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DIAN fija los topes de Nequi y Daviplata para la declaración de renta de 2025

La DIAN estableció la Unidad de Valor Tributario en $49.799 para 2025. Conozca cuál es el tope mensual para las transacciones por billeteras digitales y si debe declarar renta por los movimientos que realizó en 2024.

Redacción Economía

06 de febrero de 2025 - 08:21 p. m.
Las billeteras móviles se consideran de uso personal, pero los fondos depositados en ellas siguen siendo activos de los usuarios. / Cortesía Air-e
Foto: Cortesía Air-e
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Las transacciones a través de billeteras digitales como Nequi o Daviplata se tienen en cuenta para declarar renta. Así las cosas, si los movimientos superan el tope fijado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), usted deberá pagar renta.

Para el 2025, la Unidad de Valor Tributario (UVT) será de $49.799, cifra que representa un aumento de 5,81 % en comparación con el de 2024 ($47.065).

Vale la pena mencionar que la UVT es un monto que establece cada año la DIAN y que sirve para calcular obligaciones tributarias (incluyendo el cálculo del impuesto sobre la renta).

Así las cosas, la entidad estableció que el monto máximo por transacciones mensuales en 2025 es de 210,50 UVT, es decir, $10.482.689,50.

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También es importante mencionar que si realiza movimientos superiores a los $3.200.000, es decir 65 UVT, deberá pagar el impuesto del 4×1000, por cada transacción adicional.

Además, si superó los $65.891.000 en transacciones a través de billeteras digitales en 2024 tendrán que presentar la declaración de renta.

¿Para qué sirve la UVT?

Esta medida permite ajustar los valores de los impuestos y obligaciones que administra la DIAN. Para convertir estos valores expresados en Unidad de Valor Tributario a valores absolutos, debe multiplicar el número de las UVT por el valor fijado (para 2025 será de $49.799).

  • Por ejemplo, los topes que determinan si usted debe declarar renta o no están expresados en UVT.
  • Los valores que debe pagar por impuestos se expresan en UVT (como el impuesto de renta y el IVA).

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