El decreto para saltar de Justicia y Paz a la JEP

El decreto 2199 que firmó el Gobierno permite conceder la libertad condicional a excombatientes de las Farc procesados por Justicia y Paz que se comprometan a reparar a sus víctimas.

Lorena Arboleda Zárate/ @lorenaarboleda8
28 de diciembre de 2017 - 10:07 p. m.
Los exguerrilleros de las Farc recibirán beneficios económicos y sociales a cambio de reparar a las víctimas y contar la verdad de sus crímenes. / AFP
Los exguerrilleros de las Farc recibirán beneficios económicos y sociales a cambio de reparar a las víctimas y contar la verdad de sus crímenes. / AFP
Foto: AFP - RAUL ARBOLEDA
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En 2008, es decir, tres años después de que entrara en vigor la Ley 975 de 2005, o Ley de Justicia y Paz, que lideró el gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe, ocurrieron dos episodios fundamentales en el desarrollo del conflicto armado en Colombia: Elda Neyis Mosquera, conocida en la guerra con el nombre de Karina, comandante del frente 47 de las Farc, anunció su intención de acogerse a dicha norma que, en teoría, había sido diseñada para facilitar el proceso de desmovilización de los paramilitares en el país. Ese mismo año, Elí Mejía, o Martín Sombra, considerado el carcelero de esa guerrilla, fue capturado y procesado por el sistema transicional de Justicia y Paz, el cual permitía su utilización para la desmovilización de organizaciones rebeldes, como las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia.

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A la postre se fueron sumando más integrantes de la hoy desarmada guerrilla, hasta llegar a los 429 casos que sabían que saldrían de prisión en un período máximo de ocho años. Así ocurrió con Karina y Martín Sombra, quienes recuperaron este año su libertad, luego de reclamar por haber estado recluidos más tiempo de lo que estimaba la Ley de Justicia y Paz. Pero ninguno de los beneficios allí contemplados les permitiría hacer su paso a la reinserción social, como sí lo permite el actual Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición, creado a raíz del Acuerdo de Paz firmado con las Farc. Bajo esa perspectiva, el Gobierno expidió el decreto 2199, firmado hace apenas algunos días, con el que establece que los excombatientes de esa organización guerrillera que se hayan sometido a la Ley 975 de 2005 podrán hacer tránsito hacia el nuevo sistema.

¿La razón? El poder Ejecutivo estaba dando cumplimiento a una sentencia que en abril de este año emitió la Corte Suprema de Justicia en el sentido de alertar sobre el limbo jurídico en el que se encontraban estos cientos de guerrilleros —considerados por las Farc como traidores—, pues no estaba claro si podían hacer el salto de Justicia y Paz a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP). Especialmente porque sus nombres no fueron incluidos en el listado que entregó la exguerrilla de las Farc a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz acerca de los miembros de sus filas. De hecho, como resultado de lo anterior, en febrero de este año la Fiscalía General de la Nación reveló que 72 de los integrantes que se acogieron a Justicia y Paz ya habían pedido pista para ingresar a la JEP, entre quienes se contaba Claudia Alejandra Cardona, la psicóloga de la Universidad Católica condenada por su responsabilidad en los ataques ocurridos el 7 de agosto de 2002, durante la posesión del primer mandato de Álvaro Uribe.

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El decreto permite, básicamente, conceder la libertad condicional que establece el artículo 35 de la Ley 1820 de 2016, que reglamentó la amnistía y el indulto, aplicables únicamente para los delitos políticos y conexos. Es decir, no cobija —como se malinterpretó en los medios de comunicación— a los exparamilitares que están siendo procesados por Justicia y Paz. “Ellos cometieron delitos comunes y bajo esos argumentos se les ha venido juzgando y condenando. Por eso no pueden ser beneficiados con este decreto que lo único que hace es garantizar a los desmovilizados de las Farc que puedan participar en los programas de reinserción”, dijo a este diario el ministro de Justicia, Enrique Gil Botero. Esto, por supuesto, bajo el condicionante de que los beneficiados suscriban el Acta Formal de Compromiso de someterse a la JEP, y todo lo que ello implica.

Pero lo anterior deja un largo listado de interrogantes fundamentales, como qué ocurrirá con quienes, habiéndose acogido a Justicia y Paz, deseen someterse a la JEP aunque hayan cometido delitos de lesa humanidad y graves crímenes de guerra, por lo que no se les puede cobijar con amnistía e indulto. ¿Hasta dónde cederá el Gobierno? Dicha respuesta es trascendental, dado que el sistema transicional conformado durante la era Uribe ha sido objeto de una lluvia de críticas, pues varios de los condenados han salido de prisión sin haber cumplido con su responsabilidad de reparar a las víctimas, dejando en el ambiente altas dosis de impunidad.

Por eso, el decreto firmado por el Gobierno también tiene un doble objetivo: no sólo permitir la adecuada reinserción de los excombatientes de las Farc sino, además, garantizar una verdadera y efectiva reparación a los más afectados por la guerra durante estos 52 años de conflicto, como el derecho a saber lo que ocurrió, las circunstancias en que se cometieron las violaciones a sus derechos o, sencillamente, dónde están los cuerpos de las personas dadas por desaparecidas para darles una sepultura. En últimas, construir una memoria histórica. A cambio, los exguerrilleros recibirán beneficios, como una renta básica del 90 % del salario mínimo para comenzar a trabajar en proyectos productivos que faciliten su reinserción, o la creación de una organización de economía social y solidaria —como Ecomún—, trabajo garantizado en la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección, etcétera. Un cúmulo de beneficios que, al final, cumplan el objetivo de lo pactado en Cuba: garantizar una paz estable y duradera. ¿Se logrará?

Por Lorena Arboleda Zárate/ @lorenaarboleda8

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