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Después de meses de especulación, en la noche de este martes se conoció el borrador del decreto con el que el Gobierno de Gustavo Petro busca traer al país más recursos del ahorro pensional que está en manos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
El documento crea un límite global de inversión en el exterior para los cuatro tipos de fondos (cada uno obedece a un perfil de riesgo): con la medida, las AFP solo podrán invertir por fuera del país el 30 % del total del ahorro pensional de los colombianos.
El decreto establece un régimen de transición. Los fondos tendrán un plazo de hasta cinco años para cumplir con el límite global de inversiones en el exterior. En los primeros tres años tendrán que llegar al 35 %.
Fuentes del sector dijeron a El Espectador que la medida implica traer cerca de COP 100 billones en cinco años.
Hasta noviembre de 2025, los ahorros en manos de las AFP sumaban COP 527,3 billones, de los cuales COP 257,1 billones corresponden a inversiones en activos del exterior, 48,8 % del total del portafolio agregado, según cifras de la Superintendencia Financiera. En este momento, cada fondo tiene un tope distinto para inversiones en el exterior: para el conservador es de hasta el 40 %; para el moderado 60 %; para el de mayor riesgo hasta 70 %, y para el fondo especial de retiro programado, hasta 40 %.
Analistas consultados por este diario explicaron que, al parecer, con el decreto se tendrían que cumplir los dos topes, tanto el general de 30 % como los que ya existen en cada fondo.
El proyecto de decreto dice que para facilitar el cumplimiento del límite global de inversión y promover la canalización del ahorro pensional hacia proyectos de inversión públicos o privados en el país, Minhacienda podrá promover la creación de un banco de proyectos de inversión con enfoque productivo. La cartera también podrá convocar a mesas de trabajo, en las que participen las AFP, representantes del sector privado y entidades públicas.
Si hay razones objetivas que impidan cumplir el límite, dice el borrador, los fondos privados deben entregar a la Superintendencia Financiera y a otras entidades competentes un documento técnico con las razones.
El Gobierno ya había anticipado el proyecto de decreto. La medida ha despertado críticas desde distintos sectores. Incluso, Mónica Higuera, exdirectora de la URF, renunció a la entidad por los reparos técnicos que tenía a esta medida en la que ha insistido el presidente Gustavo Petro.
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En octubre, cuando se anunció la publicación del proyecto de decreto, los fondos de pensiones aseguraron que esta medida afectaría el bienestar del ahorro de más de 19 millones de trabajadores. “El ahorro pensional es de los colombianos y cualquier política de inversión debe guiarse por el principio de su mejor interés”, dijo en su momento la Asociación Colombiana de Fondos de Pensiones y Cesantía (Asofondos).
El gremio defiende que diversificar las inversiones es una “práctica esencial” para proteger el ahorro de los trabajadores, así lo recomiendan organismos como la OCDE y el Banco Mundial.
Entre agosto de 2022 y septiembre de 2025, los fondos de pensiones registraron rentabilidades anuales de entre 12 % y 17 %, un acumulado de COP 164 billones. “Estas cifras, reportadas a la Superfinanciera, superan, por amplio margen el nivel de la inflación y de los rendimientos locales”, dijo Andrés Velasco, presidente de Asofondos.
Las justificaciones del Gobierno
El Ministerio de Hacienda, en la memoria justificativa del proyecto de decreto, explica que el objetivo es "canalizar recursos hacia sectores con elevados multiplicadores económicos", como infraestructura, vivienda, energía y proyectos productivos. Así como aumentar el tamaño, liquidez y profundidad del mercado de capitales.
Pese a las críticas, la cartera defiende que el proyecto tiene coherencia con el principio de que los recursos se deben administrar conforme a criterios de seguridad, rentabilidad, liquidez, diversificación y adecuada gestión del riesgo. Y agrega que, según la información suministrada por la Superfinanciera, es factible adoptar el nuevo límite sin desinversiones abruptas, priorizando la inversión nacional con los flujos provenientes de nuevas cotizaciones y la gestión natural de instrumentos en el exterior.
“La medida no introduce imposiciones de inversión ni desconoce la autonomía técnica de las AFP. Por el contrario, define parámetros habilitantes dentro de los cuales las administradoras adoptarán sus decisiones conforme al deber fiduciario, la diligencia profesional y el régimen de inversiones vigente”, sostiene Minhacienda.
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