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Las dificultades para resolver casos de violencia sexual durante guerra en Urabá

Luego de que Colombia+20 conociera tres posibles casos de violencia sexual en el antiguo frente 57 de las Farc, la JEP se pronunció ante este diario sobre los obstáculos para atribuir las responsabilidades de estas conductas y los datos deficientes que existen sobre este tipo de hechos.

Camilo Pardo Quintero
07 de octubre de 2022 - 12:30 a. m.
El caso de violencia sexual de la JEP fue confirmado a través del Auto No. 103 del 11 de Julio de 2022.
El caso de violencia sexual de la JEP fue confirmado a través del Auto No. 103 del 11 de Julio de 2022.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

Tres mujeres que en la guerra pertenecieron al extinto frente 57 de las Farc le narraron el pasado 19 de septiembre a este diario los horrores que vivieron allí a causa de violencias sexuales intrafilas, en las que se perpetraron desde abortos forzados hasta violaciones que permanecen en la impunidad.

A pesar de que la Procuraduría General de la Nación alertó sobre este tipo de conductas el 4 de agosto de 2022, la violencia sexual al dentro del que fue uno de los brazos armados del Bloque Noroccidental de la exguerrilla sigue siendo un tabú y factor para que las víctimas opten por el anonimato para relatar esos hechos dolorosos que padecieron sus cuerpos.

El Ministerio Público le pidió celeridad a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), para que desde ese tribunal transicional investigaran las tras escenas de relatos como los de Fanny*, Claudia y Beatriz* en el frente 57 (y otros más que puedan surgir con el paso de las semanas), pero dando garantías para que ellas pudieran hablar de “manera reservada, espontánea y libre”.

En video: “Me violaron en el frente 57″: exguerrillera de las Farc

En su momento, los procuradores seccionales delegados dentro de la petición sugirieron que esos contextos los podrían tratar salas asociadas al macrocaso 04 (afectaciones territoriales en el Urabá, Darién y Atrato), debido a que en los expedientes de esos despachos de la JEP ya rezan versiones colectivas y estudios rigurosos de patrones criminales que se cometieron en esa zona del país.

Sin embargo, este puede ser un dilema en esa jurisdicción, en la medida que ya fue anunciada la apertura de un caso especializado en hechos de violencia sexual a lo largo del conflicto armado. Motivo por el cual definir a la mayor brevedad posible qué instancias o magistrados de la JEP puedan tratar afectaciones como el de las mujeres del antiguo frente 57 sería prematuro y, seguramente, equívoco.

El misterio parece ser el hilo conductor de esta situación. Si bien, en las denuncias que recibió Colombia+20 por parte de las tres víctimas hay indicios que apuntan a responsabilidades indirectas de excomandantes de las Farc como Gloria (conocida también como La Patrona, una de las responsables intelectuales y materiales de la masacre de Bojayá); Noel Matta, conocido en la guerra como Efraín Guzmán; o Víctor Tirado, ni mandos medios ni jefes de bloque han sido acusados formalmente por sus posibles víctimas ante la JEP por estos hechos -salvo los testimonios que Claudia Motato (Olga) dio ante la JEP en los últimos dos años, en los que dijo que Gloria fue la persona que dio la orden de los dos abortos forzados que sufrió cuando era guerrillera-.

Lea: Exguerrilleras de las Farc denuncian violencia sexual intrafilas en el frente 57

Con el ánimo de despejar dudas jurídicas sobre lo que puede seguir procesalmente en la JEP para tratar estos hechos, El Espectador le solicitó información al despacho de la magistrada Belkis Izquierdo -una de las personas más cercanas al caso 04 y quien también ha tratado hechos asociados a crímenes de lesa humanidad por razones étnicas o sexuales en el conflicto colombiano-, quien se pronunció sobre la dimensión de este tipo de afectaciones, reconociendo las limitaciones que persisten para tratarlas de la forma más eficaz posible.

“Consultado el Grupo de Análisis de la Información de la Jurisdicción (GRAI), ellos precisaron que ninguna de las bases de datos existentes es representativa de todos los crímenes de naturaleza sexual cometidos en el marco del conflicto armado y que esto obedece, dentro de algunas razones, a que en Colombia ha habido una deficiente recopilación de datos sobre violencia sexual en términos de cobertura geográfica, periodo histórico y contenido de la información”, dijo la magistrada.

