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Buscan feminicida de Sandra Alegría: Tribunal revocó fallo y lo condenó a 50 años

Siete años después del feminicidio de Sandra Milena Alegría Carvajal, la justicia condenó al culpable a 50 años de cárcel. Un juzgado lo había absuelto en primera instancia y lo dejó en libertad. Esta es la historia.

Juan Camilo Parra

26 de marzo de 2025 - 06:00 a. m.
Sandra Milena Alegría, víctima de feminicidio en Bogotá.
Foto: Archivo Particular
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El feminicidio de Sandra Milena Alegría Carvajal no quedará en la impunidad. Siete años después del crimen y de una sorpresiva absolución en primera instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo y condenó a la expareja de la víctima, identificado como Rodolfo Andrés Pérez Rodríguez, a 50 años de prisión. Hoy lo buscan para que salde cuentas con la justicia.

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La sentencia cuenta como a las 9:00 de la noche, del 10 de octubre de 2018, Billy Hernán Ortiz Rincón llegó al apartamento donde vivía con Sandra, ubicado en el conjunto residencial Parque Central Colina, en Suba. Al ingresar, en la sala estaba Pérez Rodríguez. De inmediato le preguntó qué hacía allí, a lo que el sujeto le respondió que estaba hablando con su expareja de asuntos relacionados con el hijo que tenían en común y que ella estaba en la habitación.

Cuando Billy le dio la espalda, para dirigirse al cuarto, el criminal se le abalanzó con un cuchillo y lo atacó en repetidas ocasiones. Fue tal la sevicia, que la víctima no tuvo más opción que dejarse caer y hacerse el muerto, para que cesara el ataque. Con los ojos entrecerrados logró divisar el cuerpo sin vida de su novia, tendido en la habitación. Una vez Pérez Rodríguez salió de su casa, él salió a buscar ayuda.

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El testimonio de Billy fue clave para que 10 días después del feminicidio y el intento de homicidio, la Fiscalía llevara al sospechoso ante un juez, que luego de la imputación de cargos, lo privó de la libertad. El juicio se extendió por tres largos tres años y terminó en agosto de 2021 con una sorpresiva decisión: el juez, en primera instancia, absolvió a Pérez Rodríguez, quien de inmediato recobró su libertad.

¿Por qué fue absuelto?

Desde el 20 de octubre de 2018 hasta el 4 de agosto de 2021, en cada audiencia la Fiscalía expuso la versión de Billy como la clave para señalar a Pérez Rodríguez de ser responsable del feminicidio y del intento de homicidio. Sin embargo, para el juez, el ente acusador “no logró demostrar su teoría del caso y el procesado mantuvo su presunción de inocencia incólume”.

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El funcionario, primero, dio credibilidad a la coartada del acusado. Cuatro allegados, identificados como Jesús Libadier Giraldo, Jonathan Rendón, Erwin Giovanny García e Iván Augusto Jiménez afirmaron bajo la gravedad de juramento que, en la noche de los hechos, entre las 20:30 y 22:20 horas, Pérez Rodríguez estaba jugando un torneo de futbol, en el barrio Prado Pinzón.

También dudó de las declaraciones de Billy Hernán Ortiz, cuando dijo que el ataque en su contra comenzó en la sala y siguió en el pasillo. Según el juez, la evidencia daba cuenta de que “solo había sangre en la habitación, donde se halló el cadáver de Sandra Milena” y, por lo tanto, no existía claridad sobre el lugar del ataque, ni existía evidencia técnica que respaldara su afirmación.

Para rematar, cuestionó el lapso entre el ataque (9:00 p.m.) y el momento que ingresó a un centro asistencial (11:00 p.m.). Basado en el testimonio de un médico, quien dijo que las heridas de Billy habían sido tan graves que de no haber recibido atención inmediata hubiera muerto, el juez concluyó que los horarios no coincidían y eso le restaba peso a su declaración.

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Con todo esto, tras llamar la atención a la Fiscalía por su “deficiente labor probatoria”, el juez de primera instancia concluyó que el testimonio de Billy no se había podido revalidar con pruebas técnicas y, por ende, no existían elementos para condenar. Al final, no solo absolvió al sospechoso, sino que pidió a la Fiscalía investigar a Billy Hernán Ortiz Rincón, por sospecha de haber tergiversado su declaración.

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Resolución del caso

El mismo día que se conoció la polémica decisión, el fiscal anunció que apelaría la absolución, lo que llevó el caso al Tribunal Superior de Bogotá. En la apelación, el ente acusador enlistó todas las pruebas que ignoró el juez de primera instancia. Entre ellas, el enfoque de género del caso, por los antecedentes de violencia de Pérez Rodríguez contra Sandra Alegría. La situación la respaldada Luz Marina Carvajal de Alegría, madre de la víctima, a través de varias conversaciones de whatsapp.

Los magistrados del Tribunal analizaron con detalle el proceso y apuntalaron su decisión en una prueba determinante: A partir de los videos de las cámaras de seguridad del conjunto residencial Parque Central Colina (más tarde incorporados al juicio, con el testimonio de un investigador) se hizo evidente que sí estuvo la noche del 10 de octubre en el edificio. Al ingresar vestía una camiseta de futbol amarilla y ropa deportiva.

Ingresó de manera subrepticia al conjunto, evadiendo los controles de seguridad de la portería, bajó al sótano y entró a la torre 8, para después arribar al apartamento en el que residía Alegría Carvajal y, conforme a la valoración probatoria conjunta, matarla con arma blanca”, indica el expediente. En las cámaras también se ve como a las 9:07 de la noche, Billy ingresó al edificio en su vehículo y subió el ascensor.

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“Finalmente, el investigador Pinzón Vargas explicó que conforme a las cámaras de seguridad el sospechoso (Pérez) salió de la unidad residencial a las 22:58 horas, ya sin la camiseta amarilla ni las zapatillas que tenía en el ingreso. Ahora llevaba unas zapatillas azules, un palo de escoba y una bolsa negra en la mano”.

Imágenes de las cámaras de seguridad, de la noche del feminicidio.
Foto: Noticias Carac

Después más valoraciones, meses de espera, más testigos y rigurosas revisiones de los antecedentes, el rumbo del caso volvió a virar hacia la protección de las víctimas, revalidando los aspectos que narró Billy Hernán Ortiz Rincón. Se hizo evidente la necesidad de protegerlas, en especial al núcleo familiar de Sandra Milena Alegría Carvajal, “que conforme a las declaraciones realizadas en juicio por Luz Marina Carvajal de Alegría se encuentra en peligro”.

El juzgado revocó la absolución del 4 de agosto de 2021 y sentenció a Rodolfo Andrés Pérez Rodríguez a 50 años de prisión. Hoy se podría decir que se hizo justicia. Se espera, con recompensa y todo, que Pérez sea capturado para que comience a cumplir de condena por arrebatarle la vida a una mujer, con mucho por vivir.

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Por Juan Camilo Parra

Periodista egresado de la Universidad Externado de colombia con experiencia en cubrimiento de orden público en Bogotá.jparra@elespectador.com
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