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Mediante la resolución 199 del 22 de mayo de 2020, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos en contra de la empresa Inmadica Andina S.A. con el fin de determinar si al incrementar los precios de sus productos sin una justificación objetiva está limitando la libre competencia.
Según la resolución, la sociedad habría incrementado los precios sobre los Equipos de Protección Personal (EPP) que comercializa, los cuales incluyen máscaras de respiración, gafas protectoras y filtros de protección.
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La SIC informó que la Delegatura para la Protección de la Competencia encontró que el comercializador incrementó entre 8 % y 12 % los precios de la lista de sus productos en una diferencia de 6 días sin que su proveedor los hubiera modificado previamente. “Sumado a lo anterior, al indagar las razones que motivaron esta situación, esta autoridad no encontró respuesta satisfactoria”, añadió.
De acuerdo con la entidad, la compañía investigada podría acogerse al programa de beneficios por colaboración y “si las pruebas que entrega son útiles, pertinentes, conducentes y dan cuenta de las conductas restrictivas de la competencia llevadas a cabo, podría tener un beneficio de hasta el 100 % de exoneración de la sanción”.
En caso de declarar que existió una violación de las normas de la libre competencia económica, la SIC podría imponer a la empresa una sanción de hasta 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (100.000 SMLMV).