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Gobierno prohibiría exportar bienes esenciales para atención del COVID-19

Así lo indica el borrador de un decreto del Ministerio de Comercio, que busca prevenir la escasez de elementos de protección para el personal de salud en caso de un aumento en la demanda.

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07 de octubre de 2020 - 01:56 a. m.
El documento impediría la venta externa de guantes quirúrgicos, mitones, manoplas y demás prendas de vestir que el personal de salud utiliza a diario. / Getty Images.
El documento impediría la venta externa de guantes quirúrgicos, mitones, manoplas y demás prendas de vestir que el personal de salud utiliza a diario. / Getty Images.
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Este lunes, el Ministerio de Comercio publicó en su página web un proyecto de decreto con el que prohibiría la exportación de ciertos bienes esenciales en la lucha contra el COVID-19, esto con el fin de garantizar su disponibilidad en caso de un aumento en la demanda.

El documento, que está abierto para comentarios, impediría la venta externa de guantes quirúrgicos, mitones, manoplas y demás prendas de vestir que el personal de salud utiliza a diario, como también de aparatos de reanimación, oxígeno y terapia respiratoria, al igual que algunos medicamentos.

“Se busca brindar una solución excepcional y temporal a una necesidad de salud pública y permitir la exportación de los bienes requeridos, en caso que no se afecte el abastecimiento interno de éstos”, indica la justificación del proyecto.

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Según el Ministerio, esto haría que el sistema de salud esté preparado “ante un eventual incremento de las necesidades de estos bienes como resultado de las medidas de reactivación económica y de aislamiento inteligente”, y garantizaría la disponibilidad de dichos productos para uso del personal médico y clínico en general.

En caso de que haya abastecimiento suficiente para el mercado interno y se cuente con excedentes, el Ministerio de Comercio autorizaría la venta externa de ciertas cantidades de productos. Para ello, se contempla crear una resolución que detalle la forma de atención a las solicitudes de exportación y reexportación (es decir, exportar una mercancía importada de otro país).

El documento también incluye un artículo en el que se ordenaría la implementación de programas especiales de monitoreo para evitar el acaparamiento o la distribución ineficiente de dichos productos.

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