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Las Zonas de Ubicación Temporal propuestas por Petro chocan con el viejo dilema de la extradición


La viabilidad real de los diálogos está en duda debido a la exclusión de comandantes de los grupos armados por sus deudas con la justicia de Estados Unidos. Sigue tensión con la Fiscalía.


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Cindy A. Morales Castillo
16 de mayo de 2026 - 10:00 p. m.
Estos son los ocho extraditables que no entrarán en las ZUT aprobadas.
Estos son los ocho extraditables que no entrarán en las ZUT aprobadas.
Foto: El Espectador
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Las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT), con las que el gobierno de Gustavo Petro busca avanzar en negociaciones con grupos armados, volvieron a ser noticia esta semana por una serie de choques con la Fiscalía General y por un tema que se ha convertido en el principal nudo jurídico -y político- de este punto de la paz total: la extradición.


Varios de los máximos comandantes de esas estructuras no entrarán, por ahora, a esos espacios debido a las solicitudes de extradición hacia Estados Unidos, donde están acusados de distintos delitos, entre ellos narcotráfico y terrorismo.


n contexto: Estos son los grupos armados que entrarán a cinco Zonas de Ubicación autorizadas por Petro

La decisión, anunciada por la Oficina del Consejero Comisionado de Paz (OCCP) tras una reunión con el presidente Petro, abrió nuevas preguntas sobre la viabilidad real de los procesos con las cuatro estructuras que estarán en las cinco ZUT autorizadas por el mandatario el miércoles pasado -el Clan del Golfo, la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB, la disidencia de “Mendoza”), el Estado Mayor de los Bloques y Frentes (EMBF de “Calarcá”) y Comuneros del Sur- y también sobre cuáles serán los resultados reales que dejará esta política en la recta final del Gobierno.


En esas cuatro organizaciones armadas ilegales, algunos de sus mandos más visibles y estratégicos tienen solicitudes activas de extradición. Entre ellos Jobanis de Jesús Ávila, conocido como “Chiquito Malo” y máximo jefe del Clan del Golfo; Javier Velosa, “John Mechas”, del EMBF; Andrés Allende, de la CNEB; Willinton Henao, “Mocho Olmedo”, también del EMBF, y Geovanni Rojas, “Araña”, de la disidencia de “Mendoza”. Estos dos últimos ya tienen el aval de la Corte Suprema para su extradición, pero el año pasado Petro las frenó y dijo que su decisión se basaba en los avances de ambos procesos.


La exclusión temporal -el comunicado de la OCCP dice que sería solo en la primera fase- de varios extraditables de las ZUT plantea dudas, como, ¿qué tan viable puede ser una negociación si algunos de los hombres con control territorial y peso dentro de las estructuras armadas quedan por fuera de los principales mecanismos diseñados para avanzar hacia un tránsito a la legalidad?


Además, está el eterno dilema entre anteponer los compromisos internacionales -y en este caso la presión de Estados Unidos sobre Colombia- frente a las negociaciones. En algunas de las mesas la inclusión de los mandos en las ZUT ha sido uno de los pedidos claves. Por ejemplo, en el proceso con la disidencia de “Mendoza” la sola mención de que “Araña” no podría entrar a ese espacio fue una de las razones de la pausa del séptimo ciclo en marzo pasado.

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¿Qué dicen los delegados?


Por ahora la exclusión de los máximos jefes fue recibida con cautela por las delegaciones del Gobierno con los grupos armados. Armando Novoa, jefe negociador del Ejecutivo con la CNEB, reconoció a este diario que la discusión ya venía siendo evaluada desde antes dentro de la mesa y aseguró que el grupo está revisando la situación.


“En este tipo de procesos siempre se producen situaciones complejas. El grupo tiene unas expectativas al respecto, pero existen unas realidades que debemos tener en cuenta. Una de ellas, la pugnacidad electoral que todo lo tergiversa en función de los intereses en juego. Otra, el asunto de la extradición”, dijo Novoa.


Aunque evitó anticipar cómo reaccionará la estructura armada, Novoa afirmó que en cuanto a las fases proyectadas para el proceso hacia la ZUT como lo sugería el comunicado de la Consejería de paz habrá “las fases necesarias para lograr que el grupo haga tránsito a la legalidad”.

Ambas delegaciones en ese diálogo adelantaron una reunión el viernes de la que, hasta ahora, no se conocieron conclusiones.

Desde la mesa del Clan del Golfo -autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, EGC-, el delegado Álvaro Jiménez evitó adelantar posiciones definitivas y señaló que el grupo sigue evaluando las nuevas circunstancias. “Al momento que tengamos información sobre las decisiones que toma el grupo respecto de las nuevas circunstancias, estas serán comentadas”, respondió a este diario el jefe negociador del Gobierno.

También pueda leer: Petro descarta que extraditables del Clan del Golfo, como “Chiquito Malo”, entren a las ZUT

Por ahora, ninguna de las delegaciones de las estructuras armadas se ha pronunciado. Sin embargo, Colombia+20 pudo hablar con Ricardo Giraldo, abogado del Ejército Gaitanista de Colombia (EGC), quien aseguró que excluir a personas con solicitudes de extradición contradice el espíritu de la Ley 2272 de 2022 (o Ley de Paz Total), que creó las herramientas jurídicas para hacer viables este tipo de procesos.

