Publicidad

Doña Segunda reabrió, pero ¿cuáles fueron los motivos para cerrar el comercio?

La sanción para Doña Segunda por parte de la DIAN se debió a dos motivos principales dentro del proceso regular. Le contamos qué fue lo que sucedió.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
24 de junio de 2024 - 05:37 p. m.
La facturación electrónica es obligatoria para personas jurídicas y para comerciantes (como Doña Segunda) que superen los $165 millones en ventas anuales (aproximadamente $800.000 diarios).
La facturación electrónica es obligatoria para personas jurídicas y para comerciantes (como Doña Segunda) que superen los $165 millones en ventas anuales (aproximadamente $800.000 diarios).
Foto: DIAN
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

Luego de tres días en cierre por la DIAN, el piqueteadero Doña Segunda logró reabrir sus puertas. Ahora, para evitar problemas futuros con la facturación electrónica, el restaurante debe cumplir con la expedición de la factura electrónica, incluyendo datos como nombre o razón social, número de cédula o NIT, y correo electrónico en la factura.

De acuerdo con entidad fiscal, antes de sancionar, la DIAN realiza un proceso de orientación y sensibilización sobre este método de facturación. Solo el año pasado se llevaron a cabo más de 50.000 visitas, de las cuales 3.300 llevaron a cierres.

Lea también: ¿Cómo hacer la facturación electrónica con la DIAN en mi negocio gratis?

El procedimiento, aunque sencillo, implica que la DIAN evidencie una irregularidad o incumplimiento en un pliego de cargos en que expone los motivos. Posteriormente, el responsable tendrá 10 días hábiles para responderle. Luego la DIAN se encarga de revisar estas justificaciones, para aceptarlas o rechazarlas, en un proceso que durará máximo seis meses.

Pasados los meses, en caso de confirmar los cargos iniciales, sancionará el comercio durante tres días, que fue lo que sucedió en el piqueteadero de Doña Segunda. En esta etapa, el comercio tiene 10 días para responder e interponer una reposición para que sea reconsiderada.

Le podría interesar: La DIAN cerró el local de Doña Segunda por no expedir factura electrónica

Nuevamente, la DIAN revisa y analiza el recurso en máximo 10 días hábiles. En caso de confirmarlo, habrá un nuevo cierre en 10 días hábiles.

Eso sí, la entidad fiscal admite que en todo momento, en caso de incumplir los requisitos de facturación electrónica, el responsable del comercio puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre. Esto también sucedió en el caso de Doña Segunda, quien no acogió la medida de facturación electrónica ni pagó la multa, la cual corresponde a un monto de 5% al 15% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la visita que originó el proceso.

“La DIAN ratifica que estos cierres son el resultado de un proceso que agota cada una de las instancias en los tiempos establecidos por la norma, los cuales están sujetos a un riguroso sustento jurídico y probatorio”, informó la entidad.

💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

 

Martha(69929)25 de junio de 2024 - 01:58 p. m.
Bueno y en este caso de la pobre viejecita,queda aún el laboral,la mujer paga diario!! A sus trabajadores.
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.