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Así avanza la reglamentación de la pensional a 120 días de su entrada en vigencia

En medio de la incertidumbre por el futuro de la reforma pensional en la Corte Constitucional, sigue el proceso para ajustar las piezas necesarias para que el nuevo sistema arranque el 1° de julio. Le contamos qué se ha hecho, qué hace falta y qué temas preocupan.

Karen Vanessa Quintero Martínez

02 de marzo de 2025 - 07:00 p. m.
Imagen de referencia.
Foto: Getty Images/iStockphoto - Getty Images
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Faltan menos de 120 días para la entrada en vigencia de la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro. La reglamentación de la iniciativa avanza en un contexto de incertidumbre por la decisión que tomará la Corte Constitucional en los próximos meses (antes se esperaba que fueran semanas, pero el proceso en el que ya se había presentado una ponencia para tumbar la reforma tiene que devolverse porque no se había resuelto un impedimento).

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En contexto: Despiste de Corte Constitucional echó para atrás discusión de la reforma pensional

El alto tribunal estudia la demanda una de las muchas que se han presentado de la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, quien argumenta que hubo vicios en el trámite legislativo, básicamente, por el “pupitrazo” de la iniciativa en el cuarto debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.

Por ahora, el país se está preparando para poner en marcha el nuevo sistema. Algunos puntos de la reforma ya están vigentes, mientras que otros siguen en proceso de reglamentación.

¿En qué va la reforma pensional?

Hasta ahora se han publicado oficialmente dos decretos, que establecieron la ventana de traslado y los requisitos para las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), y dos más están para comentarios.

Desde julio pasado está habilitada una ventana de traslado para quienes quedan en el régimen de transición (las mujeres que hayan cotizado más de 750 semanas y los hombres con más de 900 semanas) o sea, para las personas que seguirán con las reglas del juego establecidas en la Ley 100 de 1993.

Antes de la reforma pensional, los traslados entre Colpensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) solo podían realizarse hasta 10 años antes de la edad de pensión, pero la nueva ley permite que, por dos años (hasta julio de 2026), las personas que están a menos de 10 años de cumplir el requisito puedan realizar el cambio, facilitando así el proceso para quienes hasta ahora tenían que recurrir a demandas.

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Además, el 16 de enero venció el plazo para elegir una ACCAI, la nueva figura que creó la reforma para administrar los ahorros que están por encima de los 2,3 salarios mínimos ($3.274.050 en 2025). Si usted gana menos de ese monto, solo cotizará en Colpensiones, si gana más, cotizará por hasta 2,3 salarios en Colpensiones y de ahí en adelante en una ACCAI.

Si no eligió ACCAI y actualmente está cotizando en un fondo privado (Colfondos, Porvenir, Protección, Skandia), lo dejarán en ese mismo fondo; si estaba en Colpensiones, el Gobierno le asignará una ACCAI aleatoriamente y más adelante tendrá la opción de cambiarse.

El domingo se conoció que la Superintendencia Financiera aprobó la solicitud de Positiva Seguros, parte del Grupo Bicentenario, para convertirse en la primera administradora estatal.

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También lea: Pensiones: Positiva Seguros será la primera ACCAI pública

En cuanto a los dos decretos que todavía están en borrador, el primero, el Decreto Único Reglamentario de la reforma pensional, que está para comentarios hasta este lunes, fija la columna vertebral de la iniciativa. El segundo contiene las normas que se aplicarán al fondo de ahorro, que será administrado por el Banco de la República, y estará para comentarios hasta el próximo sábado.

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De acuerdo con el Gobierno, los avances son el fruto de los acuerdos establecidos en las mesas técnicas. En la reglamentación de la reforma pensional han participado los ministerios de Trabajo, Hacienda y Salud, Colpensiones, Prosperidad Social, la Unidad de Reglamentación Fiscal, la Superintendencia Financiera y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales.

El Decreto Único Reglamentario es clave para entender cómo funcionará el nuevo sistema que está basado en cuatro pilares: solidario (entrega una renta básica a mujeres mayores de 60 años y hombres mayores de 65 años en condición de pobreza), semicontributivo (en el que los hombres mayores de 65 años y las mujeres mayores de 60 años que hayan cotizado entre 300 y menos de 1.000 semanas recibirán una renta vitalicia a partir de sus cotizaciones), contributivo y voluntario.

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Andrés Velasco, presidente de Asofondos, explicó que una de las grandes novedades del documento es que permite que las personas que quedan en el régimen de transición puedan “renunciar” a esta opción y entrar al nuevo sistema. Este cambio podría beneficiar, por ejemplo, a las mujeres con hijos (por el bono de 50 semanas por hijo nacido, hasta tres hijos, que establece la reforma) y a quienes quieran acogerse a la prestación anticipada, una herramienta para que los hombres con 65 años y las mujeres con 62 años que solo tienen 1000 semanas, puedan recibir su mesada e ir cotizando mensualmente lo que les hacen falta para cumplir el requisito.

El decreto también ajustó las comisiones para los fondos privados, un tema que fue polémico en el trámite legislativo. La ley estableció que la comisión sobre los saldos que hoy administran las AFP sería de hasta 0,7 %, pero en el decreto se estableció que arrancará en 0,55 % en 2025 e irá aumentando hasta llegar a 0,7 % en 2040. La comisión sobre flujos, es decir, sobre las nuevas cotizaciones que llegarán a las ACCAI, será de 0,8 % en 2025 e irá bajando gradualmente hasta llegar a 0 % en 2045, cuando serán reemplazados por una comisión por desempeño.

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Lo que falta

Para Velasco es necesario que el Gobierno precise cómo funcionará esa última comisión porque en el borrador de decreto no está claro. También dijo que en este momento cada administradora está haciendo los cálculos para determinar cómo queda en este nuevo escenario porque, sostiene, “las comisiones que quedaron en la Ley 2381 lograban generar los ingresos apenas suficientes para que las administradoras funcionaran de manera correcta”.

Para Asofondos también falta precisar, en ese decreto o en los próximos que publicará el Gobierno, cómo funcionará el seguro previsional, que ampara a los afiliados frente al riesgo de invalidez o a los familiares del afiliado en caso de que este muera; el esquema de competencia con Colpensiones, que también se convertirá en una ACCAI, y precisar los fondos generacionales, una nueva modalidad de inversión que creó la reforma.

Kevin Hartmann, abogado experto en el tema y fundador de Hartmann y Asociados, advierte que todavía hay dudas sobre el tratamiento que se le dará a las cotizaciones que ya han hecho quienes actualmente están en Colpensiones, entran en la reforma pensional y ganan más de 2,3 salarios mínimos. La ley señala que tendrán un bono pensional expedido a su nombre que, básicamente, establece la equivalencia de esas cotizaciones en dinero, pero la reglamentación señala que la tasa de interés que se le reconocerá a ese bono se establecerá posteriormente en un decreto del Ministerio de Hacienda. “En la Ley 100, cuando un afiliado pasaba de Colpensiones a una AFP, el interés era de 3 % efectivo anual, o sea, tres puntos por encima de la inflación, pero en este caso todavía no sabemos de cuánto será el interés o si no habrá interés y solo se ajustará por inflación”.

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Para Andrés Izquierdo, abogado y CEO de Integral Soluciones Pensionales (ISP), sigue estando en duda la capacidad operativa de Colpensiones para asumir la llegada masiva de afiliados: la entidad pasará de tener cerca de 6,7 millones de afiliados a tener casi 25 millones. En múltiples ocasiones, la entidad, en cabeza de Jaime Dussán, ha dicho que se está preparando para el cambio y que estará a la altura de los retos que plantea el nuevo sistema pensional.

Izquierdo considera necesario que en la reglamentación se establezcan lineamientos claros sobre cómo se hará la migración de la información de las historias laborales de los afiliados, datos que son vitales para el reconocimiento de las pensiones.

En la práctica, queda un largo camino para implementar la pensional, aunque en las últimas semanas se han dado pasos importantes. Según Asofondos, la integración entre los fondos privados y Colpensiones, sin contar los dos borradores de decreto, está en un 30 %.

Aun así, no se puede negar que sobre la promesa de una reforma pensional que finalmente vería la luz el próximo 1° de julio hay un manto de incertidumbre. Como dice Hartmann, aunque se han barajado las opciones (que se caiga, que sea exequible, que la devuelvan al Congreso para subsanar algún vicio de trámite), “nadie sabe a ciencia cierta qué pasará en la Corte Constitucional”. Ahí entramos en el terreno de las hipótesis.

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Si la reforma se llegara a caer en la Corte, surge la duda de qué pasaría con quienes usaron la ventana de traslado. Hartmann considera que en ese escenario, probablemente, las actuaciones jurídicas que se hicieron cobijadas bajo esa ley se mantendrán por la presunción de constitucionalidad. Pero, de nuevo, estamos en el terreno de las hipótesis.

Quedan 120 días para ajustar y unir todas las piezas que darán forma a la pensional del Gobierno Petro, salvo que la Corte, en el marco de sus funciones, decida lo contrario.

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