“La ley no distingue ni deja margen para excluir a los extraditables: los incorpora expresamente”, afirmó Giraldo y agregó que “no se trata de una atribución que el presidente se invente: es una consecuencia jurídica definida directamente por el Congreso, en desarrollo del mandato constitucional del presidente de conservar el orden público y conducir la política de paz”, indicó.

Para el abogado, la discusión no solo tiene implicaciones jurídicas, sino prácticas pues los hombres pedidos en extradición son quienes concentran el mando responsable y la capacidad real de hacer cumplir órdenes en los territorios. “¿Quién responde frente al Estado y frente a la comunidad internacional por el cumplimiento de lo acordado si los mandos responsables no están en la zona y con orden de captura activa?”, cuestionó.

La pugna con la Fiscalía

Giraldo también aseguró que la propia Fiscalía había sostenido anteriormente -a través de directivas internas y comunicaciones enviadas al Comisionado de Paz, Otty Patiño- que la suspensión de órdenes de captura operaba “de pleno derecho” y no dependía del ente acusador.

Ese mismo argumento fue expresado en el comunicado que esta semana hizo público la OCCP tras conocerse que la fiscal general, Luz Adriana Camargo, se negó a suspender las órdenes de captura de 29 miembros del Clan del Golfo para que hicieran el tránsito hacia las Zonas de Ubicación Temporal.

En contexto: Fiscalía y Gobierno chocan por suspensión de órdenes de captura a jefes del Clan del Golfo

Patiño, sostuvo que la suspensión de las órdenes de captura “opera por mandato expreso de la ley y no por una valoración discrecional posterior de la Fiscalía General de la Nación”.

Ahí aparece una de las principales tensiones que hoy rodean la paz total sobre hasta dónde puede llegar el Gobierno en la construcción de condiciones jurídicas para negociar sin chocar con la Fiscalía, la Corte Suprema de Justicia y la presión de Estados Unidos. El principal argumento del Ejecutivo es que esas decisiones se basan en los avances de la paz total, ¿pero quién determina esos avances y sobre qué bases?

Además, aunque el presidente tiene la última palabra frente a una extradición una vez existe concepto favorable de la Corte Suprema, las órdenes de captura ordinarias siguen dependiendo de jueces y de la Fiscalía General. Esa diferencia jurídica ha sido precisamente uno de los puntos de choque entre el Ejecutivo y la fiscal Camargo.

La extradición de los “paras” y las contradicciones de Petro

La discusión tampoco es nueva en Colombia. El antecedente más cercano ocurrió durante el proceso de desmovilización paramilitar bajo la Ley de Justicia y Paz, cuando el gobierno de Álvaro Uribe extraditó a varios jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), pese a que ya estaban sometidos a ese modelo de paz.

Ese episodio sigue pesando sobre las actuales negociaciones y suele ser citado por distintos sectores armados como prueba de que entrar a un proceso de paz no necesariamente blinda frente a la extradición.

Petro ha insistido varias veces en que extraditar a actores que participan en procesos de paz puede afectar el derecho de las víctimas a conocer la verdad y debilitar los procesos de sometimiento.

El presidente lo ha llamado la “fragmentación de la verdad” y parte de ello lo motivó a una mesa con los exparamilitares para que revelaran al país lo que no habían contado al ser enviados a Estados Unidos.

Para el abogado penalista Pedro Nel Escorcia, experto en extradición, en general, el compromiso internacional tiende a imponerse sobre procesos de negociación. “La facultad y el deber, si se puede decir que tiene (el presidente), de extraditar va por encima de una negociación de ese corte”, le señaló a este diario.


Escorcia también aclaró que esa facultad solo la tiene el presidente sobre la extradición, pero que las órdenes de captura ordinarias “siguen siendo competencia únicamente de la rama judicial”.

Las crecientes pugnas entre Gobierno y Fiscalía también pueden deberse a que la Ley 2272 no desarrolla completamente los alcances y los lineamientos que tendrán las ZUT -de hecho, en dicho articulado se usó el mismo párrafo que el que tiene el Acuerdo de Paz con las Zonas Veredales Transitorias-. Y eso sumado a la falta de un marco jurídico para el sometimiento deja abierto a interpretaciones de lado y lado.


En todo caso, el episodio de las Zonas de Ubicación Temporal parece proyectarse como una vía para mantener vivas las negociaciones y, de paso, como la salida del Gobierno para dar forma y presentar algo tangible a su ambiciosa política de paz total.

✉️ Si le interesan los temas de paz, conflicto y derechos humanos o tiene información que quiera compartirnos, puede escribirnos a: cmorales@elespectador.com, nortega@elespectador.com o aosorio@elespectador.com.

Cindy A. Morales Castillo

Por Cindy A. Morales Castillo

Periodista con posgrado en Estudios Internacionales. Actualmente es la editora de Colombia+20 de El Espectador y docente de Narrativas Digitales de la Universidad Javeriana.@cinmoralejacmorales@elespectador.com

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