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Petro autorizó traslado de integrantes de grupos armados a cinco Zonas de Ubicación Temporal

La decisión la tomó tras reunirse con los jefes negociadores del Gobierno de las nueve mesas de paz que están abiertas. También se acordó que no entrarán personas con órdenes de extradición.

Redacción Colombia +20

13 de mayo de 2026 - 08:18 p. m.
Presidente Petro autorizó traslado de integrantes de grupos armados a cinco Zonas de Ubicación.
Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos

El presidente Gustavo Petro autorizó este miércoles el traslado de integrantes de grupos armados ilegales a cinco Zonas de Ubicación Temporal (ZUT).

La decisión se tomó en una reunión entre el mandatario; el comisionado de paz, Otty Patiño; y varios delegados del Gobierno en las distintas mesas y espacios de diálogo con grupos armados. Allí se presentó un balance sobre avances, logros y dificultades de cada proceso.

Lea también: Petro descarta que extraditables del Clan del Golfo, como “Chiquito Malo”, entren a las ZUT

“En desarrollo de dichas competencias constitucionales y legales, el Presidente de la República autorizó avanzar de manera rápida con el traslado de los integrantes de los grupos armados ilegales a cinco (5) Zonas de Ubicación Temporal (ZUT), definidas en el marco de los procesos de paz en territorios priorizados”, dice el comunicado difundido por la Oficina del Consejero Comisionado de Paz.

Aunque el comunicado no lo precisa, Colombia+20 conoció que las cinco Zonas de Ubicación Temporal serán: Una en Catatumbo en el marco del proceso con la disidencia Estado Mayor de los Bloques y Frente (EMBF), de Calarcá Córdoba. La otra en Nariño en el marco del proceso con Comuneros del Sur. La tercera es la de Tierralta, Córdoba, con el Clan del Golfo, autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia. Las otras dos son con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) -la disidencia de Walter Mendoza- que estarán ubicadas en Nariño y Putumayo.

El Gobierno precisó que, en una primera fase, a estas zonas no ingresarán personas que tengan órdenes de captura con fines de extradición vigentes.

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“En la primera fase de implementación de las ZUT, no harán presencia personas respecto de las cuales existan órdenes de captura con fines de extradición vigentes”, dice el comunicado.

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Sin embargo, esa condición “será objeto de evaluación posterior por parte del Presidente de la República”, según señala el documento. Sobre este tema, el presidente ya había adelantado el martes que debían excluirse a los integrantes de grupos armados con órdenes de extradición.

Entre los nombres incluidos para la ZUT con el Clan del Golfo estaba el de Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, conocido como “Chiquito Malo”, máximo jefe del Clan del Golfo y requerido en extradición por Estados Unidos.

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Con esta decisión, la otra persona que se descarta su ingreso es Geovanni Andrés Rojas, conocido como Araña, y miembros de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano, con quien también se proyecta una ZUT.

En la reunión participaron los jefes negociadores del Gobierno Armando Novoa (de la mesa con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano), Carlos Erazo (del proceso con Comuneros del Sur), Gloria Quiceno (del diálogo con el Estado Mayor de los Bloques y Frente), Mauricio Silva (del espacio con las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada), Álvaro Jiménez (delegado ante el Clan del Golfo), Isabel Zuleta (del proceso con bandas del Valle de Aburrá), Fabio Cardozo (del espacio con bandas de Buenaventura), Alexander Castillo (del proceso con bandas de Chocó) y Camilo Pineda (del diálogo con bandas de Barranquilla), quienes presentaron un balance sobre los avances, logros y dificultades de los distintos procesos de negociación y sometimiento que impulsa el Ejecutivo.

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El choque entre el Gobierno y la Fiscal

El comunicado también subraya que la dirección de la política de paz y del orden público corresponde “de manera exclusiva” al Presidente de la República, en su calidad de jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, en línea con el artículo 189 de la Constitución y la Ley 2272 de 2022, que dio sustento jurídico a la política de paz total.

Tanto la reunión como la decisión tomada por el presidente se da en medio de la tensión con la Fiscal General. De allí la precisión de que las órdenes y dirección de la política de paz vengan solo del mandatario.

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El martes, la Fiscal General de la Nación decidió no suspender las órdenes de captura contra 29 miembros del Clan del Golfo tras la comunicación que el viernes le dio en ese sentido la Oficina del Consejero Comisionado de Paz (OCCP).

Aunque la OCCP había expedido la Resolución 120 de 2026 para facilitar el tránsito de esos 29 miembros del Clan del Golfo hacia las Zonas de Ubicación Temporal el próximo 25 de junio, la fiscal Luz Adriana Camargo, aseguró que las capturas seguirán vigentes mientras no se verifique el cumplimiento de las condiciones legales y el estado real del proceso.

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La Fiscalía sostuvo que la suspensión automática no puede aplicarse sin antes comprobar aspectos como la identificación de los integrantes, su pertenencia efectiva al grupo armado, la entrega de armas, la desarticulación de estructuras y el cumplimiento de compromisos humanitarios.

La respuesta del Gobierno no se hizo esperar y, a través de un comunicado, el comisionado de paz, Otty Patiño, sostuvo que la suspensión de las órdenes de captura “opera por mandato expreso de la ley y no por una valoración discrecional posterior de la Fiscalía General de la Nación”.

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La Corte Suprema de Justicia también se pronunció sobre el tema y en un comunicado difundido este miércoles apoyó a la fiscal Camargo.

El alto tribunal expresó que “comparten los planteamientos que formuló a fin de constatar que todas las medidas adoptadas en el marco de la implementación de las Zonas de Ubicación Temporal deben, necesariamente, estar precedidas de información suficiente y verificable sobre el cumplimiento de los condicionamientos legales establecidos respecto al proceso de paz”.

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