la Alcaldía de Bogotá mantiene los criterios sobre cuáles vehículos podrán estar en las vías y cuáles no. La circulación estará restringida para la mayoría de los vehículos particulares, con excepciones puntuales y justificadas por razones de servicio público, seguridad o necesidad especial.
Vehículos que sí podrán circular
Estarán habilitados para transitar sin restricción:
- Transporte público (SITP y TransMilenio).
- Vehículos eléctricos o de cero emisiones, incluidas motocicletas.
- Transporte para personas con discapacidad.
- Vehículos de emergencia (ambulancias, bomberos y similares).
- Transporte escolar.
- Vehículos con capacidad para más de 10 pasajeros.
- Vehículos de servicios públicos domiciliarios.
- Vehículos destinados al control del tráfico.
- Caravana presidencial.
- Vehículos militares, de la Policía Nacional, organismos de seguridad del Estado y CTI Seccional Bogotá.
- Vehículos diplomáticos o consulares.
- Motos de vigilancia y seguridad privada.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Carrozas fúnebres.
- Vehículos destinados al control operacional y mantenimiento del SITP.
- Vehículos para control de emisiones y vertimientos, incluidas motocicletas.
- Transporte de valores.
Vehículos que no podrán circular
Tendrán restricción total durante la jornada:
- Carros y motos particulares.
- Carros con permiso de pico y placa solidario.
- Vehículos particulares de medios de comunicación con placa amarilla.
- Automóviles y motocicletas de academias de conducción.
- Vehículos híbridos o a gas.
- Taxis y vehículos de transporte especial con placa terminada en 7 y 8.
En el caso del transporte de carga, aplicará la restricción habitual establecida en el Decreto Único del Sector Movilidad 652 de 2025 (artículos 485 al 502).
¿Qué sanción aplica si saca el carro o la moto ese día?
La Secretaría de Movilidad y la Alcaldía Mayor recordaron que quien incumpla la restricción se expone a una multa de COP 633.000 y, además, a la inmovilización inmediata del vehículo.
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