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Personera prefiere renunciar que reintegrar a funcionario

Carmen Teresa Castañeda libra una batalla jurídica para evitar el reintegro de un empleado (ordenado por un juez), quien, argumenta, busca atornillarse a un cargo aduciendo una condición especial. Aunque ya la sancionaron por desacato, ella clama que el caso lo revise la Corte Constitucional.

Javier González Penagos (jgonzalez@elespectador.com)

26 de junio de 2018 - 10:00 p. m.
Según Castañeda, Herazo está vinculado a un fondo de pensión privado y cuenta con los requisitos para su pensión. / Personería de Bogotá
Foto: Javier Padilla
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La personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda, enfrenta desde 2016 un pleito judicial que hoy la tiene al borde de una fuerte y costosa sanción: un arresto de 30 días, sumado a una multa que asciende a casi $12 millones. ¿La razón? Ella se niega a cumplir una tutela que le ordena reintegrar a un funcionario, que ocupaba un cargo de libre nombramiento y remoción, y quien argumenta tener una condición especial de prepensionado, que lo blinda ante el despido.

(Lea: Ordenan arresto de 30 días y multa contra la personera de Bogotá)

La disputa es de tal calado, que la personera hoy lo asume como una pelea personal y, dice, que prefiere renunciar a su cargo antes que cumplir la orden del juez, a quien ya denunció por prevaricato. En su opinión, de cumplir el fallo, sentaría un precedente nefasto que implicaría “cometer un delito contra el patrimonio” de los bogotanos. Para ella, el pleito compromete a un funcionario que se quiere atornillar a un cargo directivo para hacerse a una jugosa pensión.

El caso

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Todo se remonta a agosto de 2016, cuando Castañeda despidió al personero delegado Eduardo José Herazo Sabbag, de 61 años, quien para entonces devengaba un salario mensual de casi $18 millones. Tras la decisión, en octubre el exfuncionario presentó una tutela buscando su reintegro. Argumentó que tenía una calidad de prepensionado y no podía ser retirado hasta cumplir los requisitos legales para acceder a su pensión.

(Lea: Por incumplir tutela, Personera de Bogotá fue arrestada en su domicilio)

Ante el recurso, la personera defendió su decisión señalando que Herazo no se encontraba en el fondo pensional del Estado, que estaba en un fondo privado y que ya había cumplido los requisitos (semanas cotizadas y aportes exigidos) para acceder a una pensión de dos salarios mínimos mensuales. “Hay un precedente constitucional que dice que las personas en etapa prepensional, cuando están en el sistema de prima media, no pueden ser reintegrados vía tutela a un cargo directivo. Estos son puestos de confianza, de asesoría y de acompañamiento”, aseguró la personera.

Los argumentos de la funcionaria calaron y, en primera instancia, el Juzgado 11 Civil Municipal rechazó la tutela y avaló el despido. Sin embargo, Herazo apeló la decisión y en segunda instancia el Jugado 43 Civil del Circuito de Bogotá le dio la razón, revocó el primer fallo y le ordenó a Castañeda reintegrarlo en 48 horas. “La ley establece que tengo una protección especial, por llegar a los 59 años siendo funcionario público. La ley lo cobija a uno cuando le faltan tres años para pensionarse”, declaró Herazo.

A pesar de que la decisión se emitió en octubre de 2016, Castañeda no reintegró al exfuncionario y, por el contrario, presentó una serie de recursos para tumbar el fallo. Tuvieron que pasar casi 10 meses y un proceso por desacato en marcha para que la personera intentara acatar parcialmente el fallo, al ofrecerle en agosto del año pasado un contrato a Herazo por prestación de servicios, con un salario de $20 millones mensuales, que igualaba las condiciones que tenía antes de su despido. No obstante, el exfuncionario lo rechazó e insistió en su reintegro.

El proceso por desacato siguió su curso. En principio, el juez ordenó arrestar por un día a Castañeda, sanción que pagó a comienzos de este año. Sin embargo, como el incumplimiento se mantuvo, recientemente el mismo juzgado aumentó la sanción a 30 días, al considerar que la actitud de la funcionaria demostraba “decidia en torno a la orden impartida”.

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(Lea: Ordenan arresto de personera de Bogotá por incumplir fallo de tutela)

Este nuevo revés para la personera sigue generando críticas desde la entidad. Señalan que con la decisión el Juzgado 43 la está obligando a mantener en el cargo a un funcionario que, además de ser de libre nombramiento y remoción, ya cumplió los requisitos legales para pensionarse. “Lo que uno no entiende es cómo un juez nos dice que lo tenemos que dejar en el cargo hasta que él quiera quedarse, hasta que obtenga el mayor y máximo monto que pueda obtener en el ahorro individual. Además, el juez no podría entrometerse en la competencia de otro funcionario, como la de nombrar a su equipo directivo”, agregó la personera.

