Alimentos en mal estado, largos periodos de demora en su entrega y fallas en los requerimientos mínimos de calidad son algunas de las irregularidades que evidenció la Personería de Bogotá en el suministro alimentario para las personas que se encuentran detenidas en los centros penitenciarios de la ciudad.
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Por esta razón, el ente de control presentó una tutela que fue concedida por un juez penal, determinando que la Unidad de Servicios Penitencia y Carcelarios (USPEC) y el Inpec, deben adoptar las medidas necesarias para prestar y garantizar el servicio de alimentación, en un plazo de 12 horas.
La solicitud fue presentada debido a que, para el organismo de control, la postura asumida por las autoridades carcelarias evidencia una falta grave contra los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, al negarle el derecho a una alimentación adecuada. Por esto, antes del fallo, la medida previa del juez pretende que se respeten las condiciones de alimentación y horarios establecidos, observando el plan dietario y nutricional acorde a las necesidades de los detenidos.
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Por otra parte, la Personería hizo un llamado reiterado a las autoridades para que exijan a los proveedores alimenticios el cumplimiento de lo establecido en los contratos, donde prime la atención adecuada y la calidad, especialmente durante la emergencia sanitaria.
A esta situación se suma la preocupación de los altos niveles de hacinamiento que existen en estos lugares, lo que expone a los 2.248 personas detenidas en centros transitorios, a un alto nivel de contagio de Covid-19. Según el ente de controln en estos lugares hay una situación de hacinamiento del 157,8 %.