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Subsidio de vivienda temporal en Cali: requisitos para afectados por el terremoto

Las familias afectadas podrán recibir hasta un millón de pesos mensuales durante tres meses.

Redacción Colombia

04 de septiembre de 2026 - 11:08 a. m.
El primer corte del Registro Único de Damnificados identificó preliminarmente 11.616 hogares que cumplen con los criterios establecidos para acceder al apoyo.
Foto: Alcaldía de Cali
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La Alcaldía de Cali dio a conocer las condiciones para acceder al apoyo económico de vivienda temporal destinado a los hogares afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026. El beneficio es de COP 1.050.543 pesos mensuales durante tres meses y solo podrá ser asignado una vez por hogar.

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La medida está contemplada en la Resolución 0765 del 26 de agosto de 2026, expedida por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). El monto equivale al 60% de un salario mínimo y los recursos deberán utilizarse exclusivamente para cubrir una solución temporal de vivienda.

¿Quiénes pueden recibir el apoyo?

Para ser considerado como potencial beneficiario, el jefe de hogar debe cumplir dos condiciones al mismo tiempo:

  • Estar registrado en el Registro Único de Damnificados (RUD) correspondiente al terremoto del 10 de agosto de 2026.
  • Que la vivienda registrada aparezca como destruida o no habitable.

Sin embargo, aparecer en el RUD no significa que el subsidio sea entregado automáticamente. Antes de definir la lista de beneficiarios, la UNGRD realizará una revisión de la información registrada.

El proceso contempla cruces de identidad con la Registraduría Nacional, verificación de la certificación territorial y revisión de posibles duplicidades e inconsistencias. Con estos datos se conformará la base definitiva para los desembolsos.

¿Quiénes podrían quedar por fuera?

La resolución contempla varias causales de no inclusión. Entre ellas están no aparecer en el RUD, que la vivienda no figure como destruida o no habitable, no estar en la certificación territorial, tener registros duplicados o presentar documentación falsa, adulterada o insuficiente.

También podría quedar por fuera el hogar que no atienda dentro del plazo los requerimientos para corregir o completar la información. Si las autoridades encuentran alguna inconsistencia, el Distrito podrá realizar respectivas correcciones o aclaraciones dentro de los tiempos establecidos.

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El primer corte del RUD, realizado el 24 de agosto, identificó preliminarmente 11.616 familias en Cali que cumplían con los criterios disponibles hasta ese momento. Además, este viernes 4 de septiembre está previsto el segundo y definitivo corte, por lo que los hogares que hayan completado su registro dentro del plazo habilitado podrán ser considerador en esta etapa.

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¿Qué hacer si tiene errores en el RUD?

Las personas que encuentren inconsistencias en los datos registrados pueden solicitar su corrección ante la Alcaldía de Cali a través del correo: correccionesrud@cali.gov.co.

Es importante tener en cuenta que el apoyo corresponde a un solo beneficio por hogar, no a un pago individual para cada integrante de la familia, y que su destinación está limitada a una alternativa temporal de vivienda.

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