Publicidad

Empleadores que hayan creado nuevos puestos podrán acceder a subsidio

Podrán aplicar los empleadores que hayan aumentado sus nóminas y que estén al día en el pago de salarios y aportes a la seguridad social de sus trabajadores. Estos son los requisitos.

18 de noviembre de 2021 - 11:44 p. m.
Las entidades financieras estarán recibiendo de forma presencial o virtual las solicitudes de los empleadores.
Las entidades financieras estarán recibiendo de forma presencial o virtual las solicitudes de los empleadores.
Foto: Agencia Bloomberg

A partir de mañana, 19 de noviembre, los empleadores que hayan vinculado a nuevos trabajadores en sus empresas frente a los que tenían en marzo de 2021 podrán postularse para acceder a un apoyo económico del Gobierno.

Hasta el 25 de noviembre, las entidades financieras estarán recibiendo de forma presencial o virtual las solicitudes de los empleadores que cumplan con los requisitos del incentivo. Estos serán asignados de la siguiente forma:

  • $227.131 por cada joven de 18 a 28 años adicional vinculado.
  • $136.278 por cada mujer vinculada mayor de 28 años que devengue hasta 3 salarios mínimos.
  • $90.852 por integrar a su nómina cada hombre mayor de 28 años que devengue hasta 3 salarios mínimos.

Cabe recordar que los recursos del incentivo se entregan exclusivamente a los empleadores como un subsidio a los costos laborales mensuales.

Le puede interesar: Todo lo que complicará la negociación del salario mínimo 2022

“Este incentivo a la creación de empleo no sólo beneficiará a jóvenes, mujeres y hombres, sino que con su ingreso a las empresas reactivarán la producción y contribuirán al crecimiento económico que requiere el país”, señaló el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

¿Quiénes pueden postularse?

El Gobierno aclaró que pueden inscribirse empresas de todos los tamaños y sectores económicos sin restricción alguna. Esto incluye:

  • Personas jurídicas
  • Consorcios y Uniones temporales
  • Entidades sin ánimo de lucro o patrimonios autónomos declarantes de renta
  • Cooperativas
  • Establecimientos educativos no oficiales
  • Personas naturales con dos o más trabajadores reportados en PILA de febrero 2020

Le sugerimos leer: ¿Busca empleo? Siga estas cinco recomendaciones a la hora de postularse

¿Qué requisitos debe cumplir?

La cartera de Trabajo indicó que los postulantes deben cumplir ciertas pautas:

1. Haber vinculado trabajadores adicionales, de manera formal, a sus nóminas en comparación con lo registrado en PILA a marzo de 2021.

2. Tener un producto de depósito en una entidad financiera.

3. Estar al día en el pago de salarios y aportes al sistema de la protección social en todos los trabajadores.

4. No tener una participación de la nación o sus entidades descentralizadas mayor al 50 % de su capital.

5. Si es persona natural empleadora, no puede ser una persona expuesta políticamente (PEP).

6. Si es una cooperativa, debe estar registrada en la Cámara de Comercio de su domicilio principal.

¿Qué documentos se requieren?

1. Formulario de postulación diligenciado y firmado por el representante legal, la persona natural empleadora o el promotor o liquidador, si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.

2. Certificación firmada por la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público, que señale:

  • Que los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior y están al día el pago de aportes a seguridad social.
  • Si se han adelantado procesos de sustitución patronal o de empleador después de marzo de 2021.
  • Copia del Registro Único Tributario, RUT, expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar