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Los intereses que pueden cobrar las entidades bancarias tienen un límite. Se trata de la tasa de usura establecida por la Superintendencia Financiera, que fija el valor máximo de intereses (remuneratorios o moratorios).
La entidad determina el valor de marzo (del 1 al 31) con base en la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 30 de enero al 20 de febrero de 2026.
Para este mes, el valor de la tasa de usura del crédito de consumo y ordinario quedó en 25,52 %. Además, el interés corriente queda en 17,01 % efectivo anual, lo que representa un aumento de 19 puntos básicos (0,19 %) frente a la vigente en febrero de 2026 (16,82 %).
Así lo estableció la Superfinanciera a través de la Resolución 0405 de 2026. Las siguientes certificaciones del Interés Bancario Corriente estarán vigentes entre el 1 y el 31 de marzo de 2026:
| Modalidad | Efectivo anual |
|---|---|
| Crédito de consumo de bajo monto | 42,62 % |
| Crédito productivo de mayor monto | 27,20 % |
| Crédito productivo rural | 20,94 % |
| Crédito productivo urbano | 38,69 % |
| Crédito popular productivo rural | 47,54 % |
| Crédito popular productivo urbano | 58,55 % |
Tasa de usura por tipo de crédito
La Superintendencia recuerda que el interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio.
Así quedan las tasas máximas de interés que pueden cobrar las entidades bancarias:
| Modalidades de crédito | Interés remuneratorio y de mora (efectivo anual) | Usura (efectivo anual) |
|---|---|---|
| Crédito de consumo y ordinario | 25,52 % | 25,52 % |
| Crédito de consumo de bajo monto | 63,93 % | 63,93 % |
| Crédito productivo de mayor monto | 40,80 % | 40,80 % |
| Crédito productivo rural | 31,41 % | 31,41 % |
| Crédito productivo urbano | 58,04 % | 58,04 % |
| Crédito popular productivo rural | 71,31 % | 71,31 % |
| Crédito popular productivo urbano | 87,83 % | 87,83 % |
¿Qué pasa si cobran más de la tasa de usura?
La usura es un delito tipificado en el Código Penal. Por eso, quien reciba o cobre, de forma directa o indirecta, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente deberá responder ante la justicia.
Esto a cambio de préstamos de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo,
Independientemente de la manera en la que se demuestre la operación, ocultarla o disimular, incurrirá en prisión de 32 a 90 meses y se deberá pagar una multa de 66,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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