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Entre los negocios que están inmersos en el servicio de ambulancias de Bogotá, está la disputa por atender una emergencia de tránsito gracias a las bonificaciones que reciben del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), haciendo rentable el traslado de estos pacientes a los diferentes centros asistenciales de la ciudad.
También el dinero que reciben por parte de algunos hospitales para que lleven los heridos, ocasionando que se trasladen a distancias menos inmediatas de las que podrían.
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Con el fin de mitigar este tipo de modalidades, este jueves la Secretaría Distrital de Salud publicó el proyecto del Decreto que establece que esta entidad es la encargada de coordinar y gestionar toda la atención prehospitalaria en Bogotá, incluido el servicio de transporte especial de pacientes, público y privado, que se origine en una situación de urgencia.
En el documento se determina que toda solicitud para atención médica de urgencias en la ciudad deberá realizarse mediante la línea de emergencias 123, quien direccionará dichos requerimientos al Centro Regulador de Urgencias y Emergencias CRUE, y este a su vez gestionará los servicios que considere necesarios.
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Además todos los vehículos que se encuentren habilitados en el Distrito, deberán informar que se encuentran activos y en operación, así como los desplazamientos que impliquen traslados en los tiempos establecidos. De esta forma, deberán permanecer en comunicación directa con el Centro Regulador de Emergencias a través de un sistema localizador.
El Decreto también establece que la institución prestadora de salud que tenga habilitado el servicio de urgencia deberá certificar a la tripulación del vehículo de emergencia, la hora de llegada y la hora de salida, una vez se recepcione el paciente, y esto no debería superar los 45 minutos.
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Igualmente, las ambulancias podrán utilizar los carriles preferenciales con previa solicitud a Transmilenio o de la autoridad de tránsito competente y posterior reporte al CRUE de la Secretaría de Salud, que además autorizará la movilización desde y hacia los lugares de ocurrencia de las emergencias.
A partir del momento de su publicación este jueves 18 de octubre, la ciudadanía puede presentar durante cinco días observaciones o sugerencias al mismo, para proceder a la formalización legal de la medida.
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