Corte Constitucional detiene el desalojo del barrio Pino Sur de Usme

Al revisar una tutela, el alto tribunal encontró que la orden que había emitido el Tribunal Superior de Bogotá de desalojar a 247 familias era inconstitucional pues nunca escucharon a los afectados durante el proceso. Se trata de un pleito por las tierras en este sector de Bogotá.

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Redacción Judicial
27 de noviembre de 2019 - 06:10 p. m.
Los habitantes dicen ser sujetos de protección especial, pues hay desplazados y madres cabeza de familia.
 / Diego Cuevas
Los habitantes dicen ser sujetos de protección especial, pues hay desplazados y madres cabeza de familia. / Diego Cuevas
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Hace más de una década, 247 familias del barrio Pino Sur de Usme se encuentran en medio de un pleito judicial para no perder sus viviendas. El caso está atravesado por una pelea por los terrenos, una condena por apropiación ilegal de tierras, y por diferentes recursos judiciales a los que han recurrido los vecinos de este sector de Bogotá para que la justicia proteja sus derechos a tener una vivienda y los servicios básicos como el del acueducto y luz. Aunque no siempre han contado con la protección de los jueces, en esta oportunidad el respaldo les llegó de la Corte Constitucional.

(En contexto: Entre desalojo y legitimidad: pleito por lotes en Usme)

La Sala Primera de Revisión de tutelas, con ponencia del magistrado Carlos Bernal Pulido, ordenó la suspendió de cualquier trabajo de desalojo que las autoridades locales estuvieran realizando en el barrio. Lo hizo luego de estudiar una tutela interpuesta por los vecinos, quienes denunciaron que, cuando el Tribunal Superior de Bogotá ordenó que se debía resolver quién era realmente el dueño de las tierras, el Distrito optó por desalojar a las 247 familias que allí habían construido sus hogares. Para la Corte Constitucional, en el trámite de las órdenes judiciales no se escuchó a los afectados y esto no está permitido. 

“La Sala encontró que la decisión judicial cuestionada configuró un defecto procedimental absoluto, que vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de los actores (especialmente en su defensa). Esto, por cuanto el Tribunal Superior de Bogotá omitió una etapa de controversia, esto es, dar a los tutelantes el espacio procesal que requerían para que fueran escuchados, antes de decidir sobre la medida de restablecimiento del derecho, que implicaba el desalojo y la pérdida de la vivienda de miles de personas”, explicó la Corte.

(Aquí puede leer el fallo de la Corte Constitucional)

Así las cosas, el proceso para establecer quién es verdaderamente el dueño de las tierras y cómo deben regresar a esa persona quedó sin piso y ellas deberán comenzar de nuevo el camino judicial para obtener los terrenos, eso sí, teniendo en cuenta los derechos de los habitantes del barrio quienes, aseguran, fueron víctimas de un estafador que los llevó hasta la zona en 2010 con la promesa de que allí podían construir sus casas. Esta es parte de la historia que reconstruyó la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá en noviembre de 2017, cuando tomó precisamente una de la decisiones que hoy es controvertida por el alto tribunal.

En ese entonces, los jueces que revisaron el caso condenaron a Juan López Rico a ocho años de cárcel por invasión ilegal de tierras. En la sentencia se lee que fue él quien estafó y engañó a los compradores de los terrenos haciéndose pasar como el dueño de ellos, cuando en realidad era un celador contratado por los verdaderos propietarios para cuidar los predios. Quienes alertaron de las primeras irregularidades en la zona fueron los verdaderos dueños: desde 1996 el 20 % estaba a nombre Luis Enrique y Julio César López. El resto fue adquirido en 2009, en un remate, por Fabio Güiza, quien pagó $750 millones. 

“Lo iba a vender para un proyecto urbanístico. Había una constructora interesada, pero cuando me lo iban a entregar, en 2010, lo invadieron y comenzó mi karma”, le comentó Güiza a El Espectador en junio pasado. Él denunció mismo denunció los hechos y el 22 de octubre de 2010 un juez ordenó a la Fuerza Pública facilitar la entrega de los terrenos a sus propietarios, lo que generó el descontento de los habitantes y las primeras peleas de ellos con la justicia para que les respetaran sus derechos pues se consideran compradores de buena fe. El fallo del Tribunal, aunque confirmó que su vendedor no era realmente el que pensaban que eran, abrió la puerta para otro desalojo.

Armados de tutelas, los vecinos lo evitaron. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó su suspensión, señalando que si bien los predios tenían dueño, se desconoció la problemática social de los habitantes, en cuanto a que presuntamente fueron estafados. El alto tribunal agregó que no había prueba de que las familias hubieran acudido a vías de hecho para invadir los predios. Sin embargo, el Distrito apeló la decisión y el caso entonces llegó a la Sala de Casación Civil, que resolvió dejar sin efectos el fallo de la Sala de Casación Penal pues, precisó, los afectados han debido acudir a otros mecanismos judiciales para frenar el desalojo.

Adicionalmente, la Corte aclaró que nunca solicitaron ser vinculados como víctimas en el proceso ordinario ni expresaron al juez sus reparos. Por ello, la Corte señaló que aún pueden acudir a otros mecanismos, además de que no es imperiosa su intervención, pues aún no hay fecha para la concreción de la “entrega forzosa”. Aunque Fabio Güiza insiste en tener derechos de propiedad, pero no de posesión, y ante el miedo latente de ser desalojados en cualquier momento, apareció la Corte Constitucional con esta nueva decisión de suspender todos los intentos por sacarlos.

Por Redacción Judicial

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