Por medio de denuncias presentadas por la comunidad en la localidad de Engativá, la Policía de Turismo de Bogotá puso al descubierto cuatro locales de la localidad que tenían fachadas de peluquerías, pero en su interior se ofrecían servicios sexuales. Además, las autoridades encontraron muebles y elementos que no cumplían con ninguna medida higiénico-sanitaria, representando un riesgo para quienes adquirían esos servicios.
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De acuerdo con las declaraciones del jefe de la Policía de Protección de Bogotá, coronel Alex Vega Moya, en el momento de la intervención no se encontró en flagrancia las actividades que denuncia la ciudadanía.
Mientras se amplía la investigación se impuso una suspensión temporal para ejercer las actividades económicas de los cuatro establecimientos, regidos por la Ley 1801. Además, los empleados no presentaron ningún documento que permitiera su funcionamiento de manera legal.
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De acuerdo con el proyecto de fallo presentado por el magistrado Luis Fernando Reyes, no regular esta actividad en las normas de ordenamiento territorial no solo es una omisión, sino un acto de discriminación, ya que la prostitución es legal en Colombia si se hace de forma voluntaria y por mayores de edad.
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