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                                                                                                                              Corte Suprema deja en firme proceso de revocatoria contra Peñalosa

                                                                                                                              El alto tribunal ratificó la decisión emitida el 7 de junio de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              El alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa Londoño / Archivo

                                                                                                                              Con ponencia del magistrado Fernando Castro Caballero, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme el proceso de revocatoria promovido por diferentes "grupos representativos de ciudadanos en contra del Gobierno del alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa Londoño. 

                                                                                                                              El alto tribunal no aceptó los argumentos presentados por la defensa del mandatario distrital en una acción de tutela para tumbar los efectos del fallo emitido el pasado 7 de junio por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá "por medio de la cual negó la acción de amparo promovida" por Peñalosa. 

                                                                                                                              En la acción judicial radicada por el abogado de Peñalosa se sustentaba que existía una vulneración a los derechos fundamentales del debido proceso, defensa y ser elegido, "así como el de 'representación efectiva de los 903.764 bogotanos que respaldaron su elección como Alcalde Mayor del Distrito Capital'".

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              "Considera la Sala que no puede atribuírsele al mecanismo de participación democrática de revocatoria de mandato, las características y ritualidad de un proceso judicial, pues recuérdese que aquel se trata de un juicio político ejecutado por el electorado interviniente en la elección de sus gobernantes, en ejercicio del poder soberano que en él reside", señala la decisión. 

                                                                                                                              En el debate jurídico se indica que en efecto los promotores del proceso de revocatoria realizaron todo el trabajo de promoción y publicación frente a los intereses que los llevaron a recolectar firmas con el fin de presentarla ante las autoridades electorales para que se tomara una decisión de fondo. (Ver: Firmas de la revocatoria de Peñalosa, a revisión exprés)

                                                                                                                              “Frente a la pregunta si existió vulneración de derechos y garantías fundamentales de la Alcaldía Mayor de Bogotá en el discurso de la actuación administrativa que culminó con la expedición de las Resoluciones No. 0023, 0024 y 0025 del 12 de enero de 2017, la respuesta también es negativa, como quiera que la referida actuación se tramitó de conformidad con las previsiones legales contempladas en la Ley 1757 de 2015, así como en los lineamientos reglamentos expedidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil”, señala.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa Londoño / Archivo

                                                                                                                              Con ponencia del magistrado Fernando Castro Caballero, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme el proceso de revocatoria promovido por diferentes "grupos representativos de ciudadanos en contra del Gobierno del alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa Londoño. 

                                                                                                                              El alto tribunal no aceptó los argumentos presentados por la defensa del mandatario distrital en una acción de tutela para tumbar los efectos del fallo emitido el pasado 7 de junio por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá "por medio de la cual negó la acción de amparo promovida" por Peñalosa. 

                                                                                                                              En la acción judicial radicada por el abogado de Peñalosa se sustentaba que existía una vulneración a los derechos fundamentales del debido proceso, defensa y ser elegido, "así como el de 'representación efectiva de los 903.764 bogotanos que respaldaron su elección como Alcalde Mayor del Distrito Capital'".

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              "Considera la Sala que no puede atribuírsele al mecanismo de participación democrática de revocatoria de mandato, las características y ritualidad de un proceso judicial, pues recuérdese que aquel se trata de un juicio político ejecutado por el electorado interviniente en la elección de sus gobernantes, en ejercicio del poder soberano que en él reside", señala la decisión. 

                                                                                                                              En el debate jurídico se indica que en efecto los promotores del proceso de revocatoria realizaron todo el trabajo de promoción y publicación frente a los intereses que los llevaron a recolectar firmas con el fin de presentarla ante las autoridades electorales para que se tomara una decisión de fondo. (Ver: Firmas de la revocatoria de Peñalosa, a revisión exprés)

                                                                                                                              “Frente a la pregunta si existió vulneración de derechos y garantías fundamentales de la Alcaldía Mayor de Bogotá en el discurso de la actuación administrativa que culminó con la expedición de las Resoluciones No. 0023, 0024 y 0025 del 12 de enero de 2017, la respuesta también es negativa, como quiera que la referida actuación se tramitó de conformidad con las previsiones legales contempladas en la Ley 1757 de 2015, así como en los lineamientos reglamentos expedidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil”, señala.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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