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La violencia sexual que ejercieron los hombres del exjefe paramilitar “Juancho Prada”

El Espectador conoció las 1.800 páginas de la condena a exintegrantes del frente Héctor Julio Peinado, en la cual se detalla de qué manera los paramilitares se ensañaron contra las mujeres y la población LGBTI.

16 de julio de 2020 - 03:00 a. m.
Juan Francisco Prada Márquez, alias 'Juancho Prada'. / Fotografía: El Tiempo.
Juan Francisco Prada Márquez, alias 'Juancho Prada'. / Fotografía: El Tiempo.
Foto: bogota - ALFONSO CERVANTES

Mientras el frente paramilitar Héctor Julio Peinado Becerra operaba en Cesar y Norte de Santander, entre 1992 y 2006, dejó una estela de crímenes de la que hoy 3.385 personas se reconocen como víctimas, directas o indirectas. Comandados por Juan Francisco Prada Márquez (Juancho Prada) para la época en que se desmovilizaron, los hombres de esta célula paramilitar cometieron homicidios, masacres, generaron desplazamientos forzados y desaparecieron a civiles. Y, además, usaron la violencia sexual para mantener el control. “Muchas de las víctimas no han logrado superar las afectaciones físicas y psíquicas que acarreó tal violencia sobre sus cuerpos, creencias y proyectos de vida”.

Así quedó plasmado en el fallo de 1.800 páginas que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá emitió contra Juancho Prada y 29 excombatientes más en marzo de este año, con ponencia de la magistrada Alexandra Valencia -la misma que hace unos días pidió que se indagara si había motivos para investigar a la consejera presidencial Nancy Patricia Gutiérrez-. En junio pasado, la Fiscalía divulgó que Prada y sus hombres recibieron una sentencia a ocho años de prisión, pues todos estaban incluidos en el programa de Justicia y Paz que promovió el gobierno Uribe para la desmovilización de los paramilitares. El contenido del fallo, sin embargo, no se había conocido hasta ahora.

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A este frente se le identificaron cinco patrones de macrocriminalidad. Uno de ellos fue la violencia de género, un tema que la Sala de Justicia y Paz abordó con especial sensibilidad. La violencia sexual, explica el fallo, “no solo se reduce a la penetración (…), sino que abarca una multiplicidad de actos con contenido sexual o erógeno, realizados sin su consentimiento y que violan o constituyen una afrenta a su dignidad, libertad, identidad y/o integridad sexual”. Para el caso del frente Héctor Julio Peinado Becerra, se documentaron 18 casos de este tipo de violencia, que para la justicia fue parte del “uso del terror como método sistemático de dominación y de distintas prácticas de control social”.

La violencia sexual contra niñas, mujeres e integrantes de la comunidad LGBTI fue, declaró la justicia, sistemática y generalizada, y paramilitares como Camarón, Rambú y Diomedes fueron algunos de los más mencionados. “También quedó en evidencia que en Ocaña, Norte de Santander, se desplegó una oleada de violencia sexual principalmente en contra de mujeres y niñas, que fueron no solo accesos carnales violentos, sino actos de tortura con connotación sexual, compañía forzada, maternidad forzada, entre otros”. Varios de los relatos que recopiló la Fiscalía y conoció el tribunal dejaron testimonio de cómo fue la traumática experiencia de las víctimas de este frente.

“Me dijo ‘parece una muñeca’, luego me violó”. Ese fue el relato de una de las víctimas, quien contó cómo José Antonio Hernández Villamizar, alias Jhon (uno de los condenados en esta macrosentencia) la secuestró, le vendó los ojos y abusó de ella. En el lugar estaba otro integrante del frente, José Diomedes Peña Barrera (alias Diomedes), quien, aunque no fue condenado en este fallo, ha sido reiteradamente señalado de haber cometido múltiples actos de violencia sexual contra mujeres de Norte de Santander con el poder que le daban las armas. Diomedes y una mujer que también estaba allí la amenazaron y le dijeron que si contaba algo, la matarían.

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Para algunas mujeres el asunto fue aún más grave: no solo fueron violadas, sino que del abuso provino un embarazo. Una mujer le contó a la justicia que, cuando salía del colegio, alias Rubiano (otro de los paramilitares señalados especialmente de violencia sexual) la secuestró, se la llevó a una casa y la violó. Luego la dejó tirada en una calle y la amenazó. Su madre la envió a Ocaña para evitar que se supiera, la confinó en una habitación y le insistió en que entregara al bebé en adopción. Ella se rehusó y con el apoyo de su padre sacó adelante a su hijo. Él tenía 15 años cuando ella fue ante la justicia a hablar de lo que le había sucedido, espacio en el que se enteró del origen de su concepción.

La violencia de género, resaltó el tribunal, incluyó por ejemplo trabajos forzados. Otra víctima contó que mientras su hermano fue reclutado ilícitamente, ella, de 13 años, y su hermana menor fueron secuestradas por Diomedes y llevadas a un campamento paramilitar en donde también estaba una mujer a la que todo el mundo llamaba Mona. “Las obligaron a hacer labores domésticas como lavar y planchar”. Su hermano resultó asesinado por los paramilitares, a su hermana menor la devolvieron a su casa, pero ella siguió privada de la libertad en el campamento. Diomedes luego la violó. A ella, tras recuperar su libertad, “se le dificultó mucho retomar su vida normal, se sentía extraña”.

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La Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá concluyó que, en algunos casos, los paramilitares usaron la violencia sexual como castigo. Estos “justificaron” su actuar en la supuesta corrección o castigo que “debían” ejercer sobre las víctimas, por considerar que sus comportamientos atentaban contra las “buenas costumbres” sociales. Le pasó a una niña de 13 años de San Martín (Cesar), quien, según los “paras”, era adicta a las drogas. La sacaron de su casa y en frente del pueblo la desnudaron para buscar en sus partes íntimas alucinógenos. Luego seis hombres la violaron, entre ellos un concejal desde cuya finca, denunció la víctima, salieron los “paras” que la agredieron.

La comunidad LGBTI no quedó exenta de este tipo de violencia. Según el fallo, “este tipo de actos estuvieron dirigidos a erradicar física y simbólicamente a estas personas, mientras que la violencia contra la mujer, en su criterio, estuvo dirigida a mantener la subordinación sin la intención de eliminarlas”. El frente Héctor Julio Peinado Becerra “castigó con fuerza a aquellas personas que se apartaban de la norma heterosexual y el binarismo de género, por cuanto consideraron que estas formas identitarias eran desviadas, anormales y pecaminosas”. Para el tribunal, dar a conocer estos casos es fundamental: se trata de visibilizar lo que padecieron miles de mujeres o personas LGBTI por cuenta del conflicto.

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