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El Gobierno publicó un decreto que modifica el porcentaje arancelario para los vehículos y motos importadas que consumen combustibles fósiles (sea gasolina o ACPM).
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, explicó que la medida busca proteger la producción nacional de dichos productos y desincentivar la importación. De ese modo “los crecimientos en la capacidad de consumo no se diluyen en la importación, sino que se traducirá en la generación de mayores empleos y producción interna”, explicó.
La medida fue publicada en el Decreto 1432 del 24 de diciembre de 2025 y modifica parcialmente el artículo 10 del Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021. Puntualmente, estos serán las nuevas tarifas arancelarias:
Tasa del 40 %
- Cuatrimotos
- Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios.
- Automóviles de turismo y demás.
Los anteriores solían tener aranceles del 35 %.
Tasa del 35 %
- Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios y motocicletas con motor de émbolo (pistón) de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 (antes tenía el 15 %).
- Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada inferior o igual a 800 cm3 (antes del 30 %).
- Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada superior a 800 cm3 (estaba en 15 %).
La medida que se establece sin perjuicio de lo previsto en los tratados, convenios y acuerdos internacionales vigentes para Colombia en materia comercial.
La aplicación de las nuevas tarifas entrará en vigencia transcurridos quince de la publicación oficial del decreto, plazo que se vence el jueves 8 de enero de 202.
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