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¿Hasta cuándo hay plazo de recibir dotación de trabajo en diciembre y qué pasa si no se da?

La dotación es una prestación social obligatoria que se entrega tres veces al año. Le explicamos qué incluye, quiénes tienen derecho y cuál es el plazo máximo para recibirla en diciembre.

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13 de diciembre de 2025 - 09:28 p. m.
Fábrica de marroquinería en Colombia. Imagen de referencia.
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Foto: Cristian Garavito
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La dotación de trabajo es una de esas obligaciones laborales que muchos trabajadores saben que existe, pero pocos tienen claro qué incluye, cuándo debe entregarse y qué pasa si el empleador no cumple.

En diciembre, cuando estrenar ropa es una costumbre, vuelve la duda de si hay una fecha límite para la entrega de dicha dotación.

¿Qué es, exactamente, la dotación?

Lo primero que hay que decir es que la dotación no es un regalo ni un beneficio opcional.

Es una prestación social obligatoria que el empleador debe entregar y que consiste en calzado y vestido de labor. No se paga en dinero ni hace parte del salario. La idea detrás de esta prestación es que el trabajador tenga ropa adecuada para ir a trabajar y cumplir su jornada, especialmente en el caso de quienes tienen menores ingresos.

¿Cada cuánto debe entregarse?

Según el Código Sustantivo del Trabajo, la dotación se entrega tres veces al año, en los períodos de abril, agosto y diciembre, y está dirigida a los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

¿Hay una fecha límite en diciembre?

Aunque la dotación no tiene un día exacto de entrega, en diciembre sí hay un plazo máximo.

Según explica Camilo Cuervo, abogado y socio de Holland & Knight, la dotación puede entregarse cualquier día del mes, pero a más tardar el 20 de diciembre. Esto se debe a que no se trata solo de entregar un uniforme, sino de cumplir con una prestación social pensada para que el trabajador pueda usarla durante la temporada.

“El sentido de la norma es que el trabajador tenga ropa para ir a trabajar y pueda usarla en diciembre. Por eso, al igual que la prima, el plazo máximo es el 20 de diciembre”, explica Cuervo.

A su turno, María Claudia Díaz Rosas, docente de Derecho Laboral de Uniagraria, recuerda que esta prestación está pensada principalmente para trabajadores de menores ingresos, como una forma de apoyo para cubrir una necesidad básica.

¿Y si la empresa no cumple?

Si el empleador no cumple con la entrega de la dotación, la obligación no se borra. Mientras el contrato siga vigente, la empresa debe entregarla en especie, es decir, como ropa y calzado.

La situación cambia cuando el vínculo laboral ya terminó. En ese caso, explica la docente de Uniagraria, el trabajador sí puede reclamar el valor de la dotación en dinero, ya que no tendría sentido recibirla en físico después de finalizado el contrato. Ese reclamo puede hacerse mediante una queja ante el Ministerio del Trabajo o a través de una demanda laboral, dependiendo del caso.

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