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Expectativa vs realidad: las penas en los casos de Jaime Moreno y el taxista ebrio

Imputaciones que aspiran a condenas ejemplares, de entre 40 y 50 años, y juicios que podrían terminar en sentencias de menos de 20 son los escenarios posibles en estos casos que, por mediáticos que sean, deben ceñirse a la realidad procesal.

Juan Camilo Parra

11 de noviembre de 2025 - 09:04 p. m.
En 2024 ingresaron, detalla el CEJ, 1,87 millones de noticias criminales, pero el 93,2 % de los casos activos se quedó en la etapa de indagación.
Foto: El Espectador
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Bogotá es una ciudad que, de tanto en tanto, se estremece e indigna con horrores y crímenes que no solo desenmascaran lo peor de la sociedad. También ponen a la justicia en complejos dilemas, que deben resolver a la luz de la ley, con apoyo de unidades investigativas, integradas por seres humanos que propenden por defender los derechos que tienen todas las partes, tanto víctimas como procesados.

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La ciudad, por estos días, está estremecida por este tipo de casos, como el del taxista ebrio, José Eduardo Chala Franco, que mató a un menor, de 15 años, y dejó heridos a otras 10 personas, o el de Juan Carlos Suárez, de 27 años, y Ricardo González, de 22, como coautores de homicidio agravado del estudiante Jaime Esteban Moreno, a quien mataron a golpes, producto de la intolerancia. En ambos, la opinión pública exige a gritos condenas ejemplares.

Pero la realidad judicial, por dura que sea, podría ir en contra de las expectativas, cuando en los tribunales se decante cada caso y se empiecen a analizar, no a la luz de las emociones, sino a la luz de lo que dictan códigos. Los tres están privados de la libertad y las evidencias parecen contundentes, por lo que muchos esperan sentencias que se acerquen a los 50 años de prisión. Sin embargo, en el camino se presentarán discusiones que, seguramente, no terminará siendo así.

¿Se puede equiparar estos crímenes con los que comete un asesino a sueldo o un grupo delincuencial organizado, como para merecer la misma pena? ¿cuál es la expectativa vs la realidad a la hora de dictar sentencia? Esto dicen los expertos.

Penas

Las penas por homicidio en Colombia varían según la calificación del delito: si es simple, agravado, preterintencional o culposo. Y aunque el Código Penal contempla sanciones de hasta 50 años para los casos más graves, la realidad muestra un sistema que pocas veces llega a ese punto. En el caso de Jaime Esteban Moreno, el joven estudiante de Los Andes, asesinado en Barrios Unidos la noche de Halloween, los abogados que representan a la familia de la víctima han señalado que esperan una sentencia proporcional al daño causado, pero reconocen que la pena podría ser inferior a las expectativas sociales. “Buscamos sentencias igual de proporcionales al ataque”, dijo el abogado Camilo Rincón a El Espectador.

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Esto, si el proceso llega a una etapa de juicio. Un informe del Sistema Penal Acusatorio de 2024, elaborado por la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), con datos oficiales de la Fiscalía, el Consejo Superior de la Judicatura y el INPEC, revela que en 2024 ingresaron 1,87 millones de noticias criminales o denuncias, pero el 93,2 % de los casos activos sigue en etapa de indagación.

El proceso

Los abogados consultados por este diario explican que antes de llegar al juicio, todo proceso se inicia con una noticia criminal, que activa una investigación, en la que la Fiscalía analiza si hay mérito para avanzar. Si hay prueba que apunten a un sospechoso, se avanza a la imputación de cargos, luego a una acusación formal hasta desembocar en un juicio, donde un juez, no solo determina si el procesado es culpable o inocente, sino que impone la condena.

Frente a la expectativa de la pena, expertos penalistas consultados coinciden en que, pese al deseo de condenas ejemplares, la estructura judicial y la falta de pruebas contundentes suelen traducirse en rebajas o acuerdos que reducen el impacto sancionatorio. El abogado Saúl León, defensor de Andrés Camilo Sotelo en el caso por la muerte de Juan Felipe Rincón, explica que “los factores para fijar el monto de una condena, alta o baja son dos principalmente: los hechos y las pruebas. Si los hechos involucran a menores de edad, mujeres o población constitucionalmente protegida, la pena será mayor”.

