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Este miércoles es el día clave para los páramos en Colombia

La Corte Constitucional decidirá si artículos del Plan Nacional de Desarrollo, incluido el que permite la minería en páramos, van en contra de la Constitución.

Redacción Nacional
03 de febrero de 2016 - 02:39 a. m.
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Después de más de seis meses de que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionara el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2014-2018, la sala plena de la Corte Constitucional decidirá este miércoles una de las dos demandas por inconstitucionalidad que cursan contra esa ley, que fue interpuesta por el Polo Democrático y está a cargo de la magistrada Gloria Stella Ortiz.

Los demandantes se fueron en contra de siete artículos del PND. De acuerdo con la ong Dejusticia, que apoya la tesis de que el PND va en contra de la Constitución, éste da vía libre a la realización de minería e hidrocarburos en los páramos, a pesar de que eso estaba prohibido en el anterior plan.

“Permite la realización de actividades de exploración y explotación de recursos naturales no renovables en áreas delimitadas como páramo, cuando éstas actividades cuenten con contrato y licencia ambiental o con el instrumento de control y manejo ambiental equivalente, que hayan sido otorgados antes del 9 de febrero de 2010 para las actividades de minería, o con anterioridad al 16 de junio de 2011 para la actividad de hidrocarburos”, dice Dejusticia.

“Esto constituye un retroceso injustificado en el nivel de protección de los páramos que se había alcanzado. Es un factor suficiente para amenazar de muerte y de forma irreparable esos ecosistemas, de los cuales depende la generación del agua en nuestro país. Pone en riesgo las fuentes de agua de muchas zonas (entre otras, Bogotá y Bucaramanga). En este momento de sequía, ¿cómo vamos a meterle otra tensión a las fuentes de agua?”, se pregunta la organización.

Este es precisamente uno de los puntos más importantes en la discusión que llevará a cabo el alto tribunal. Así como los que se refieren a los Planes de Interés Nacional Estratégico (PINE), que limitan el derecho a la restitución de tierras. La norma establece que no hay lugar a la restitución respecto de un predio que haya sido incluido en los PINE, por lo que en esos casos hay compensación con un predio similar. “Esto es inconstitucional porque consagra una limitación muy costosa para los derechos de las víctimas de despojo”, argumentan los partidarios de la demanda.

Por su parte, la segunda demanda contra el PND fue interpuesta por el Partido Verde y la tiene en su despacho el magistrado Alberto Rojas.

Por Redacción Nacional

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