“En Colombia se ha vuelto costumbre que quien pide algo lo hace por la fuerza”: Bruce Mac Master

El presidente de la Andi habló sobre las afectaciones de las actividades económicas del país por la huelga en Avianca. Restaurantes y hoteles hacen parte del grupo de los más perjudicados por la situación.

Diego Ojeda
27 de septiembre de 2017 - 03:55 p. m.
Bruce Mac Master, presidente de la Andi / Andrés Torreas
Bruce Mac Master, presidente de la Andi / Andrés Torreas
Foto: ANDRÉS TORRES

Lo que comenzó como una tormenta tropical entre la aerolínea Avianca y la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), a la fecha amenaza con convertirse en un huracán de gran categoría que a su paso puede generar importantes afectaciones en las actividades económicas del país.

De cara a esta situación, el presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), Bruce Mac Master, ha manifestado su preocupación llegando al punto de solicitar al Ministerio de Trabajo evaluar medidas de intervención extraordinarias: “para impedir una afectación de gran magnitud a la economía del país”, señaló la Andi en una carta que radicó a la jefe de esa cartera, Griselda Restrepo. (Lea también: Andi pide a MinTrabajo evaluar medidas para evitar afectaciones económicas por huelga en Avianca)

Pensando en el panorama que ha generado y que puede desencadenar el cese de actividades por parte de los pilotos de Acdac, que para el pasado 26 de septiembre dejó 254 vuelos cancelados y cerca de 21.412 pasajeros afectados, El Espectador habló con Mac Master para indagar sobre lo que puede generar esta situación en las próximas fechas.

¿Cuáles son las principales afectaciones que ha generado el paro en Avianca en los diferentes sectores económicos del país?

El efecto económico sobre el país, sin duda va a ser incalculable. En Colombia se ha vuelto costumbre que quien pide algo lo hace por la fuerza de presionar a toda la sociedad para conseguirlo y el país no puede permitir eso.

En términos económicos el sector de servicios de transporte por vía aérea tiene vínculos con buena parte de la economía. Con base en los encadenamientos hacia atrás, calculado con la matriz de insumo producto de Cuentas Nacionales del Dane para 2015, este sector compra un 37.9% al de refinación de petróleo, seguido por servicios complementarios y auxiliares de transporte con un 15,9%, servicios a las empresas 11.8%, el mismo sector de servicios de transporte por vía aérea con un 5.5%, equipo de transporte con 5.4%, servicios de intermediación financiera y seguros con 5.4% y servicios de alojamiento, suministro de comidas y bebidas con 4.5%.

Para los encadenamientos hacia adelante, el principal sector consumidor es comercio con un 22%, seguido de administración pública y defensa con 17.9%, servicios de intermediación financiera y seguros con 16.9%, servicios a las empresas con 9.2% y el mismo sector de servicios de transporte por vía aérea con 7%.

Bajo ese contexto hay que tener en cuenta lo que esta huelga puede tener en términos de repercusiones.

Si la huelga no termina esta semana, o Avianca no soluciona el problema de la afectación de los vuelos, ¿qué tanto puede perder el país?

Todos los colombianos estamos afectados y también la actividad económica. Estamos viendo efectos grandes en las industrias hotelera o de restaurantes. Se están afectando cientos de miles de personas. (Lea también: Fracasó negociación entre Avianca y pilotos para levantar paro)

No tengo la menor duda de que el transporte aéreo de pasajeros es un servicio público esencial.

¿Comparte la posición de Avianca de que al ser este un servicio público esencial, la huelga es ilegal?

La Andi remitió una carta a la Ministra del Trabajo Griselda Restrepo en la que se ciñe a lo establecido en la Constitución, el Código Sustantivo del Trabajo y las leyes que regulan el transporte público.

Según el artículo 430 del Código Sustantivo del Trabajo, en su literal b, está prohibida la huelga en las de empresas de transporte por tierra, agua y aire; y de acueducto, energía eléctrica y telecomunicaciones. Según este artículo, las leyes que regulan el transporte público y lo dicho por la Corte Constitucional, el transporte público aéreo es, por mandato de la ley, un servicio público esencial.

Textualmente, la Corte señala: “En el caso del transporte, en general, y su modalidad aérea, en particular, concurren diversas razones para concluir que se trata de un servicio público vinculado estrechamente con la satisfacción de los derechos fundamentales”.

Por Diego Ojeda

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