Agregando que esto ha producido, como sucede por ejemplo en los casos de Fanny, Claudia y Beatriz, una naturaleza elusiva del fenómeno, barreras institucionales para proteger a las víctimas, estigmatización para las denunciantes y dificultades para atribuir responsabilidades por la comisión de esos delitos.

A sabiendas de la imprecisión de centenares de datos asociados a la violencia sexual durante la guerra, la magistrada Izquierdo aseguró en la solicitud de información que en un universo de víctimas de estos crímenes al interior de las Farc “se encontraron 568 registros de víctimas identificadas (que tuvieran información sobre nombre completo) que al momento del hecho reportaron haber sido integrantes de un grupo armado, específicamente Farc-EP; el hecho reporta haber sido un delito intrafilas y cuyo presunto responsable fueron las Farc-EP; y víctimas cuya profesión reportada durante el hecho correspondía a combatiente, responsable o desmovilizado”.

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De ese total, la JEP constató que 384 son mujeres y que la mayoría de ellas están dentro del rango de edad de los 6 a 17 años (en el momento de sufrir una o más violencias sexuales). Es decir, que casos como los recopilados por Colombia+20 el 19 de septiembre de 2022 no son aislados y forman parte de conductas violatorias sistemáticas.

Violencia sexual en el Urabá y el Darién

Las violencias sexuales y basadas en género no son nuevas dentro de las indagaciones del despacho relator del macrocaso 04.

Durante 2021 hubo dos diligencias clave en esta materia, a las que se sumó una el pasado 5 de agosto de 2022, para conocer versiones voluntarias de ex miembros de los frentes 34, 57 y 58, que pudieran esclarecer “tres escenarios reservados” en los que se pudieron perpetrar este tipo de violencias.

Sin embargo, sobre esa información recopilada por la JEP, sumándola a otras fuentes de información que tenían en esos despachos, desde la jurisdicción le dijeron a este periódico que “es importante aclarar que las bases de datos presentan un registro de la categoría <Violencia Sexual> en general, sin ser desagregada por tipos. En este sentido, no es posible identificar acceso carnal violento”.

Aquí el contexto del caso 04 de la JEP: Macrocaso 04: la búsqueda por la verdad y la justicia en Urabá, Atrato y Darién

A lo que la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas (con la magistrada Izquierdo a la cabeza) agregó: “En las diligencias de versión voluntaria adelantadas en modalidad individual y colectiva (dentro del macrocaso 04), se han identificado hechos que implicaron graves afectaciones a la vida, dignidad e integridad sexual, entre otras, de las mujeres excombatientes. Igualmente, que en las mismas se han producido momentos de reconocimiento y expresa precisión sobre políticas que iban de la mano con las restricciones al ejercicio de derechos sexuales y reproductivos de estas mujeres”.

Las mujeres víctimas de estas afectaciones en el frente 57 de las Farc quieren justicia. Ya la JEP ha identificado patrones que poco a poco llevarán a los responsables, e independientemente del caso que asuma estos delitos, hay una voluntad jurídica de avanzar, respetando los traumas y condiciones con los que cada persona afectada se acerque al tribunal.

“Hicimos daño, pero pocos saben del daño que nos ocasionaron a nosotras. Duraremos toda la vida pagando por lo que hicimos en combate, la culpa estará ahí, pero eso no nos quita el derecho a que se sepa lo que les hicieron a nuestros cuerpos”, concluyó Fanny, una de las denunciantes que contactó con Colombia+20.

Por un ajuste al Código Penal, para tipificar acciones de violencia sexual en el marco del conflicto armado -acorde a las normas internacionales-, las violencias reproductivas como el embarazo y anticoncepción forzada, o hechos que lleven a la desnudez forzada también serán indagados dentro de la JEP, tal y como lo solicitaron las exguerrilleras del frente 57 que buscan justicia para sus cuerpos.

*Nombres cambiados a petición de las fuentes

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