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¿Cuándo empieza la ley seca por elecciones presidenciales el 31 de mayo?

Con la llegada de una nueva jornada electoral en Colombia, el Gobierno ya definió cuándo arrancará la ley seca y cuáles serán las restricciones que regirán durante las presidenciales del próximo 31 de mayo.

Redacción Bogotá

26 de mayo de 2026 - 04:15 p. m.
La ley seca para las elecciones presidenciales del 31 de mayo comenzará a regir desde las 6:00 p.m. del sábado 30 de mayo en todo el país.
Foto: EFE - Angel Colmenares
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El Gobierno Nacional confirmó las medidas de orden público que regirán durante las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo de 2026, entre ellas la aplicación de la ley seca en todo el país.

De acuerdo con el Decreto 0188 del 27 de febrero de 2026, expedido por el Ministerio del Interior, la restricción comenzará a las 6:00 p.m. del sábado 30 de mayo y se extenderá hasta las 12:00 p.m. del lunes 1 de junio.

La norma establece que durante ese periodo quedará prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos comerciales. Además, alcaldes y gobernadores podrán ampliar los horarios de la medida si consideran que existen riesgos de orden público.

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Otras medidas

El decreto también ordenó el cierre de fronteras terrestres y fluviales entre las 6:00 a.m. del sábado 30 de mayo y las 6:00 a.m. del lunes 1 de junio, como parte de las medidas para garantizar el normal desarrollo de la jornada electoral.

Otra de las disposiciones establece que el día de elecciones no podrán difundirse encuestas, sondeos ni proyecciones electorales a través de medios de comunicación.

Tampoco se permitirá propaganda política en radio, televisión, prensa o espacios públicos durante la jornada electoral. Según el decreto, carteles, pasacalles, vallas y afiches electorales exhibidos el día de votación podrán ser decomisados por la Policía.

Sin embargo, los ciudadanos sí podrán portar una ayuda física pequeña —de máximo 10 centímetros por 5,5 centímetros— para recordar el candidato o partido de su preferencia al momento de votar.

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Reuniones políticas y otras medidas

El Gobierno también estableció que desde el lunes 25 de mayo y hasta el lunes 1 de junio los actos políticos solo podrán realizarse en recintos cerrados.

Además, durante la jornada electoral estará prohibida la contratación de pregoneros, informadores o guías electorales.

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Por otra parte, el decreto recordó que los resultados oficiales de las elecciones solo podrán ser difundidos por la Organización Electoral y que la información relacionada con orden público deberá provenir exclusivamente de fuentes oficiales.

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Por Redacción Bogotá

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