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Rafael Quintero, también penalista, coincide y agrega que “las penas mayores resultan de la aplicación de circunstancias de agravación, las menores de atenuantes, y los delitos menos graves son aquellos de menor impacto social que, por naturaleza, conllevan sanciones más leves. Todo depende del delito y del grado de participación de la persona”.

Ambos coinciden en que las condenas no se calculan por la percepción pública de gravedad, sino por criterios jurídicos. Saúl León advierte que “muchas veces las condenas se ven bajas, porque la Fiscalía no cumple su rol al probar los hechos”, mientras Quintero recuerda que “en Colombia hay un fenómeno llamado ‘populismo punitivo’: la idea de que endurecer las penas reduce el delito, ignorando las causas sociales de la criminalidad”.

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Casos que reflejan los retos judiciales

En el caso de Kooby Bray Duarte, el joven de 21 años que murió en 2022, luego de que una patrullera de la Policía le pegara un tiro por la espalda, primero lo asumió la justicia penal militar, donde la uniformada llegó a un preacuerdo que le aseguraba solo seis años de prisión, al reclasificar el delito de homicidio de agravado a culposo.

Sin embargo, la Corte Constitucional revirtió la decisión este año y devolvió el proceso a la justicia ordinaria. Tres años después, sigue a la espera de justicia. “Es increíble la dilatación de un caso tan grave”, dijo a este medio la madre del joven, Bibiana Forero, quien insiste en que la justicia debe responder por la desproporción del uso de la fuerza.

Otro caso que ilustra las tensiones del sistema es el de Juan Felipe Rincón, hijo del general William Rincón, actual director general de la Policía. El joven fue asesinado en noviembre de 2024, en medio de un confuso hecho en el barrio Quiroga. Aunque la Fiscalía imputó cargos por homicidio agravado al joven Andrés Camilo Sotelo, el proceso ha estado marcado por dilaciones y diversas versiones. El abogado Saúl León, quien asumió la defensa de Sotelo, sostiene que su cliente no disparó y que los indicios apuntan al escolta de Rincón.

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Ni siquiera el señalado “asesino serial LGBTIQ+ de Bogotá”. José Quevedo Turizo, de 22 años, quien cobró la vida de cinco jóvenes en Bogotá, obtuvo una sentencia mayor a 39 años de cárcel. En su caso tampoco aceptó cargos, las pruebas lo incriminaban y la Fiscalía descubrió un patrón criminal, pero las víctimas percibieron la condena como insuficiente: “39 años es poquito para todo el dolor que causó, el vacío que nos dejó a todas las familias”.

“El dilema es que no se puede juzgar con base en la presión pública, sino en lo que se pruebe en juicio”, dijo León. Tres historias distintas, la del estudiante, el motociclista y el hijo de un general, revelan el mismo drama de un sistema que se demora, aunque desde espectros distintos.

Y es que, según los datos del CEJ, son pocos los procesos que llegan a juicio, más de la mitad termina sin condena (56,6 %) y en delitos como violencia intrafamiliar la tasa de absolución supera el 80 %. La mayoría de las condenas no proviene del juicio oral, sino de preacuerdos (35,6 %) o aceptaciones de cargos (13,8 %), mientras solo el 22 % culmina tras un juicio completo.

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El material probatorio

En los casos de homicidio, la carga probatoria es decisiva. “Tiene que probarse que lo querían matar; si no, el hecho puede terminar siendo un homicidio preterintencional y no doloso agravado”, señala Saúl sobre el caso del joven de la Universidad de los Andes. Ambos juristas coinciden en que el debido proceso es la base del sistema penal.

