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“Condena de Feliciano Valencia es una provocación”: indígenas del norte del Cauca

Cientos de indígenas del norte del Cauca se concentran en la hacienda La María, Piendamó, y se declaran en asamblea permanente tras la condena a 18 años de prisión contra el líder indígena, por el secuestro de un uniformado.

Édinson Arley Bolaños
17 de septiembre de 2015 - 03:13 a. m.

La decisión del Tribunal Superior de Popayán, de enviar a la cárcel a uno de los líderes indígenas más importantes del norte del Cauca (que también fue precandidato a la Presidencia de la República en las pasadas elecciones), generó revuelo en el movimiento nacional de estas comunidades por dos razones: porque fue sentenciado a 18 años de prisión en segunda instancia y porque el hecho que castiga la justicia ordinaria sucedió en la minga de resistencia de 2008, cuando el enfrentamiento entre los indígenas y el gobierno del expresidente Álvaro Uribe estuvo en su punto más alto.

Ayer, las comunidades aborígenes se declararon en asamblea permanente y desde tempranas horas de la mañana cientos de comuneros empezaron a arribar en chivas a la hacienda La María, Piendamó, Territorio de Paz y Convivencia, en el centro del Cauca, solicitando la libertad inmediata de Feliciano Valencia.

Según el comunicado que leyó ayer el consejero José Elde Pete Vivas y que firmaron las autoridades del Consejo Regional Indígena del Cauca (Cric), “se profirió una sentencia en segunda instancia, pero a la fecha no se ha celebrado la audiencia de lectura de la misma y causa desconcierto que se modifique un fallo de primera instancia tan claro y contundente”, dijo Pete Vivas.

El líder indígena fue detenido el martes 15 de septiembre en Santander de Quilichao, cuando regresaba de una sesión del programa de educación en Popayán. El caso por el que fue condenado se remonta al año 2008, en el marco de la Minga Social, Indígena y Popular, concretamente el 14 de octubre, cuando fue retenido el cabo tercero del Ejército Jairo Danielo Chaparral Santiago, según Aída Quilcué, consejera del Cric en ese entonces, portando elementos militares y vestido de civil dentro de la asamblea que se desarrollaba en la hacienda La María.

“Tras ser detectado como infiltrado, las autoridades tradicionales decidieron aplicar el remedio en el marco de la jurisdicción especial indígena y después fue entregado a la Defensoría del Pueblo. Consideramos que ese procedimiento fue en el territorio, además porque él siempre se consideró indígena hasta que fue retenido”, explicó Quilcué.

Después del suceso, la Fiscalía decidió iniciar la investigación e individualizar a los responsables del hecho, aun cuando, según el abogado del Cric, Miller Hormiga, la Fiscalía nunca tuvo material probatorio para acusar a Feliciano de haber privado de la libertad al cabo Chaparral. “No lo custodió, no lo investigó ni lo sancionó, y tampoco lo podía hacer de manera individual porque estos son procesos de carácter colectivo en el marco de las autoridades tradicionales”, manifestó.

Sin embargo, la posición de la Fiscalía se ratificó tras apelar la decisión del juez en primera instancia, quien no halló culpable al líder indígena. Por eso, el ente acusador pidió la condena de Valencia argumentando que “sujetos que tenían el rostro cubierto, bastón de mando y machetes abordaron al cabo tercero del Ejército Jairo Danielo Chaparral Santiago, a quien obligaron a subir a una camioneta, lo golpearon y lo trasladaron a una vivienda del cabildo donde permaneció retenido y custodiado durante 14 horas”.

Por esta razón, el movimiento indígena calificó el fallo como político y acusó al Centro Democrático de estar detrás de esta decisión: “Desde 2008 la mayoría de los dirigentes hemos sido judicializados, algunos aún tenemos inconvenientes. Pero la persecución continúa. Recientemente fueron las declaraciones de la senadora Paloma Valencia, diciendo que el tema indígena es un problema para el desarrollo del Cauca y que había que dividir al departamento en dos, y sumado a eso, están los programas de Séptimo Día que fueron el precalentamiento a lo que hoy desemboca en la captura del compañero Feliciano y la persecución al movimiento indígena”, dijo Aída Quilcué.

Dentro del comunicado de ayer, los líderes sociales resaltaron que la decisión de encarcelar a Valencia “se constituye en un golpe de Estado contra nuestros derechos constitucionales y se está revocando el tratado de paz que la Carta Magna de 1991 representó para nuestra historia”.

En ese sentido, el consejero del Cric José Elde Pete también expresó que este hecho pone en riesgo el proceso de paz que adelanta el Gobierno con la guerrilla de las Farc en La Habana, Cuba, “porque es una evidente provocación al movimiento social en Colombia”. Algo que ratificó el negociador de las Farc Pastor Alape, a través de su cuenta de Twitter: “captura de Feliciano Valencia es un mensaje hostil y provocador contra el proceso de paz”.

Justicia ordinaria vs. justicia indígena

Por ahora, según el abogado Miller Hormiga, los consejeros del Cric decidieron apelar el fallo ante la Corte Suprema de Justicia, que al resolver un recurso de casación definirá la suerte jurídica del líder indígena. No obstante, el argumento de que se está violando la Constitución de 1991, cuando se reconoció la jurisdicción especial de estas comunidades, nuevamente pone en debate las competencias de la justicia indígena y la ordinaria.

Por eso, para intentar entender, ¿por qué el Tribunal Superior de Popayán juzgó a Feliciano Valencia y no la justicia propia?, El Espectador consultó al defensor del Pueblo del Cauca, José Luis San Juan Martínez, quien explicó que una vez planteado el conflicto de competencias entre las dos jurisdicciones, es el Consejo Superior de la Judicatura el encargado de definir quién es el competente para investigar y juzgar.

Algunos de los parámetros que el alto tribunal tiene en cuenta para tomar la decisión, explica San Juan, son de tipo objetivo y subjetivo, por ejemplo, que la conducta haya sido cometida en territorios indígenas, que los sujetos activos y pasivos sean comuneros, y en otros casos se determina la naturaleza del delito. En este caso la decisión final fue dejar el proceso en manos de la justicia ordinaria, a pesar de que el abogado del Cric argumentó que los hechos ocurrieron en territorio indígena, que Feliciano era indígena y que el cabo tercero se hizo pasar como aborigen.

Por lo pronto, Feliciano Valencia fue trasladado a la cárcel San Isidro de Popayán, donde por solicitud del abogado Miller Hormiga deberá ser recluido en el patio diferencial al lado de otros comuneros condenados. Sin embargo, entre los últimos recursos que agotarán las autoridades tradicionales será solicitar que Valencia purgue condena en su propio territorio, amparados en el Convenio Internacional 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que resalta el respeto por la diversidad étnica y cultural de los pueblos aborígenes.

Por Édinson Arley Bolaños

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