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Entró en vigor norma de la Comunidad Andina que facilita comercio de productos cosméticos

De acuerdo con la CAN, entre enero y octubre 2020 las exportaciones de productos cosméticos alcanzaron los US$389 millones.

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04 de marzo de 2021 - 09:22 p. m.
Entre los productos cosméticos se incluyen paños húmedos y geles antibacteriales, cosméticos para niños, elementos de higiene bucal y dental, productos para el área de los ojos, entre otros. Foto de referencia.
Entre los productos cosméticos se incluyen paños húmedos y geles antibacteriales, cosméticos para niños, elementos de higiene bucal y dental, productos para el área de los ojos, entre otros. Foto de referencia.
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Desde el pasado 1 de marzo en los países miembros de la CAN (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) entró en vigencia la norma que facilita el comercio de productos cosméticos.

Jorge Hernando Pedraza, secretario general de la Comunidad Andina, dijo que la decisión y su reglamento “establecen los requisitos y procedimientos que deben cumplir los productos cosméticos originarios de la CAN y de terceros países para comercializarse en la subregión”.

Lea también: Países de la CAN facilitan comercio de productos de higiene y cosméticos

La norma, de acuerdo con la CAN regula la producción, almacenamiento, importación, y comercialización de estos productos. Además, busca ejercer control de la calidad y vigilancia sanitaria de los productos cosméticos “para lograr un elevado nivel de protección de la salud o seguridad humana y evitar informaciones que induzcan a error al consumidor”.

De acuerdo con la CAN, entre los productos cosméticos se incluyen paños húmedos y geles antibacteriales con una concentración menor del 70 % de alcohol, cosméticos para niños, elementos de higiene bucal y dental, productos para el área de los ojos, la piel, capilares, repelentes de insectos, entre otros.

Entre enero y octubre 2020, las exportaciones de productos cosméticos alcanzaron los US$389 millones.

Por otro lado, también entró en vigor el Reglamento Técnico Andino sobre Especificaciones Técnicas Microbiológicas de Productos Cosméticos. Así las cosas, con estas normas se actualizan los procedimientos para solicitar, renovar, reconocer y modificar la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), el documento con el que se le informa a las Autoridades Nacionales Competentes, bajo declaración jurada, que un producto cosmético será comercializado, explicó la CAN.

Vale la pena recordar que, hace una semana, la comunidad anunció que se adoptaron unas decisiones que promueven la digitalización de trámites, agilizando las gestiones de las Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO), mediante la aceptación de documentos de manera digital o copia simple física. El organismo destacó a través de un comunicado que que con esto “se contribuye a la simplificación administrativa y al proceso de reactivación económica y social de los países andinos”.

El secretario general de la CAN, Jorge Hernando Pedraza, aseguró que estas disposiciones resultan necesarias y urgentes, por tratarse de productos altamente demandados por todos los ciudadanos de los cuatro países, en medio de la pandemia que continuamos viviendo.

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