Saúl lo resume así: “La administración de justicia se materializa en la observancia plena de las garantías fundamentales: presunción de inocencia, debido proceso, libertad y dignidad humana.” Rafael Quintero, por su parte, subraya que “la justicia es la verdadera aplicación de las leyes, con base en un juicio, en unas pruebas, en un proceso o una investigación que debe tener todo ciudadano, sea responsable o no. A eso le llamamos debido proceso”.

Los jueces y fiscales

Para Saúl, los jueces deben actuar como contrapeso del poder punitivo del Estado: “Están llamados a controlar los excesos de la Fiscalía y a exhortar a fiscales y defensores a actuar con apego a las normas procesales.” Quintero añade que el artículo 230 de la Constitución somete a los jueces al imperio de la ley, la jurisprudencia y el derecho, pero reconoce su autonomía:

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No dudo que, frente al caso del taxista, tomen una decisión contundente que siente un precedente a todos los irresponsables que manejan borrachos.

Rafael Quintero, abogado penalista.

También señala que los fiscales enfrentan el mayor reto, pues “tienen toda la carga dinámica de la prueba, no pueden fallar en una investigación ni en la individualización de una persona frente a si es autor, partícipe o determinador de un homicidio”.

La Fiscalía, dice el informe del CEJ, además, no logra responder al volumen de denuncias: el país cuenta apenas con 8,9 fiscales por cada 100 mil habitantes, y casi el 80 % en provisionalidad, lo que deja a la justicia penal “recibiendo millones de casos por una boca ancha, pero atascándose enseguida en un cuello angosto”, como concluye el reporte.

Preacuerdos, colaboración y justicia restaurativa

Ambos abogados defienden los mecanismos de reducción de penas y acuerdos anticipados como parte legítima de la justicia penal. Saúl explica que “la aceptación de cargos, los preacuerdos y la colaboración con la justicia son figuras que buscan terminar anticipadamente los procesos y reducir la congestión judicial. Sí, las penas son más bajas, pero ese es precisamente el propósito: una justicia más rápida y efectiva”.

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Quintero complementa que “la aceptación de cargos depende de la etapa procesal. Si es en la imputación, donde solo hay una inferencia razonable de delito, la pena puede reducirse a la mitad”. Añade que los preacuerdos “buscan excluir una causal de agravación punitiva del delito, hacerlo menos gravoso, y pueden incluir colaboración con la justicia”.

Saúl advierte, sin embargo, que la sociedad suele malinterpretar estas figuras: “La gente hoy piensa que justicia es que alguien vaya preso, pero existen otros mecanismos para reparar a las víctimas. La comunidad percibe los acuerdos como impunidad, pero en realidad también son administración de justicia.”

‘Populismo punitivo’ y percepción social de la justicia

En los últimos meses, la justicia penal ha convivido con una suerte de justicia social mediática, en la que las redes y los medios terminan influyendo en la percepción de culpabilidad mucho antes de que un juez se pronuncie. Sobre esto, ambos profesionales en derecho coinciden en que el populismo punitivo ha distorsionado la relación entre justicia y castigo. Quintero lo define como “una estrategia política que usa el derecho penal para ganar respaldo, basándose en la idea de que endurecer las penas reduce el delito, ignorando los principios de proporcionalidad y las causas sociales”.

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La justicia no puede obedecer a lo que plantean las redes sociales ni a la presión mediática, sino a lo que se acredite y se debata en un juicio público ante un juez.

Saúl León, abogado.

“El Estado debe juzgar con total severidad toda conducta que viole el Código Penal, pero no de manera arbitraria”, resume León. Quintero complementa con una reflexión más amplia: “el castigo ejemplar no soluciona el delito; la verdadera prevención está en la educación, las oportunidades y una política pública sólida”.

Los mencionados, son apenas algunos de los casos más visibles que ilustran la complejidad que hay detrás de un aparato judicial bajo presión, laboral y mediática. Entre audiencias, nuevos giros e intrincados procesos, continúan avanzando los principales casos que hoy día siguen estremeciendo y causando dudas en Bogotá.

Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.

Por Juan Camilo Parra

Periodista egresado de la Universidad Externado de colombia con experiencia en cubrimiento de orden público en Bogotá.jparra@elespectador.com
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