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Giro en el caso Juan F. Rincón: jueza envía a la cárcel a cinco implicados por tortura

La jueza fue contundente al acreditas la actuación de los cuatro implicados en delitos de tortura, instrumentalización de menores, entre otros.

Redacción Bogotá

13 de abril de 2026 - 01:12 p. m.
Tras la imputación a cuatro personas por varios delitos relacionados con la muerte de Juan Felipe Rincón en noviembre de 2024.
Foto: Archivo Particular
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Después de cuatro horas de intervención y varias semanas de audiencias de imputación y medida de aseguramiento, la juez 26 penal dictó cárcel contra cinco personas señaladas de cometer varios delitos contra la integridad de Juan Felipe Rincón, hijo del comandante de la Policía Nacional, durante los hechos que desembocaron en su muerte. Las defensas de los señalados apelan la decisión.

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Esta audiencia representó otro giro en la investigación por la muerte de Juan Felipe Rincón Morales (hijo del director de la Policía Nacional), ocurrida en noviembre de 2024 en el barrio El Quiroga. Mientras que inicialmente el proceso se centraba casi exclusivamente en Andrés Camilo Sotelo por homicidio (tesis que no prosperó), la Fiscalía reestructuró su teoría del caso basándose en que la muerte no fue un incidente fortuito, sino el resultado de una emboscada planeada y estructurada.

Cabe recordar que Andrés Marín, fiscal, había solicitado la medida de aseguramiento en centro carcelario contra los cinco involucrados, por los delitos de tortura agravada, uso de menores de edad para la comisión de delitos, ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio y soborno en actuación penal.

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Tras la deliberación, la jueza concluyó que la medida aplica para los cinco imputados: Andrés Camilo Sotelo Torres, Catherine Andrea Sotelo Torres, Jaime Tatiana Vega López, Juan Sebastián Ávila Ochoa y Solanyi Trujillo.

La intervención de la jueza

La jueza calificó los hechos como actos de “extrema gravedad”, subrayando que no se trató de una reacción espontánea sino de un ataque con ensañamiento. Basándose en los videos y testimonios, destacó que la víctima fue sometida a una golpiza que duró aproximadamente 15 minutos, utilizando objetos contundentes como varillas.

Aunque la jueza desestimó la tesis de que los procesados formaran parte de una estructura criminal organizada o que el inmueble en el barrio El Quiroga operara formalmente como una “olla” de microtráfico (cómo lo intentó sustentar la Fiscalía) fue enfática en señalar que esto no resta gravedad a lo sucedido.

Uno de los pilares de la decisión fue la validación de la tesis de la Fiscalía sobre la premeditación. La jueza señaló que hubo una “división de roles” clara: desde la creación de perfiles falsos en redes sociales para ganar la confianza de Juan Felipe, hasta la instrumentalización de menores de edad (incluyendo a la propia hija de una de las capturadas) para atraerlo a una zona donde sería vulnerable. Según la funcionaria, el uso de adolescentes para facilitar los hechos es un agravante.

La togada fundamentó la medida carcelaria en las maniobras realizadas tras la muerte del joven para ocultar evidencias. Citó específicamente la acción de envolver el iPhone de la víctima en papel aluminio para bloquear el rastro satelital y luego lo trasladó a Potosí (Ciudad Bolívar).

Este comportamiento, sumado a los intentos de coordinar versiones entre los implicados, llevó a la conclusión de que, de permanecer en libertad o en sus casas, los procesados tendrían la capacidad de destruir pruebas o presionar a testigos y menores involucrados.

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Defensas apelan

Tras conocerse la decisión, los abogados defensores interpusieron recursos de apelación, insistiendo en que la medida intramural es desproporcionada y que la Fiscalía ha incurrido en un “exceso de calificación” al tipificar los hechos como tortura.

Desde la defensa, el abogado Saúl León, quien representa a Andrés Camilo Sotelo y a Tatiana Vega, cuestionó la solidez jurídica de las nuevas imputaciones. Aunque reconoció que la Fiscalía está en su derecho de formular cargos, aseguró que, a su juicio, hay un exceso en la calificación de las conductas. “Consideramos que fue una exageración. No todas las conductas se consolidan jurídicamente. Por ejemplo, tipificar esto como tortura resulta excesivo”.

El defensor también argumentó que la adolescente de 16 años participó de manera voluntaria, y cuestionó la urgencia de la medida carcelaria señalando que sus representados han comparecido a todos los llamados de la justicia durante los 15 meses que han transcurrido desde los hechos.

Por su parte, la defensa de Juan Sebastián Ávila intentó, sin éxito, obtener la detención domiciliaria bajo el argumento de que es el único cuidador de su madre enferma, una tesis que fue desestimada por la juez al considerar que existen otros familiares que pueden asumir dicha responsabilidad.

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Por Redacción Bogotá

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