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La Secretaría de Integración Social denunció un choque entre líderes de la comunidad indígena embera y funcionarios de la entidad, que prestaban servicios en la UPI La Rioja.
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El hecho ocurrió el pasado 2 de abril cuando un equipo realizaba una actividad pedagógica e intervenciones psicosociales con las niñas, niños y adolescentes. Sin embargo, según Integración Social, otras personas embera se acercaron “exigiendo que el equipo realizara acciones de limpieza del espacio deportivo, bajo la amenaza de que, de no hacerlo, no permitirían realizar más actividades allí y el equipo sería castigado por medio del cepo”.
📣 | Voceros Emberá de La Rioja amenazaron a equipo de Integración Social con castigo en el Cepo
— Roberto Angulo (@RobertoAnguloS) April 3, 2025
Le recuerdo a los voceros Emberá de #LaRioja que no hay jurisdicción indígena en las infraestructuras del sector de @integracionbta. pic.twitter.com/cvUBPwvP3l
Fue entonces que los trabajadores, junto a los menores, recogieron la basura luego de la actividad pedagógica. Aun así, dijo la entidad, “algunos voceros continuaron exigiendo que el equipo limpiara completamente la cancha, incluso en áreas que no habían sido utilizadas durante la actividad”, nuevamente, al parecer advirtiéndoles que usarían el cepo contra ellos.
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Ante esta situación, Integración Social indicó que abrió un espacio de diálogo con la comunidad, dejando claro que “no permitirá el irrespeto, las amenazas o agresiones a los equipos de trabajo, y tampoco requiere autorización para el ingreso a la UPI La Rioja. Hacemos un llamado a los voceros y a la comunidad para promover acciones que contribuyan al buen mantenimiento de los espacios al interior del alojamiento temporal”.
El cepo es un castigo mediante el cual se amarra el pie del infractor a una estructura de madera y es de empleo común en la jurisdicción indígena para castigar infracciones de convivencia que ocurren en torno a la comunidad.
Jurisdicción indígena
De acuerdo con la JEP, “la jurisdicción indígena procura preservar la diversidad étnica y cultural a partir del respeto de las normas, valores, costumbres e instituciones pertenecientes a los grupos indígenas dentro de su órbita territorial, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico nacional (...)”.
Es importante reiterar que cuando la Corte Constitucional habla de jurisdicción indígena lo hace a partir de varios elementos, señala la consejera de Paz, Isabelita Mercado. Por un lado, el componente territorial, que hace referencia a que la jurisdicción aplica en sus cabildos o espacios delimitados en sus territorios. “En este caso, estamos en un predio del Distrito que se propuso en la lógica de la transitoriedad mientras se activan los procesos de retorno. Es decir, no podríamos afirmar que es un territorio que podría considerarse colectivo o resguardo”. Cabe aclarar que el componente territorial no se agota en el aspecto geográfico y también incluye el aspecto cultural.
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Las estrategias de trabajo en campo deben apuntan a la pedagogía. Insistir en que hay maneras de corregir y llamar la atención de los menores sin causarles perjuicios ni vulnerarle ningún derecho fundamental. “Insistiremos en la pedagogía con las comunidades. En los primeros procesos de diálogo que hemos adelantado después de que se suspendió la mesa, hemos visto voluntad con varias de las vocerías que hay en la UPI, que son seis”, señala Mercado.
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Por Redacción Bogotá