Colpensiones, con la última palabra

Pese a que Castañeda dice tener todo el soporte legal y jurídico, sumado a los instrumentos constitucionales, para no dar cumplimiento a la orden del juez, lo cierto es que nada ha servido para convencer al juez del caso. Por esta razón, ahora ha acudido a otros mecanismos judiciales. Por ejemplo, presentó otra tutela argumentando que el juez pudo haber incurrido en una irregularidad al no haber practicado una prueba clave, que hubiera podido poner fin al pleito: requerir al fondo de pensiones Protección (al que estaba vinculado Herazo) para que diera cuenta de la situación pensional.

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“No puedo creer que un juez sea tan ingenuo, de primera mano y en su buena fe, pensar que todo lo que le dice el accionante es cierto. Tenemos la prueba y la tuvimos que obtener a través de tutela para que nos dieran la información y, de una vez por todas, tener claridad de que él sí tenía la condición de pensionado, por los menos con un ahorro voluntario”, precisó Castañeda. Sin embargo, en su fallo, el Juzgado sostiene que Herazo debe ser reintegrado hasta tanto “Colpensiones se pronuncie de fondo sobre el reconocimiento de su pensión o se produzca justa causa para su retiro”.

A la par, la personera ha acudido a otros recursos judiciales para hacerle el quite a la determinación. Entre ellas, otra tutela contra el incidente de desacato, aduciendo que fue violado su derecho al debido proceso y a la defensa; una demanda penal contra el juez, por posible prevaricato, y estudia instaurar una acción contra Herazo por un supuesto fraude procesal.

Con todo, para Castañeda hay un último camino judicial que sería el más efectivo y que pondría fin del todo al pleito: que la tutela sea revisada por la Corte Constitucional, el organismo de cierre en este tipo de controversias. Desde el primer momento del fallo, la personera ha insistido en este recurso. No obstante, no ha contado con suerte e incluso sufrió un gran revés luego de que la decisión fuera cobijada con un cerrojo: fue declarada cosa juzgada constitucional.

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Pese a ello, la funcionaria dice estar dispuesta a encadenarse frente a la Corte para que la decisión sea seleccionada y revisada. “Los jueces no han dado la talla, no han tenido la dignidad ni la altura para tomar la decisión que correspondía. Cuento con los instrumentos jurídicos, legales y constitucionales para poder rebatir en derecho y no con artimañas, ni con artificios, ni induciendo en error a los funcionarios (…) Se está afectando no solamente mi buen nombre, sino mi prestigio como funcionaria”, señaló la personera.

En la orilla opuesta, Herazo sostiene que los argumentos de Carmen Teresa Castañeda no tienen peso jurídico. Para él, el único camino que tiene es cumplir la orden judicial. “Las determinaciones no se pueden discutir, hay que acatarlas, gústele o no. Creo que detrás de todo hay cuestiones de ego, de impotencia y de arrogancia”, sostuvo.

Lo que viene

Mientras para la personera todo este pleito se enmarca como un esfuerzo para defender la Constitución y salvaguardar el patrimonio público de la capital, para sus detractores son dilaciones para no cumplir una orden judicial, lo que dejaría muy mal parada a quien se supone debe defender los derechos humanos y garantizar el debido proceso. “Si no cumple este fallo, como protectora de los derechos en Bogotá, qué pueden esperar otro tipo de personas que están en las instituciones. ¿Cómo puede ser esto posible?”, reclama José Herazo.

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A pesar de las críticas Castañeda permanece firme y defiende que no puede dar cumplimiento a una orden que “tiene un contenido prevaricador”. Para la funcionaria, el camino fácil sería reintegrar al empleado. Sin embargo, considera que sería una violación de la ley, es decir, un delito que implicaría que terminara en la cárcel.

“Lo único que he construido en mi vida es un buen nombre, es la única herencia que les voy a dejar a mis hijos y no lo voy a sepultar. Prefiero irme de la entidad y estar en mi casa haciendo empanadas, antes que en una cárcel por la decisión de un juez arbitrario (…) Creo en la justicia de Colombia, pero también sé que Dios me va a dar la justicia en este caso”, puntualiza la personera.

Independientemente de las consideraciones de la personera y los reclamos de Herazo, lo cierto es que hay un fallo en firme que hoy sigue sin ser cumplido y que ordena el reintegro de un funcionario. ¿Insistirá Carmen Teresa Castañeda en su lucha o terminará siendo sancionada en su causa?

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Por Javier González Penagos (jgonzalez@elespectador.com)

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