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Este domingo ante el Tribunal Superior de Bogotá, Geovany Andrés Rojas, conocido como Araña, y parte de la disidencia Coordinado Nacional Ejército Bolivariano, presentó un recurso de hábeas corpus, una acción constitucional que puede invocar una persona privada de la libertad cuando considera que se violó las garantías constitucionales o legales durante su detención o captura.
Colombia+20 conoció el documento en el que el Tribunal Superior admite el recurso y pide a varias autoridades, entre ellas, la Presidencia, la Oficinal del Consejero Comisionado de Paz y la Fiscalía remitir toda la información sobre la solicitud de extradición por la que fue capturado Araña el miércoles pasado en un hotel de Bogotá.
“Ofíciese, por el medio más expedito, a la Presidencia de la República, a la Fiscalía General de la Nación, a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (Dijin), a la Dirección de Asuntos Migratorios del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Dirección de Asuntos Internacionales y de Extradiciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, a Migración Colombia y a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, para que, de manera inmediata, informen y remitan copia de todo lo relacionado con la solicitud de extradición del señor GEOVANY ANDRÉS ROJAS (...) Inclúyase copia del escrito y póngaseles de presente que se trata del trámite de una acción de hábeas corpus, razón por la cual la respuesta debe darse en el término de la distancia”, dice el documento en poder de este diario.
De acuerdo con la Ley 1905 de 1996 que regula el hábeas corpus, la autoridad que admita el recurso tiene 36 horas para resolverlo. Si es “demostrada la violación de las garantías constitucionales o legales, la autoridad judicial competente inmediatamente ordenará la liberación de la persona privada de la libertad”, dice la ley.
El choque entre rama Ejecutiva y Judicial que provocó la captura de ‘Araña’
La captura de Geovany Andrés Rojas no solo es un hecho inédito en la historia de los procesos de diálogo en Colombia, sino que desnudó varios vacíos legales de la Ley de Paz Total.
La discusión se puede resumir en que mientras el Ejecutivo —con las delegaciones de Gobierno y el comisionado de Paz, Otty Patiño, a la cabeza— afirma que las resoluciones y el marco de la Ley 2272 de 2022 (o Ley de Paz Total) cobijan posibles órdenes de captura —e incluso pedidos de extradición—, la rama Judicial —con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía— dice que el país debe respetar los compromisos internacionales y que, claro, se debe cumplir la ley.
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Según el comisionado Patiño, la captura de Araña va en contra de la paz. “Esto puede constituir un nuevo elemento de trampa hecho por ustedes. Cuando procedan a esta operación están reiterando que están haciendo una trampa contra el proceso de paz que estamos desarrollando”, dijo Patiño.
La Fiscalía, por su parte, ha defendido que no hizo el operativo con una intención desleal. “Eso coincidió con el final de esa mesa que estaban teniendo, pero no fue intención de la Fiscalía, de ninguna manera, actuar de una forma desleal. Nosotros acompañamos el proceso de paz cada que se pueda, pero hay obligaciones internacionales que derivan de acuerdos que hemos hecho”, dijo la fiscal Luz Adriana Camargo.
Expertos que fueron consultados por Colombia+20 dicen que a esa desarticulación se suma la falta de reglamentación de la Ley 2272 de 2022 (o Ley de Paz Total).
Desde noviembre de 2023, tras una revisión exhaustiva de la Corte Constitucional por cuenta de varias demandas contra dicha norma, el alto tribunal le pidió al Gobierno que reglamentara y pusiera orden a varios de los puntos que componen esa legislación. Hasta el momento, solo el Servicio Social para la Paz ha pasado por esa reglamentación, mientras temas como el marco jurídico para el sometimiento a la justicia y el funcionamiento y alcance de las resoluciones con las órdenes de captura no se han reglamentado.
De acuerdo con fuentes cercanas al proceso de Araña, se espera que este recurso pueda ayudar a reglamentar los vacíos de la Ley 2272 y que se pueda dar “interpretación” a los recursos que vienen reglamentando estos procesos. Entre ellos, las resoluciones por las que se nombró a Araña como delegado en la mesa y la otra en la que se suspendieron temporalmente sus órdenes de captura.
Estados Unidos ya notificó sobre la orden de extradición de Araña
La circular de Interpol que llevó a la captura de Geovany Andrés Rojas, Araña, por tráfico de drogas hacia Estados Unidos, debe llevar a un pedido de extradición por parte de ese país.
Según conoció Colombia+20, Washington ya hizo una notificación sobre la extradición de Rojas a la Cancillería y deberá surtir el curso normal. De acuerdo con el trámite regular que se hace en estos procedimientos, la información de extradición debe llegarle al Ministerio de Justicia, para que verifique la documentación. De allí se envía a la Corte Suprema de Justicia, que debe hacer una revisión y decidir si procede o no la extradición. Aun así, el presidente Gustavo Petro tiene la decisión final porque, aunque la Corte puede decir que sí es favorable o sí procede la extradición, el Gobierno, en cabeza del mandatario, es el que tiene la opción de extraditar o no alguien. Esta decisión podría agregar o quitar tensión a las relaciones de Colombia con Estados Unidos.
La Corte Suprema de Justicia debe hacer una revisión sobre si procede o no la extradición, pero el presidente es quien tiene la última palabra.
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