Secretaría de la Mujer rechazó caso de vigilante presuntamente obligada a vivir en edificio en Bogotá

La secretaria de la Mujer señaló que los hechos conocidos este jueves representan “una expresión exacerbada de las violencias contra las mujeres, que se podría configurar como una situación de trata de personas con fines de explotación laboral".

Redacción Bogotá / bogota@elespectador.com
09 de mayo de 2020 - 02:43 a. m.
Edy Fonseca, de 51 años, presuntamente tuvo que dormir durante un mes en un sofá en un conjunto residencial al norte de Bogotá. / Imagen de referencia - Archivo El Espectador
Edy Fonseca, de 51 años, presuntamente tuvo que dormir durante un mes en un sofá en un conjunto residencial al norte de Bogotá. / Imagen de referencia - Archivo El Espectador

En las últimas horas, la secretaria de la mujer, Diana Rodríguez Franco, calificó como “trata de personas con fines de trabajos forzados” el caso de mujer que ejercía labores de vigilancia en un conjunto residencial en Bogotá, en el que presuntamente habría sido explotada laboralmente.

Mediante un comunicado, la funcionaria indicó la Secretaría de la Mujer “rechaza de manera enfática el caso ocurrido en Bogotá, en el que una mujer aseguró ante medios de comunicación haber sido explotada laboralmente por parte de la administradora y el presidente del consejo del conjunto residencial en el que realizaba servicios de celaduría y vigilancia”.

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Rodríguez señaló que los hechos representan “una expresión exacerbada de las violencias contra las mujeres, que se podría configurar como una situación de trata de personas con fines de explotación laboral, bajo condiciones de vulneración de sus derechos y negación total de su autonomía, que incluso llegaron a poner en riesgo su vida, integridad personas y salud”.

Según explicó la secretaria, la trata de personas con fines de trabajos forzados se entiende como “el trabajo que se exige a una persona bajo la amenaza de una pena cualquiera y para la cual dicho individuo no se ofrece a sí mismo voluntariamente”. La UNODC indica que los dos elementos fundamentales de esta definición son una ausencia de consentimiento para realizar el trabajo o para anular el consentimiento dado, y por otra parte amenaza de una pena, que puede ir desde atentar contra su vida e integridad física hasta el despido o coerción psicológica.

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“La explotación de mujeres, en este caso, presuntamente mediante trabajos forzados, a través del sometimiento a diferentes formas de coacción, el desconocimiento de la dignidad, el aislamiento de sus redes de apoyo, el despojo de su autonomía y libertades fundamentales, aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, representan una grave situación que vulnera el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias”, dijo Rodríguez.

Por otra parte, en el comunicado la funcionaria anunció que rechaza la utilización de las condiciones de aislamiento obligatorio, que se han adoptado como medida de prevención y contención del Covid-19, como pretexto para explotar laboralmente a las mujeres. “La Secretaría de la Mujer está comprometida con la prevención y atención de todas las formas de violencia contra las mujeres. Extendemos la invitación a la ciudadanía para que esté alerta y pongan en conocimiento de las entidades competentes este tipo de casos para que no se repitan”, indicó.

A su vez, hizo un llamado a las autoridades competentes para garanticen que la atención, asistencia, investigación y sanción que adelanten, tenga origen en una valoración integral de los hechos y se realice desde un enfoque de derechos de las mujeres.

Cabe resaltar que, desde la Secretaría de la Mujer, se activó la ruta de atención en estos casos a través de la línea telefónica 350 331 7067 y el correo electrónico estrategiatratayaaq@sdmujer.gov. También se pueden reportar estos hechos a la Secretaría de Gobierno en la línea telefónica 3503085507 o en el correo electrónico lucha.trata@gobiernobogota.gov.co.

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Por Redacción Bogotá / bogota@elespectador.com

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