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Una decisión administrativa, un programa social malinterpretado y usuarios atrapados en un limbo tecnológico. Ese es el trasfondo de la sanción que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso a Claro por impedir la portabilidad de líneas pertenecientes a beneficiarios del programa estatal Última Milla Móvil MinTIC 1 – NavegaTIC.
La multa, que supera los $2.013 millones, expone la tensa cuerda entre la empresa y la autoridad. En el centro del debate está un derecho que para muchos usuarios es tan básico como elegir con quién hablar, navegar o trabajar: la libertad de cambiar de operador sin trabas.
El programa NavegaTIC, ejecutado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entregaba paquetes móviles gratuitos a estudiantes de colegios públicos y hogares vulnerables (estratos 1 y 2), un beneficio temporal sin pagos mensuales, con datos, minutos y navegación sin costo.
Había una condición clara: si el beneficiario portaba su línea —es decir, si se la llevaba a otro operador— perdía el beneficio del programa. Eso no generaba una deuda, ni un saldo pendiente, ni una obligación financiera.
Según la SIC, allí empezó el problema: Claro interpretó la pérdida del beneficio como si existiera una “mora”, y con ese argumento rechazó múltiples solicitudes de portabilidad numérica. La entidad concluyó que esa “mora” nunca existió, porque no había nada que cobrarle a los beneficiarios.
#Atención 🚨 La SIC sancionó a Claro con 2 mil millones de pesos por vulnerar el derecho a la portabilidad numérica de los usuarios beneficiarios del Programa Última Milla Móvil. pic.twitter.com/bS0dR0Ny9x
— Superintendencia de Industria y Comercio 🇨🇴 (@sicsuper) December 11, 2025
LA SIC advirtió que Claro incumplió el régimen de portabilidad, que obliga a permitir que un usuario cambie de operador conservando su número.
De este modo, la conducta afectó un derecho esencial del consumidor, considerado uno de los pilares de la libre competencia en telecomunicaciones. Por eso, impuso la multa de COP 2.013 millones.
Claro enfatizó que la resolución, por ahora, no está en firme y que presentará los recursos de reposición y apelación.
El operador sostiene que durante la investigación aportó pruebas que, a su juicio, desvirtúan los cargos. Considera que no vulneró el régimen de protección al usuario y confía en que, tras analizar de nuevo los argumentos, la SIC modifique la decisión inicial.
El caso advierte a los operadores: la portabilidad no puede limitarse, pues afecta la libertad de elección del usuario.
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