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Las razones por las que Enrique Vives afrontará desde la cárcel su proceso

La medida de aseguramiento fue concedida por una jueza de Santa Marta después de una diligencia que se extendió hasta la madrugada del domingo. La Fiscalía le imputó a Vives el delito de homicidio en modalidad de dolo eventual, cargos que él no aceptó.

19 de septiembre de 2021 - 03:13 p. m.
Enrique Vives arrolló a siete personas en la madrugada del 13 de septiembre, cuando conducía su camioneta bajo estado de alicoramiento y excediendo los límites de velocidad.
Enrique Vives arrolló a siete personas en la madrugada del 13 de septiembre, cuando conducía su camioneta bajo estado de alicoramiento y excediendo los límites de velocidad.
Foto: Cortesía

La jueza Primera Municipal de Santa Marta, Olmis Cotes, decretó que contra Enrique Vives Caballero procede la medida de aseguramiento en centro carcelario. Desde la cárcel Vives deberá afrontar el proceso judicial por la muerte de seis personas (entre ellas dos menores), quienes fueron atropelladas por este hombre el lunes de esta semana cuando conducía en estado alicoramiento y con exceso de velocidad, según la Fiscalía General de la Nación. Una séptima persona (también menor de edad) sobrevivió al atropellamiento y, aunque despertó este jueves, continúa siendo atendida en la clínica Cehoca de Santa Marta.

La medida fue tomada en medio de la audiencia de imputación de cargos y de solicitud de medida de aseguramiento, que comenzó su recta final en la tarde de este viernes, pero culminó hasta la noche del sábado, mientras a jueza revisó cada una de las pruebas que allegaron las partes.

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La Fiscalía le imputó a Vives el delito de homicidio en modalidad de dolo eventual, dado que Vives era consciente de los riesgos que asumía al conducir bajo los efectos del alcohol y excediendo los límites de velocidad. Para la jueza fueron más fuertes las consideraciones de la Fiscalía, que argumentó sobre los peligros de mezclar licor y conducir a altas velocidades, además de demostrar que Vives conocía el peligro de esa acción. Por esa razón la jueza accedió a imponer el delito de homicidio en la modalidad de dolo eventual.

De acuerdo con la Procuraduría, “el dolo tiene dos elementos, uno cognitivo (conocimiento del hecho) y el otro es un querer (la realización). En esa categoría escogida por la Fiscalía para adecuar estos hechos -dolo eventual- la misma estructura del dolo se presenta: el agente debió prever como probable la realización de la infracción. Y el segundo elemento, el querer, que está situado en la actitud francamente indiferente hacia el resultado del homicidio”. Esto porque, dicen las autoridades, el imputado tomó la decisión de conducir bajo estas dos condiciones (alicorado y con exceso de velocidad) en una vía cuyas condiciones conocía (incluyendo que es altamente transitada).

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Además, la Fiscalía señaló que ya en el pasado Vives había infringido en una ocasión los límites de velocidad. Precisó que, al haber dos menores de edad entre las víctimas fatales, el imputado no podría acceder a ninguna rebaja de pena. El ente acusador aseguró que la medida de aseguramiento procedía debido a que el imputado representa un peligro para la sociedad y hay riesgo de que no comparezca.

El ente acusador recordó las irregularidades y los múltiples problemas que ha habido en el proceso para poder realizar la audiencia de imputación de cargos y medida de aseguramiento pues Vives Caballero fue trasladado de centro médico sin que se informara a la Fiscalía ni a la jueza de control de garantías. “Se estaba presentando prácticamente una obstrucción a que se realizaran las diligencias (...) con esta medida se garantiza que este proceso continúe, se logra proteger a otros miembros de la comunidad pues no podemos pasar por alto que el imputado también ya había sido sancionado por parte de las autoridades de tránsito por conducir en exceso de velocidad, lo que pone en alto riesgo a los peatones”, argumentó la Fiscalía durante la conclusión de la audiencia.

Lea los detalles de la imputación a Enrique Vives

La solicitud de medida de aseguramiento también fue apoyada por la Procuraduría. Vale la pena aclarar que, durante la jornada del viernes de la diligencia judicial, Vives no aceptó el delito que le fue imputado y dijo que los cargos “no corresponden a la realidad”.

Ricardo Robles, abogado de víctimas, señaló que la medida de aseguramiento en centro carcelario es necesaria para evitar que el imputado obstruya el debido ejercicio de la justicia. “De las siete víctimas, tres son menores de edad, por lo tanto la única medida aplicable es la detención preventiva en establecimiento de reclusión”, dijo el abogado.

Robles agregó: “Necesitamos que una vez termine este proceso judicial, este indiciado sea trasladado de forma inmediata a un centro de reclusión porque el Instituto de Medicina Legal despejó las dudas que teníamos y señaló que se encuentra en capacidad de ir a un centro de reclusión”, dijo haciendo referencia a que esta entidad determinó que Vives Caballero puede recibir tratamiento de psiquiatría ambulatorio.

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pedro(06204)20 de septiembre de 2021 - 03:37 a. m.
ESTE MENSAJE NO PUDO SER PUBLICADO DEBIDO A INCUMPLIMIENTO EN LA POLITICA DE TERMINOS Y CONDICIONES DE ESTE PASQUIN, PORQUE ESTO SI? Y NO HE DICHO NADA DE PETRO
samuel(77552)19 de septiembre de 2021 - 08:37 p. m.
Al fín se percibe un Juez con criterio y transparencia.
luis(46988)19 de septiembre de 2021 - 02:49 p. m.
Vivo en USA y aqui este personaje por mas dinero que tenga ,tiene que afrontar varios cargos y el hecho de que existan menores entre las victimas implica mas castigo. bien por la Jueza
ERWIN(18151)19 de septiembre de 2021 - 02:14 p. m.
tod elpeso de la ley ..seis jovenes ..la cagastes vives..y tienes que pagar por esa cagada ..
-(-)19 de septiembre de 2021 - 12:16 p. m.
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