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La Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio estableció preliminarmente que Apple, como agente con posición de dominio, habría “implementado distintas estrategias de carácter abusivo que resultarían contrarias a la libre competencia económica”.
Este martes, la SIC dijo que dichas estrategias habrían generado una infracción al numeral 6 del artículo 50 del Decreto 2153 de 1992, con la obstrucción a terceros al acceso de los mercados y/o canales de comercialización. Los comportamientos que son objeto de investigación generarían afectaciones significativas para los desarrolladores y para los consumidores.
La Superindustria formuló pliego de cargos contra Apple Inc y Apple Services Latam LLC (en conjunto “Apple”).
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Las conductas que investiga la SIC
- De acuerdo con la SIC, Apple habría restringido el acceso de nuevos agentes al mercado de distribución de aplicaciones digitales.
La empresa habría impuesto cláusulas contractuales que prohibirían a desarrolladores crear y operar tiendas de aplicaciones alternativas a la App Store. La SIC asegura que la restricción habría limitado la posibilidad de que los desarrolladores distribuyeran sus propios productos, así como los de otros oferentes, por fuera del ecosistema controlado por Apple.
“Esta conducta tendría como propósito excluir a potenciales competidores y preservar la posición monopolística de Apple en el mercado de distribución de bienes digitales para los sistemas operativos iOS y iPadOS. En esa medida, cualquier persona que quisiera vender o comprar en este ecosistema solo podría hacerlo por medio de la App Store de Apple", dijo la SIC.
- En segundo lugar, la SIC asegura que Apple habría “obstaculizado” el acceso de desarrolladores de aplicaciones nativas para iOS (para celulares) y iPadOS (para tabletas) a los canales de comercialización.
La entidad asegura que Apple habría prohibido a los desarrolladores ofrecer a sus usuarios métodos de pago alternativos para la adquisición de servicios y suscripciones digitales dentro de sus aplicaciones.
La Delegatura encontró que Apple impondría contractualmente el uso exclusivo de su sistema de compra denominado In-App Purchase (“API” en su traducción al español) como condición obligatoria para que los desarrolladores pudieran ofrecer y comercializar dichos servicios a los usuarios o consumidores finales.
Esta restricción implicaría, en la práctica, que los desarrolladores no podrían ofrecer a sus usuarios métodos de pago alternativos para la adquisición de servicios y suscripciones digitales dentro de sus aplicaciones.
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Apple estaría aprovechando esta limitación para incrementar sus utilidades y percibiría una comisión que oscila entre el 15 % y el 30 % del valor de cada transacción.
Al mismo tiempo, la SIC señala que la empresa prohibiría a los desarrolladores informar a los usuarios sobre métodos de pago externos potencialmente más económicos, excluyendo así cualquier canal transaccional fuera del ecosistema iOS y iPadOS.
Posibles efectos de las presuntas conductas de Apple
De acuerdo con la SIC, las presuntas conductas anticompetitivas generarían estos efectos:
- La creación de barreras artificiales que dificultarían el ingreso y la permanencia de nuevos desarrolladores en el ecosistema de iOS y iPadOS.
- La existencia de sobrecostos injustificados en los servicios y suscripciones ofrecidos, a través de aplicaciones nativas de dicho ecosistema.
- Una degradación de la experiencia de usuario al limitar las funcionalidades de servicios, las opciones de pago y el acceso a información relevante.
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