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Conservar hasta 12% de su fortuna y otros beneficios a armados en proyecto de paz total

El borrador que está presentando el Ministerio de Justicia y que se radicará el domingo en el Congreso tiene dos componentes: uno de sometimiento para las bandas criminales y otro para grupos armados organizados, como el Clan del Golfo que estará basado en la justicia transicional y restaurativa. ¿De qué se trata este último?

Cindy A. Morales Castillo

18 de julio de 2025 - 11:05 a. m.
Entre negociaciones y diálogos con miras al sometimiento, Petro ya suma nueve tableros de paz. En la del Clan del Golfo, estará Chiquito Malo como negociador por ese grupo.
Foto: El Espectador

El borrador de proyecto de ley de paz total que este viernes está presentando el Ministerio de Justicia al Consejo de Política Criminal y que el domingo radicará ante el Congreso establece varios beneficios para grupos armados organizados como el Clan del Golfo.

El proyecto establece un tratamiento penal especial y transicional para los integrantes de Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOML), como parte de la estrategia de paz total que impulsa el Gobierno de Gustavo Petro.

El documento propone una ruta jurídica que diferencia a estos actores armados de las estructuras criminales de alto impacto y busca facilitar su tránsito hacia la legalidad bajo estrictas condiciones de desmovilización, verdad, reparación y no repetición.

El texto parte de una distinción fundamental: los GAOML como organizaciones con capacidad militar sostenida, control territorial y un mando responsable, lo que les confiere una naturaleza distinta a la de las bandas criminales jerarquizadas que operan con fines puramente económicos. A estos últimos, el Gobierno propone un camino de sometimiento basado en la justicia premial y la colaboración eficaz con la Fiscalía.

Pero a los primeros, en cambio, se les abre una ruta de la justicia transicional y restaurativa con un diseño institucional propio que se apoya en el Derecho Internacional Humanitario (DIH), el Derecho Penal Internacional y el principio de favorabilidad.

¿De cuánto serían las penas?

El tratamiento penal diferenciado contempla, en primer lugar, penas alternativas privativas de libertad o con restricciones de la misma.

“Para la aplicación de los procedimientos contemplados en esta ley se dará aplicación preferente de una justicia restaurativa que busque la restauración del daño causado y la reparación colectiva de las víctimas afectadas. La justicia restaurativa atiende prioritariamente las necesidades y la dignidad de las víctimas y se aplica con un enfoque que garantiza la justicia, la verdad y la no repetición de lo ocurrido”, dice el documento.

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Aquellos que sean considerados máximos responsables de crímenes de guerra o graves violaciones a los derechos humanos recibirán sanciones de entre 5 y 8 años de reclusión en espacios especialmente acondicionados para la construcción de paz y transformación territorial.

El exfiscal general y Ministro de Justicia del gabinete de Gustavo Petro, Eduardo Montealegre.
Foto: Óscar Pérez

“Para la tasación de esta pena alternativa, se tendrán en cuenta la gravedad de las conductas y su nivel de participación en la misma. Así mismo, se tendrá en cuenta su grado de contribución en la transformación los territorios”, dice el borrador.

Estos lugares pueden ser colonias agrícolas, centros de armonización o zonas de ubicación temporal, y deberán garantizar condiciones de seguridad, dignidad humana y participación activa en procesos restaurativos.

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“La privación de la libertad podrá llevarse a cabo en espacios rurales o urbanos para la construcción de la paz y la transformación territorial, así como en colonias agrícolas o centros de armonización. En estos espacios deberán fijarse condiciones especiales de seguridad que permitan tratamientos administrativos penitenciarios que sean armónicos con la participación en acciones de justicia restaurativa, reparación y satisfacción de los derechos de las víctimas”, se explica.

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Los miembros de menor rango o sin capacidad de mando podrán enfrentar penas alternativas de 2 a 5 años, según su grado de participación y el tipo de delitos cometidos.

Para quienes hayan sido previamente excluidos de los procesos de Justicia y Paz o de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la ley contempla la posibilidad de ser admitidos en este nuevo mecanismo siempre y cuando manifiesten su voluntad de acogerse en los primeros seis meses desde la entrada en vigor de la norma, y demuestren contribuciones efectivas a los derechos de las víctimas. En estos casos, las penas serán más severas: entre 8 y 10 años, sin posibilidad de que la sanción sea inferior a la que les correspondía en los sistemas transicionales de los que fueron excluidos.

