
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Superintendencia de Transporte anunció en la tarde de este lunes 2 de febrero que el Gobierno retirará del Congreso el proyecto de ley 347 de 2026, que buscaba endurecer las sanciones para los servicios de transporte prestados a través de plataformas con vehículos particulares, tras reconocer que su articulado fue objeto de interpretaciones “erradas”.
Luis Gabriel Serna, jefe de la Oficina Jurídica de la Superintendencia de Transporte, explicó que se trataba de un régimen sancionatorio del sector transporte y que el retiro del proyecto de ley responde a las “múltiples y sincrónicas erradas interpretaciones” que generaron algunos de sus artículos tras ser radicado en el Congreso.
De acuerdo con Serna, la decisión busca hacer ajustes al articulado para dar mayor claridad y recoger lo discutido en las mesas de negociación adelantadas con los gremios del transporte de carga.
La polémica por “freno” a apps de transporte
El proyecto de ley había generado controversia por las sanciones que planteaba frente a los servicios de transporte prestados a través de aplicaciones, en especial, aquellos operados con vehículos particulares.
El articulado redefinía este tipo de servicios como sancionables dentro del régimen del transporte, sin establecer un mecanismo específico de habilitación para su operación.
A grandes rasgos, la iniciativa contemplaba multas de hasta COP 4,7 millones por viaje, además de inmovilizaciones de vehículos por periodos que podían extenderse hasta 120 días, y la posibilidad de suspensiones administrativas de plataformas o líneas de servicio.
Las sanciones podían recaer no solo sobre los conductores, sino también sobre las plataformas y, en algunos casos, sobre los usuarios, por la llamada “facilitación del transporte ilegal”.
El proyecto también facultaba a alcaldías, áreas metropolitanas y a la Superintendencia de Transporte para ordenar medidas preventivas (como suspensiones de servicios o de plataformas) sin una decisión judicial previa, lo que amplificó las interpretaciones sobre un eventual cierre del mercado de las aplicaciones de transporte con vehículos particulares.
Incluso, el texto también incluía a la propiedad horizontal, al establecer sanciones de hasta COP 726 millones para conjuntos residenciales y administradores que, según la iniciativa, no colaboraran con los controles sobre este tipo de servicios. Esto abría la puerta a multas para edificios y conjuntos por situaciones tan cotidianas como el ingreso o recogida de pasajeros por parte de conductores de aplicaciones.
En contexto: ¿Mintransporte prohibirá trabajar en apps de transporte? Lo que realmente está en juego
El alcance del proyecto fue cuestionado por Alianza In, el gremio que agrupa a empresas de plataformas digitales. Su presidente ejecutivo, José Daniel López, advirtió que el articulado no regulaba la operación de las aplicaciones, sino que las dejaba por fuera del marco legal al exigir requisitos imposibles de cumplir para los conductores que usan vehículos particulares.
Según la lógica del proyecto, solo podrían prestar el servicio sin sanciones quienes tuvieran un vehículo inscrito en una modalidad de transporte reconocida por la ley:
Vinculación a una empresa habilitada (cuando aplique); documentos de transporte vigentes exigidos para esa modalidad; cumplimiento de tarifas, controles y despachos regulados, entre otras. Esas figuras solo existen para vehículos adscritos a empresas habilitadas (taxis, especial, carga, entre otros).
🚨¡Alerta! El gobierno acaba de presentar un proyecto de ley que acabaría con las plataformas de movilidad en Colombia, el trabajo de cientos de miles de familias que generan ingresos con sus vehículos particulares y la libertad de elegir de millones de usuarios.
— José Daniel López (@lopezjosedaniel) February 2, 2026
Por favor…
Aunque el texto planteaba “modernizar” el régimen sancionatorio del sector, gremios advirtieron que terminaría sacando del mercado los servicios prestados con vehículos particulares a través de estas plataformas.
Hasta hoy, estos servicios han operado en una zona gris: no existe una habilitación legal específica, pero tampoco una prohibición expresa. El proyecto declaraba ilegales estos servicios y los sometía a un esquema de sanciones.
Tras el retiro del proyecto, la Superintendencia de Transporte indicó que el articulado será revisado y ajustado antes de volver a ser presentado ante el Congreso
💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.