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Descuento del 50% en el SOAT empezaría a regir el 15 de diciembre de 2022

El Gobierno publicó este viernes el borrador de decreto del nuevo régimen tarifario del SOAT. Le explicamos los vehículos que pagarán menos por este requisito.

03 de diciembre de 2022 - 01:33 a. m.
El borrador de decreto fue publicado por el Ministerio de Salud, luego de un trabajo en equipo junto a los Ministerios de Hacienda y de Transporte y la Superintendencia Financiera. El documento está en fase de comentarios, y se espera que sea firmado por el presidente Petro en menos de dos semanas.
El borrador de decreto fue publicado por el Ministerio de Salud, luego de un trabajo en equipo junto a los Ministerios de Hacienda y de Transporte y la Superintendencia Financiera. El documento está en fase de comentarios, y se espera que sea firmado por el presidente Petro en menos de dos semanas.
Foto: archivo

Este viernes se publicó el borrador de decreto que define el marco jurídico y fiscal para el nuevo régimen tarifario del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), el mismo documento anunciado hace semanas por el Ministerio de Transporte con el que prometió descuentos de hasta 50% en este requisito y que se suponía empezaba a regir ayer. Pero, ahora el Gobierno espera que entre en vigencia el 15 de diciembre de 2022.

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En efecto, las nuevas tarifas del SOAT se han convertido en todo un drama para el Gobierno: para empezar fue el principal acuerdo que sirvió para conjurar las masivas manifestaciones de los motociclistas a mediados de noviembre. Pero, la promesa se fue volviendo cada vez más difícil de cumplir, y hasta hace pocas horas no se conocía un avance en el tema.

Sin embargo, en el borrador de decreto que se publicó este viernes se dejan claro los vehículos que harán parte de un rango diferencial por riesgo, en el que la cobertura de servicios médicos será hasta 300 salarios mínimos diarios legales vigentes (smldv).

Los vehículos para los que aplican los cambios son:

  • Ciclomotor
  • Motos de menos de 100 c.c., 100 c.c. y hasta 200 c.c.
  • Autos de negocios
  • Taxis
  • Microbuses urbanos
  • Servicio público urbano
  • Buses y busetas
  • Vehículos de servicio público intermunicipal (establecidas en el Anexo I del Título IV de la Parte II de la Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia, o las normas que la modifiquen o sustituyan)

De acuerdo con el Ministerio de Transporte la Superintendencia Financiera, de acuerdo con su competencia, fijará las tarifas y materializará la reducción del 50% en el precio del SOAT de estos vehículos.

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El borrador de decreto también establece un incentivo para los propietarios de los vehículos que registren un buen comportamiento vial por no reportar siniestros que afecten la póliza del Seguro Obligatorio y por haber renovado su póliza antes de su vencimiento.

Se trata de un descuento, por única vez, del 10% sobre el valor de la prima emitida del SOAT si en los dos años inmediatamente anteriores al vencimiento de la póliza se registra un buen comportamiento.

Asimismo, ante las denuncias de que algunas empresas no estaban expidiendo el SOAT, el Ministerio de Transporte advirtió que “las aseguradoras autorizadas para explotar este ramo de seguro están obligadas a expedir las pólizas que les sean solicitadas en todo el territorio nacional”.

El borrador de decreto fue publicado por el Ministerio de Salud, luego de un trabajo en equipo junto a los Ministerios de Hacienda y de Transporte y la Superintendencia Financiera. El documento está en fase de comentarios, y se espera que sea firmado por el presidente Petro en menos de dos semanas.

Borrador de decreto de las nuevas tarifas del SOAT

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