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El acceso a este tratamiento penal no será automático, de acuerdo con el borrador. Las condiciones exigidas son múltiples y rigurosas: el grupo armado deberá haberse desmovilizado completamente; deberá entregar todos los bienes producto de su actividad ilegal; poner a disposición del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a los menores que integraban sus filas; cesar toda interferencia al libre ejercicio de derechos políticos y libertades públicas; renunciar expresamente a las economías ilícitas y comprometerse a procesos de transformación hacia economías legales. Además, deberá demostrar que no mantiene personas secuestradas ni retenidas.

Desde el punto de vista individual, cada miembro que aspire a acogerse al mecanismo deberá firmar un acta de aceptación de las condiciones establecidas por la ley y contribuir efectivamente al esclarecimiento de la verdad, mediante instrumentos judiciales y extrajudiciales. También se exigirá la participación en mecanismos no judiciales de memoria histórica, búsqueda de personas desaparecidas, reconocimiento de responsabilidad y reparación temprana a las víctimas. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones podrá derivar en la revocatoria del beneficio y la reactivación del proceso penal ordinario.

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Además:Gobierno Petro alista proyecto en el Congreso para someter a las bandas criminales

Podrán quedarse hasta con el 12 % de su fortuna y/o bienes

Uno de los elementos más novedosos del proyecto es que la autoridad judicial podrá permitir que cada persona conserve hasta el 12% de los bienes entregados a título individual. Esta posibilidad, que dependerá de la valoración judicial y del cumplimiento de los compromisos de verdad y reparación, se plantea como un incentivo dentro de un esquema más amplio de justicia restaurativa orientada a la reconstrucción del tejido social.

Los bienes restantes, tanto los relacionados con la actividad delictiva del grupo como los que se identifiquen como infraestructura comunitaria (vías, escuelas, centros de salud), se destinarán exclusivamente a la reparación territorial de las víctimas. Su administración estará a cargo del Fondo de Reparación de Víctimas (en el caso de GAOML) o de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), en el caso de las Estructuras Criminales.

Serán sentencias colectivas

El diseño procesal también rompe con la lógica clásica de los juicios individuales. La propuesta contempla sentencias colectivas, que se basarán en la noción de “hecho total” y en patrones de macrocriminalidad. Esto significa que no se juzgarán únicamente conductas aisladas, sino que se contextualizarán dentro del plan criminal del grupo.

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La Fiscalía elaborará escritos de acusación colectivos, en los que se establecerán roles, hechos representativos y grados de responsabilidad. En la audiencia concentrada, los acusados podrán aceptar cargos y acceder al tratamiento especial. Si no lo hacen, el caso será remitido a la jurisdicción ordinaria y perderán todos los beneficios.

El proyecto también impone un enfoque territorial y diferencial. Se reconoce que las conductas cometidas contra poblaciones vulnerables —como mujeres, comunidades étnicas, campesinos, personas LGBTIQ+, personas con discapacidad o adultos mayores— deben ser tratadas con especial atención y dar lugar a medidas de reparación ajustadas a sus condiciones particulares.

Se establece, además, que los fiscales y jueces podrán actuar fuera de su jurisdicción territorial para facilitar la implementación de las audiencias y actos procesales en los lugares donde operaban los GAOML.

En términos institucionales, el Consejo Superior de la Judicatura deberá garantizar la disponibilidad de jueces capacitados, mientras que la Fiscalía General de la Nación liderará la investigación con criterios de selectividad centrados en los máximos responsables. La Defensoría del Pueblo y la Procuraduría también deberán jugar un rol activo en la representación de víctimas y en la vigilancia de los compromisos asumidos.

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Aunque el proyecto representa un esfuerzo técnico y político por ofrecer una alternativa legal viable para la salida de los grupos armados con vocación política, llega dos años después de que la Corte Constitucional pidiera una reglamentación de la Ley de Paz Total. A eso se suma que aún debe superar el debate legislativo y el Gobierno no la tiene nada fácil en el Congreso.

✉️ Si le interesan los temas de paz, conflicto y derechos humanos o tiene información que quiera compartirnos, puede escribirnos a: cmorales@elespectador.com; pmesa@elespectador.com o aosorio@elespectador.com.

Por Cindy A. Morales Castillo

Periodista con posgrado en Estudios Internacionales. Actualmente es la editora de Colombia+20 de El Espectador y docente de Narrativas Digitales de la Universidad Javeriana.@cinmoralejacmorales@elespectador.com

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