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Afectados por el terremoto podrán retirar sus cesantías sin cobro de comisión: Asofondos

Los afiliados y sus familias también cuentan con el auxilio funerario de pensiones, sin costo adicional.

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02 de septiembre de 2026 - 03:20 p. m.
Pereira tres días después del terremoto del 10 de agosto de 2026.
Pereira tres días después del terremoto del 10 de agosto de 2026.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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Las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) anunciaron otro tipo de ayuda a los trabajadores damnificados por el terremoto del pasado 10 de agosto en las zonas afectadas.

Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia van a dejar de cobrar la comisión de ley que suele aplicar sobre el retiro de las cesantías para compra, reparación o mejoramiento de vivienda. Esto durante tres meses: septiembre, octubre y noviembre.

La medida busca que los recursos de ahorro de los trabajadores formales lleguen de forma más ágil y completa a quienes hoy enfrentan la tarea de reconstruir su hogar.

“Es momento de que todos apoyemos a los miles de colombianos afectados por esta tragedia. Seguimos de su lado, y qué mejor instrumento que el ahorro de las cesantías, que es de cada trabajador, para ayudarlo a levantar de nuevo su vivienda”, aseguró Andrés Velasco, presidente de Asofondos.

Lea: Reconstruir lejos de las ciudades: el reto que le espera a Colombia.

¿Cómo retirar las cesantías?

Este es el paso a paso que deben seguir los damnificados para retirar el dinero:

  1. Solicitar por escrito al empleador la autorización para el retiro de las cesantías.
  2. Reunir los documentos de soporte para el retiro de cesantías que acrediten la condición de damnificado.
  3. Presentar la carta de autorización del empleador junto con los documentos ante el fondo de cesantías —Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia— de forma presencial o a través de los canales virtuales habilitados.
  4. Una vez aprobada la solicitud, el fondo realiza el desembolso en los días siguientes, sin necesidad de intermediarios ni pago de comisión durante septiembre, octubre y noviembre.

Desde el momento del terremoto, los fondos de pensiones y cesantías reforzaron sus equipos y canales de atención para atender todas las solicitudes para el uso de las cesantías, principalmente dirigidas a reparación de viviendas afectadas y compra de inmueble.

Según cifras de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el terremoto dejó más de 134.000 viviendas averiadas y cerca de 29.500 destruidas en las zonas afectadas. Por eso, los trabajadores deben conocer sus mecanismos de protección.

¿Cómo opera el auxilio funerario?

Los fondos privados les recuerdan a los trabajadores que su sola afiliación al fondo de pensiones le da derecho a un seguro funerario.

Estas son las condiciones en las que se puede reclamar:

  • Se activa cuando fallece un afiliado o pensionado del fondo de pensiones.
  • Puede reclamarlo la persona que asumió los gastos funerarios, sea o no familiar del fallecido.

El monto equivale a entre 5 y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que se calculan según el último ingreso base de cotización del afiliado o la última mesada del pensionado.

Para solicitarlo se debe presentar:

  1. Formulario de solicitud
  2. Registro civil de defunción
  3. Factura detallada de los gastos funerarios
  4. Documento de identidad del reclamante
  5. Certificación bancaria
  6. Si aplica, autorización de los herederos

El trámite se realiza directamente ante el fondo de pensiones del fallecido, sin intermediarios ni costo alguno.

Hasta ahora, el terremoto ha dejado 331 personas fallecidas y todavía hay 136 desaparecidos.

“Recuerden que los trámites para acceder a estas opciones no requieren de terceros, son completamente gratuitos y se gestionan directamente con cada administradora”, resaltó Velasco.

En caso de dudas, los afiliados pueden llamar o ingresar a la página web de su Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías.

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